RES. Nº 036/2008

Aprobar el procedimiento para la elección de representantes de los jueces en el Consejo Académico obrante como Anexo I de la presente Resolución.

Buenos Aires, 12 febrero de 2008.

 

RES. Nº 36 /2008

 

VISTO:

Lo dispuesto por los artículos 45 y 46 de la Ley Orgánica del Consejo de la Magistratura, la Resolución CM Nº 374/2004 y la Resolución CM Nº 1/2008, y

 

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 31, en su artículo 45, establece que los órganos de gobierno del Centro de Formación Judicial son el Consejo Académico y los responsables de áreas, y su administración está a cargo de un Secretario Ejecutivo designado por el Plenario.

Que, conforme lo dispuesto en el artículo 46, el Consejo Académico está integrado por un/a (1) representante del Tribunal Superior de Justicia; uno/a (1) de los Jueces; uno/a (1) del Ministerio Público; y tres (3) profesores/as titulares designados por concurso, en representación de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.

Que, toda vez que la citada norma no establece el mecanismo de designación del representante de los Jueces en el Consejo Académico, el Consejo de la Magistratura reglamentó su nombramiento mediante Resolución CM Nº 374/2004, disponiendo que su elección se efectúe por el voto directo de los Jueces, en forma conjunta con los comicios para la designación de los integrantes del Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento.

Que por Resolución CM Nº 1/2008 se convocó a elecciones para la elección de los representantes del estamento judicial en ambos organismos, fijándose los comicios para el día 4 de abril del año en curso.

Que en consecuencia, y en cumplimiento de la Resolución CM Nº 374/2004, corresponde efectuar idéntica convocatoria para la elección del representante de los jueces en el Consejo Académico.

Que, asimismo, debe establecerse el marco normativo que regulará la mencionada elección, estimándose conveniente disponer la aplicación supletoria del Reglamento Electoral aprobado por Resolución CM Nº 143/2004.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

Art. 1º: Aprobar el procedimiento para la elección de representantes de los jueces en el Consejo Académico obrante como Anexo I de la presente Resolución.

Art. 2º: Convocar a elecciones de un/una (1) juez/jueza titular y un/una (1) suplente para integrar el Consejo Académico previsto en el artículo 46 de la Ley Nº 31.

Art. 3º: Establecer que el comicio se celebrará el día 4 de abril de 2008, en la sede del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Av. Leandro N. Alem 684 de la Ciudad de Buenos Aires, entre las 9 y las 15 horas, en forma conjunta con la elección de representantes del estamento judicial en el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento convocada por Resolución CM Nº 1/2008.

Art. 4°: Regístrese, publíquese por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la página de internet del Poder Judicial de Ciudad, comuníquese al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los Sres. Titulares del Ministerio Público, a los Sres. Magistrados del fuero Contencioso Administrativo y Tributario, a los Sres. Magistrados del fuero Contravencional y de Faltas, al Consejo Académico y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCION N° 36 /2008

Juan Pablo Mas Velez Secretario

Carla Cavaliere Presidenta

 

Res. 36 /2008 - Anexo I

PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCIÓN

DE REPRESENTANTES DE LOS JUECES

EN EL CONSEJO ACADÉMICO

Art. 1º: Son electores todos los magistrados que integren el padrón definitivo para la elección de representantes de los jueces en el Jurado de Enjuiciamiento.

Art. 2º: La presentación de listas de candidatos al Consejo Académico deberá ajustarse a los siguientes requisitos:

  1. Consignar apellido, nombre completo, tipo y número de documento de identidad, además de la aceptación del cargo por cada postulante.
  2. Cada lista deberá ir acompañada con la adhesión de, por lo menos, el veinte por ciento (20 %) del padrón electoral respectivo. No podrán figurar como adherentes, quienes integren las listas como candidatos para la misma categoría para la que aspiren ser elegidos.
  3. Quienes pretendan postularse deberán ser electores en los términos del artículo 3º de la presente Resolución.

Art. 3º: Las boletas de sufragio para la elección de representantes de los jueces en el Consejo Académico deberán ser elaboradas e impresas por cada lista en forma separada de las destinadas a la elección de miembros del Consejo de la Magistratura y las de los candidatos a integrar el Jurado de Enjuiciamiento.

Art. 4º: Establecer que la votación se celebrará en la mesa electoral Nº 2, correspondiente a la elección de representantes de los jueces en el Jurado de Enjuiciamiento.

Art. 5º: Realizado el escrutinio definitivo la Junta Electoral proclamará en forma inmediata a los candidatos que obtengan el mayor número de votos.

Art. 6º: Será de aplicación supletoria, en toda circunstancia no prevista en los artículos precedentes, el Reglamento Electoral aprobado por Resolución CM Nº 143/2004.

Res. 36 /2008 - Anexo I