RES. Nº 451/2006

Tener por no pronunciadas las Resoluciones Nros. 43 y 44/06 del Sr. Fiscal General Adjunto a cargo de la Fiscalía General, por las razones expuestas en los considerandos.

Tener por no pronunciadas las Resoluciones Nros. 43 y 44/06 del Sr. Fiscal General Adjunto a cargo de la Fiscalía General, por las razones expuestas en los considerandos.

Tener por no pronunciadas las Resoluciones Nros. 43 y 44/06 del Sr. Fiscal General Adjunto a cargo de la Fiscalía General, por las razones expuestas en los considerandos.

Buenos Aires, 20 de junio de 2006.

 

RES. Nº 451/2006

 

 

 

VISTO:

La actuación N° 11.146/06 y dispuesto por la Ley N° 1978, y

CONSIDERANDO:

Que, por actuación N° 11.146/06, el Sr. Fiscal General Adjunto a cargo de la Fiscalía General, Dr. Rubén Antonio Pereyra, comunica las Resoluciones Nros. 43 y 44/06 de dicho organismo, dictadas el día 30 de mayo del año en curso.

Que, mediante la primera de las citadas resoluciones, se introducen modificaciones a la estructura orgánica del Ministerio Público Fiscal, en tanto por la restante se designa interinamente al titular de una de las dependencias creadas por Resolución N° 43/06.

Que el Sr. Fiscal General Adjunto a cargo de la Fiscalía General, invoca para el dictado de ambas resoluciones las competencias atribuidas al Ministerio Público por la Ley 1903.

Que el día 18 de mayo de 2006, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó la Ley 1978, que en su artículo 1° establece: “Suspéndase por el plazo de sesenta (60) días, a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, la vigencia de la Ley 1903”.

Que la Ley 1978 fue promulgada por Decreto del Poder Ejecutivo N° 622, de fecha 30 de mayo de 2006.

Que, en consecuencia, al momento de la aprobación de las Resoluciones Nros. 43y 44/06, se encontraba vigente la Ley 1978 y, por lo tanto, suspendida la vigencia de la Ley 1903, razón por la cual el Sr. Fiscal General Adjunto a cargo de la Fiscalía General carecía de facultades para su dictado.

Que, por lo expuesto, no cabe a este Consejo de la Magistratura otra alternativa que –en respeto a la normativa vigente y ejerciendo plenamente sus facultades constitucional y legalmente conferidas- tener por no pronunciadas las Resoluciones Nros. 43 y 44/06 del Sr. Fiscal General Adjunto a cargo de la Fiscalía General.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la ley 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Tener por no pronunciadas las Resoluciones Nros. 43 y 44/06 del Sr. Fiscal General Adjunto a cargo de la Fiscalía General, por las razones expuestas en los considerandos.

Art. 2°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad y en la página de internet del Poder Judicial, comuníquese a todas las dependencias y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCION Nº 451/2006

Carla Cavaliere María Magdalena Iráizoz ausenteRicardo Félix Baldomar Ricardo M. Busso ausenteJuan Sebastián De Stefano Germán C. Garavano según votoRamiro Monner Sans