RES. Nº 091/05

 

Sustituye el articulo 25 del Reglamento Interno del Consejo de la Magistratura

 

Buenos Aires, 1 de marzo de 2005.

 

RESOLUCIÓN N°091/2005

 

VISTO:

La nota elevada por la Sra. Jefa de Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia, relativo a la tarea de la Oficina de Jurisprudencia, lo dispuesto en el Reglamento Interno del Consejo de la Magistratura, aprobado por la Resolución CM N° 362/03 y la necesidad de aclarar y/o ratificar ciertos aspectos reglamentarios.

 

Y CONSIDERANDO:

Que a fin de asegurar el derecho a la información en el marco de un Poder Judicial transparente, que afiance el derecho de defensa en juicio garantizado en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, la Constitución Nacional, Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 104 de la Ciudad este Consejo proporciona un servicio integral de información jurídica en materia de Jurisprudencia del Poder Judicial de las Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Poder Judicial de la Ciudad.

Que dicho Departamento analiza la información producida por las fuentes primarias de su competencia (fuero Contencioso Administrativo y Tributario y Fuero Contravencional y de Faltas) y elabora –bajo procedimientos normalizados por la Ciencia de la Información- los datos jurídicos-documentales de las resoluciones jurisprudenciales.

Que en el Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia, en la Oficina de Jurisprudencia, se efectúa la recopilación, lectura, análisis, selección e identificación de los contenidos temáticos relevantes, confección de sumarios, indización a través de un lenguaje unívoco (thesauro) de la Jurisprudencia del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.

Que también confecciona y publica los Boletines de Jurisprudencia correspondientes a los fueros Contencioso Administrativo y Tributario y Contravencional y de Faltas, en soporte papel para su distribución en forma institucional a bibliotecas y magistrados de los poderes judiciales nacional y provinciales, por intermedio de la Presidencia del Consejo de la Magistratura, y en soporte electrónico para su inclusión en la página web del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que todo lo reseñado aconseja aclarar algunos aspectos y ratificar o ampliar la resolución antes citada, para dejar establecidas adecuadamente las misiones y funciones de la Oficina de Jurisprudencia.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 inciso 3° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la ley 31.

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

Art. 1°: Sustitúyase el articulo 25 del Reglamento Interno de l Consejo de la Magistratura, aprobado por la Resolución C.M. N° 362/02, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 25.- Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia

Funciones

25.1. Organizar el sistema de biblioteca y jurisprudencia del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

25.2. Supervisar las bibliotecas de los distintos edificios.

25.3. Mantener en condiciones todos los medios que se dispongan para su consulta pública, procurando su actualización permanente.

25.4. Procurar el mantenimiento de sistemas electrónicos actualizados para mejorar el acceso a la información y la consulta pública.

25.5. Prestar servicio de consultas a profesionales, docentes, estudiantes y público en general.

25.6. Efectuar un relevamiento permanente sobre temas y sistemas de consulta.

25.7. Relevar en forma sistemática las necesidades de materiales y registra sus altas y bajas.

25.8. Procurar herramientas para la capacitación permanente de su personal.

25.9. Recopilar, analizar los fallos y seleccionar aquellos que resulten de especial interés para su divulgación.

25.10. Confeccionar los Sumarios e indización a través de un lenguaje unívoco (thesauro) de la Jurisprudencia del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.

25.11. Confeccionar y publicar los Boletines de Jurisprudencia correspondientes a los fueros Contencioso Administrativo y Tributario y Contravencional y de Faltas, en soporte papel para su distribución en forma institucional a bibliotecas y magistrados de los poderes judiciales nacional y provinciales.

25.12. Publicar y mantener actualizada la jurisprudencia en la página web del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

25.13. Hacer cumplir lo establecido en el Reglamento de Biblioteca.

25.14. Proveer al desarrollo de redes de información en la materia de su competencia.

25.15. Desarrollar y coordinar investigaciones bibliográficas.

25.16. Requerir los recursos necesarios para el procesamiento de la información.

25.17. Facilitar el intercambio de información con las distintas bibliotecas del país y del exterior.

25.18. Proponer y proyectar convenios de cooperación.

25.19. Elaborar y proponer la nomina de títulos para su compra.

25.20. Emitir un certificado, en el que conste que el Magistrado, Funcionario o Empleado no adeuda devolver o restituir libros, revistas u otros documentos perteneciente a la Biblioteca. “

Art. 2°: Regístrese, comuníquese a la Dirección de Apoyo Operativo, publíquese en el sitio web del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, oportunamnete, archívese.

     

RESOLUCIÓN N° 91/2005

   
     

Carla Cavaliere

María Magdalena Iráizoz

L. Carlos Rosenfeld

 

(momentáneamente ausente)

 
     

Carlos Francisco Balbín

Bettina Paula Castorino

Juan Sebastián De Stefano

(en disidencia)

   
     

Germán C. Garavano

María Celia Marsili

Diego May Zubiría

(momentáneamente ausente)

(en disidencia)