RES. Nº 485/04

 

Asignacion exptes feria invierno 2004

Buenos Aires, 13 de julio de 2004.

RES. Nº 485 /2004

VISTO:

Las Resoluciones CM N° 418/2004 y CM N° 319/2003

CONSIDERANDO:

Que mediante la primera de las resoluciones citadas en el Visto se estableció feria judicial durante los días 19 al 30 de julio de 2004, para el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que por Resolución CM N° 319/2003, se dispuso que durante la feria judicial permanecerán simultáneamente de guardia dos juzgados de primera instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario.

Que, conforme la propuesta formulada por la Cámara de Apelaciones del referido fuero, prestarán servicios los Juzgados de Primera Instancia N° 5 y N° 8, durante la primer semana del receso, y los Juzgados de Primera Instancia N° 4 y N° 11, durante la segunda semana.

Que corresponde a este Consejo de la Magistratura establecer el mecanismo de asignación de expedientes para su tramitación durante la feria judicial.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y La Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Los expedientes que se inicien durante el período de feria ante el fuero Contencioso Administrativo y Tributario serán sorteados conforme el procedimiento establecido en la Resolución CM N° 335/2001. A los fines de su radicación durante el receso, los expedientes de numeración impar tramitarán ante los Juzgados de Primera Instancia de numeración impar, y los expedientes de numeración par tramitarán ante los Juzgados de Primera Instancia de numeración par.

Artículo 2°: Los escritos en que se solicite habilitación de feria deberán ser presentados ante la Mesa Receptora y Distribuidora de Expedientes, quien les colocará cargo y les asignará un número correlativo a los efectos de su identificación durante el receso, tomándose este número a los efectos de su asignación, conforme el criterio establecido en el artículo anterior.

Artículo 3°: Se exceptúa del sistema establecido en los artículos 1° y 2° de la presente Resolución a los expedientes que resulten sorteados o tengan radicación en los juzgados de turno.

Artículo 4°: Los expedientes asignados durante la primer semana de la feria al Juzgado de numeración impar continuarán su tramitación en el Juzgado impar de turno en la segunda semana y los asignados al Juzgado de numeración par lo harán en el Juzgado de numeración par de la segunda semana. Los expedientes deberán ser remitidos directamente por cada Juzgado a su continuador, debiendo informar por oficio dicha circunstancia a la Secretaría General de Cámara, quien realizará directamente, una vez recibida dicha comunicación, el movimiento informático correspondiente.

Artículo 5°: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, a los Sres. Titulares del Ministerio Público y, oportunamente, archívese.

RESOLUCIÓN N° 485 /2004

     

Carla Cavaliere

María Magdalena Iráizoz

Germán C. Garavano

(en disidencia)

 

(en disidencia)

     

Carlos Francisco Balbín

María Celia Marsili

Bettina Paula Castorino

(en disidencia)

 

( en uso de licencia)

     

L. Carlos Rosenfeld

Diego May Zubiría

Juan Sebastián De Stefano

     

 

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