RES. Nº 133/05

 

Contratación Directa Nº024/04 sobre Adquisición de maderas para el armado de astas y bases para banderas

 

Buenos Aires, 15 de marzo de 2005

 

RES. N° 133/2005

 

VISTO:

El Expediente CM N° DCC-075/04-2 por el que tramitó la Contratación Directa Nº 24/2004 para la adquisición de maderas para el armado de astas y bases para banderas, autorizada por Resolución CM N° 832/2004 de fecha 18 de noviembre de 2004; y

 

CONSIDERANDO:

Que en el referido Expediente obra agregada la Nota N° 1136-DCC CM-04 (fojas 24/26), de la Dirección de Compras y Contrataciones, la que propone realizar un llamado a Contratación Directa para la adquisición de maderas para el armado de astas y bases para banderas, a los efectos de su instalación en las distintas dependencias del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial de esta Ciudad, en virtud del requerimiento efectuado por el Departamento de Prensa y Relaciones Públicas (Memorandum Nº 96/2004, inserto a fojas 1/2 del Expediente CM Nº DCC-075/04-0).

Que la presente adquisición forma parte del listado de los materiales necesarios (Nota Nº 3161-DGCyPE-2004, obrante a fojas 10 del Expediente CM Nº DCC-075/04-0), que serán oportunamente provistos a la Dirección de Planeamiento y Producción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que ésta lleve a cabo las tareas de confección de las banderas que se instalarán en las dependencias del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial de esta Ciudad.

Que la Resolución citada en el Visto autoriza dicho procedimiento, toda vez que el monto estimado para la contratación asciende a la suma de Pesos Seis Mil Quinientos Veintidós con 62/100 ($ 6.522,62), lo que admite la aplicación del régimen de Contratación Directa, según lo normado por el Artículo 56º, inciso 3, apartado a), del Decreto-Ley N° 23.354/56.

Que se cursaron las correspondientes invitaciones a participar del mencionado concurso a veintiún (21) firmas, y comunicaciones a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (U.A.P.E.), a la Cámara Argentina de Comercio (C.A.C.) y a la Guía General de Licitaciones y Presupuestos.

Que a fojas 96/100, obra el listado de adquisición de pliegos confeccionado por la Dirección de Compras y Contrataciones y las respectivas constancias.

Que según consta en el Acta de Apertura de la Contratación Directa Nº 24/2004, de fecha 22 de diciembre de 2004, obrante a fojas 102/103, se procedió a la apertura de las tres (3) ofertas presentadas, sin que se formularan impugnaciones.

Que la Comisión de Preadjudicaciones en su Dictamen de fecha 2 de febrero de 2005, obrante a fojas 202/206, manifiesta que la oferta presentada por Mader Shop S.R.L. es admisible, “mientras que Manuel Beltrán y Rubén Omar Castro, han sido declaradas no admisibles”; en el primer caso, por carecer de la documentación exigida en las cláusulas 22.3, 22.5 y 22.12, y en el segundo caso, por lo requerido en las cláusulas 22.2 y 22.12 del Pliego de Condiciones Particulares.

Que no obstante ello, la Comisión de Preadjudicaciones propone “declarar desierta esta Contratación por no haberse presentado una oferta conveniente”, toda vez que la presentada por Mader Shop S.R.L. ($ 9.688,30) “es superior al presupuesto oficial determinado para la presente Contratación Directa” ($ 6.522,62).

Que de acuerdo a lo informado por la Mesa de Entradas a fojas 209, se dio cumplimiento a lo normado por el Decreto P.E.N. 826/88, no habiéndose registrado impugnaciones relacionadas con la publicación del Dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones.

Que a fojas 210 ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Nº 547/2005, en el que manifiesta que “debe declararse fracasada la presente contratación directa, en virtud de no haberse presentado una oferta conveniente”.

Que a fojas 211 obra agregado el Dictamen Nº 21/2005 de la Comisión de Administración y Financiera, en el cual “observa que la desestimación de la oferta de Manuel Beltrán es procedente, no así el descarte de la oferta de Rubén Omar Castro”.

Que respecto de la cláusula 22.2 del Pliego de Condiciones Particulares, la Comisión de Administración y Financiera manifiesta en el mismo Dictamen, que Rubén Omar Castro, al determinar su oferta económica (fojas 155), “expreso: conforme a las condiciones estipuladas en la documentación que regula el presente llamado. Tales términos permiten interpretar que el oferente adhiere a las condiciones generales y particulares de la contratación, entre las cuales se halla el plazo de mantenimiento de la oferta”.

Que respecto de la cláusula 22.12 del Pliego de Condiciones Particulares (presentación de la copia del CUIT), la Comisión de Administración y Financiera considera “que tal extremo se encuentra acreditado con el Certificado de Habilitación para presentar oferta extendido por el RUPP (fs. 159), ya que allí consta el número de inscripción en el Registro que, precisamente, se forma con el número de CUIT (conf. Art. 15 b) y 35 del Decreto GCBA 101/103)”.

Que, consecuentemente, debido a que “las restantes ofertas presentadas en este expediente contienen vicios insubsanables de admisibilidad, como la falta de garantía (Manuel Beltrán), o bien ofrecen un precio de $ 9.688,33 que resulta más elevado que el presupuesto oficial”, la Comisión de Administración y Financiera “propone al Plenario preadjudicar a Rubén Omar Castro por la suma de $ 6.366.-”.

Que se ha efectuado la respectiva afectación presupuestaria preventiva correspondiente al presupuesto del año 2005, conforme la Constancia de Registración Nº 2005-03000087, inserta a fojas 216/217.

Que, en cumplimiento de lo estipulado en la Ley 269, se ha constatado que Rubén Omar Castro no figura en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme la constancia inserta a fojas 218.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 31 y su modificatoria,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

Artículo 1°: Aprobar lo actuado en la Contratación Directa Nº 24/2004 y adjudicar los Renglones 1, 2 y 3 a Rubén Omar Castro, por la suma total de Pesos Seis Mil Trescientos Sesenta y Seis ($ 6.366,00) IVA incluido, de acuerdo con la oferta económica obrante a fojas 155 del Expediente CM Nº DCC-075/04-2.

Artículo 2°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, notifíquese a la firma adjudicataria, comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.

     

RES. N°133/05

   
     

Carla Cavaliere

María Magdalena Iráizoz

L. Carlos Rosenfeld

   

(momentáneamente ausente)

     

Carlos F. Balbin

Bettina Paula Castorino

Juan Sebastián De Stefano

(momentáneamente ausente)

   
     

Germán C. Garavano

María Celia Marsili

Diego May Zubiría

(momentáneamente ausente)