RES. Nº 136/2008

Declarar inhábiles los días 11 y 12 de marzo de 2008, respecto de las Defensorías de Primera Instancia Nº 2, 6 y 8 del fuero Contravencional y de Faltas, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99 y sus modificatorias.

Buenos Aires, 11 de marzo de 2008

 

RES Nº 136 /2008

 

 

VISTO:

Las Actuaciones Nº 4192/08 y Nº 4365/08 y

 

 

CONSIDERANDO:

Que, mediante las mismas, el Sr. Defensor General y la Sra. Defensora General Adjunta solicitan se declaren inhábiles los días 11 y 12 de marzo del corriente, respecto de las Defensorías de Primera Instancia Nº 2, 6 y 8 del fuero Contravencional y de Faltas.

 

Que, motivan dichos pedidos los desperfectos eléctricos, telefónicos e informáticos en las sedes de las Defensorías anteriormente mencionadas, por lo que se estima conveniente en el marco de la competencia de este Consejo declarar como inhábiles las referidas jornadas para las dependencias del Ministerio Público de la Defensa detalladas en el considerando primero, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99 y sus modificatorias.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución local, la Ley N° 31, y el Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99,

 

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

Art. 1º: Declarar inhábiles los días 11 y 12 de marzo de 2008, respecto de las Defensorías de Primera Instancia Nº 2, 6 y 8 del fuero Contravencional y de Faltas, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99 y sus modificatorias.

 

Art. 2º:Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la página de Internet www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Cámara Contravencional y de Faltas, a los Sres. Titulares del Ministerio Público y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCION Nº 136 /2008

Juan Pablo Mas Velez Secretario

Carla Cavaliere Presidenta