RES. Nº 261/2008

Declarar como inhábil para el fuero Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los días 1, 3, 4, 7, 8 y 15 de abril de 2008, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/1999 y sus modificatorias.

Buenos Aires, 23 de abril de 2008

 

RES Nº 261 /2008

 

VISTO:

Las medidas de fuerza llevadas a cabo por los empleados del fuero Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante los días 1, 3, 4, 7, 8 y 15 de abril del corriente, y

 

CONSIDERANDO:

Que, las referidas medidas afectaron el normal funcionamiento del fuero Contencioso Administrativo y Tributario Poder Judicial de esta Ciudad.

 

Que las circunstancias descriptas constituyen suficiente causal para que este Consejo de la Magistratura decrete como inhábil las referidas jornadas para todo el fuero Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante los días 1, 3, 4, 7, 8 y 15 de abril de 2008 sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/1999 y sus modificatorias.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución local, la Ley N° 31, y el Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/1999,

 

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

Art. 1º: Declarar como inhábil para el fuero Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los días 1, 3, 4, 7, 8 y 15 de abril de 2008, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/1999 y sus modificatorias.

Art. 2º:Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en las carteleras de todas las sedes del Poder Judicial de la Ciudad, en la página de Internet www.jusbaires.gov.ar, comuníquese y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCION Nº 261 /2008

Juan Pablo Mas Velez Secretario

Carla Cavaliere Presidenta