RES. Nº 593/2008

 

Aprobar lo actuado en la Licitación Pública Nº 20/2007 para la contratación del servicio de acceso a internet de las dependencias del Poder Judicial.

Buenos Aires, 24 de julio de 2008

 

 

RES. Nº 593 /2008

 

VISTO:

El Expediente DCC Nº 191/07-0 s/Contratación del Servicio de Acceso a Internet, y

 

CONSIDERANDO:

Que por Resolución de la Comisión de Administración y Financiera (CAyF) Nº 24/2008, se autorizó el llamado a Licitación Pública N° 20/2007 para la contratación del Servicio de Acceso a Internet, con un presupuesto oficial de Pesos Setecientos Nueve Mil Cuatrocientos Once con Setenta y Cuatro Centavos ($709.411,74), estableciendo como fecha de apertura pública de ofertas el día 14 de mayo de 2008.

 

Que el llamado a contratación fue publicado en el Boletín Oficial y anunciado en la página de internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma, www.jusbaires.gov.ar, como así también, en la cartelera del Consejo de la Magistratura (fs. 184/189).

 

Que conforme surge de las constancias de fs. 144/159, se cursaron invitaciones a la Cámara Argentina de Comercio, la Guía General de Licitaciones y Presupuestos, a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a ocho (8) empresas del rubro.

 

Que mediante Actuación N° 9268/08 de fs. 206/208, Telefónica Data Argentina SA, solicitó aclaraciones técnicas de los pliegos y por Res. CAyF N° 32/2008, se declaró extemporánea dicha presentación.

 

Que a fs. 214/217 se adjuntó el listado de empresas que adquirieron los pliegos de la presente Licitación, con sus correspondientes comprobantes de pago.

 

Que a fs. 224/225, obra el Acta de Apertura registrando la presentación de tres (3) ofertas (Cablevisión SA, Telefónica Data Argentina SA y Telmex Argentina SA), sin presentarse observaciones al acto.

 

Que a solicitud del Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones, el Registro Único de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informó el estado registral de los oferentes a fs. 585/593, sin observarse la imposición de sanciones.

 

Que la Comisión Evaluadora, intimó a Cablevisión SA, para que en el término de tres (3) días hábiles, de cumplimiento con la presentación del Certificado Fiscal emitido por la AFIP, el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, y preste declaración jurada conforme lo solicitado en la cláusula 27 del Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobados para la presente contratación. En respuesta a ello, a fs. 594/604, la oferente cumplió con la intimación.

 

Que mediante Actuación N° 11076/08, Telefónica Data Argentina SA, realizó observaciones de las presentaciones efectuadas por Cablevisión SA y Telmex Argentina SA, con relación al punto 5.3 del Pliego de Especificaciones Técnicas, aconsejando la desestimación de dichas propuestas.

 

Que a pedido de la Comisión Evaluadora, la Dirección de Informática y Tecnología, realiza la asistencia técnica conforme lo dispuesto en el art. 45 del Decreto 408/2007, reglamentario del art. 105 de la Ley 2095, manifestando que resulta necesario realizar consultas a los oferentes (fs. 617). A tales efectos, se cursaron las notificaciones pertinentes, cuyas constancias se adjuntan a fs. 626/628.

 

Que por Actuación N° 13145/08 de fs. 629/631, Cablevisión SA, realizó las aclaraciones solicitadas con relación a los puntos 2.4 y 5.3 del Pliego de Especificaciones Técnicas.

 

Que consecuentemente, a fs. 634 interviene nuevamente la Dirección de Informática y Tecnología, dictaminando en el caso de Telmex Argentina SA, que si bien no ha respondido al pedido de aclaración respecto al punto 4.4 del Pliego de Especificaciones Técnicas, observó que tomó nota y se cumple, conforme las constancias de fs. 396/397, por lo tanto, en el caso de que resulte adjudicataria la Dirección entiende, que la firma deberá proveer los medios necesarios para el cumplimiento de lo exigido en la contratación.

 

Que con relación a Telefónica Data Argentina SA, el área técnica observó que no respondió las aclaraciones solicitadas con relación al punto 5.3 del Pliego de Especificaciones Técnicas. Sin perjuicio de ello, toma como criterio de evaluación que se asume que la solución para todos los enlaces de 2 Mbps ofertada, incluye tramos aéreos externos en todos ellos.

 

Que por lo expuesto, la Dirección de Informática y Tecnología, manifestó que teniendo en cuenta las aclaraciones realizadas por Cablevisión SA, considera que todas las ofertas cumplen con lo exigido en el Pliego de Especificaciones Técnicas, resultando técnicamente más convenientes las presentadas por Cablevisión SA (que no presenta enlaces con tramos aéreos), y la de Telmex Argentina SA (que sólo presenta 2 enlaces con tramos aéreos), sobre la de Telefónica Data Argentina SA (que incluye enlaces con tramos aéreos externos en todas las sedes con enlaces de 2 Mbps.

 

Que en concordancia con el informe técnico referido precedentemente, la Comisión Evaluadora dictaminó que las tres (3) ofertas son admisibles y luego de analizar los precios ofrecidos propone preadjudicar por un total de Pesos Trescientos Veinticuatro Mil Ochocientos Cincuenta y Tres con Noventa y Dos Centavos ($324.853,92) a Telmex Argentina SA, por ser la más conveniente.

 

Que dicho dictamen fue fehacientemente notificado a los oferentes, conforme surge de las constancias de fs. 645/648, fue anunciado en la cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también, publicado en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a las constancias de fs. 649 y 651/654.

 

Que al respecto, intervino la Dirección de Asuntos Jurídicos, adhiriendo a lo dictaminado por la Comisión Evaluadora.

 

Que la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones resalta que a fs. 609/611, Telefónica Data Argentina SA, realiza observaciones de las presentaciones de Cablevisión SA y Telmex Argentina SA, con relación al punto 5.3 del Pliego de Especificaciones Técnicas, aconsejando la desestimación de dichas propuestas. Asimismo, denuncia que Cablevisión SA, se encuentra en proceso de fusión y que ello impide conocer su capacidad para contratar.

 

Que al respecto, la Comisión destaca que a fs. 631 Cablevisión SA, realizó las aclaraciones pertinentes y teniendo en cuenta lo dictaminado por la Dirección de Informática y Tecnología a fs. 634, la oferta resulta admisible. En cuanto al proceso de fusión denunciado, nada impide que la empresa oferte en el proceso licitatorio, ya que conforme lo informado por el RUPP a fs. 590, la misma se encuentra inscripta, y en la oferta, adjunta el certificado fiscal emitido por la AFIP y por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, acreditándose así, su capacidad para contratar.

 

Que con relación a Telmex Argentina SA, si bien la Dirección de Informática y Tecnología no solicitó aclaraciones con relación al punto 5.3, la Comisión observa que a fs. 404/405, el oferente además de manifestar que toma nota y se cumple con lo solicitado, aclara los insumos que proveerá para la correcta instalación y funcionamiento del servicio, e informa las condiciones de las instalaciones, el diagrama de la solución y menciona que utilizará fibra óptica para acceder a las oficinas, entre otras aclaraciones. Por lo expuesto y conforme lo dictaminado por el área técnica competente a fs. 634, la oferente cumple con lo exigido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.

 

Que consecuentemente, la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, propone al Plenario adjudicar el renglón 1 de la Licitación Pública Nº 20/2007, a Telmex Argentina SA, por la suma total de Pesos Trescientos Veinticuatro Mil Ochocientos Cincuenta y Tres con Noventa y Dos Centavos ($324.853,92).

 

Que en tal estado llega el expediente al Plenario.

 

Que visto el análisis realizado por la Comisión Evaluadora, todas las ofertas resultan admisibles y conforme el cuadro comparativo de precios Telmex Argentina SA, resulta la mas conveniente.

 

 

 

Que existiendo recursos presupuestarios suficientes, habiendo recibido debida publicidad tanto el llamado de la licitación como el dictamen de preadjudicación, habiendo intervenido la Dirección de Asuntos Jurídicos sin formular observaciones, y no existiendo impugnaciones, no se advierten circunstancias de hecho ni de derecho que impidan aprobar lo actuado en la presente contratación, de acuerdo al dictamen de la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por Art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la ley Nº 31

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

Art. 1º: Aprobar lo actuado en la Licitación Pública Nº 20/2007 para la contratación del servicio de acceso a internet de las dependencias del Poder Judicial.

 

Art. 2º: Adjudicar el renglón 1 a Telmex Argentina SA, por la suma total de Pesos Trescientos Veinticuatro Mil Ochocientos Cincuenta y Tres con Noventa y Dos Centavos ($324.853,92).

 

Art. 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a todos los oferentes, a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Dirección de Compras y Contrataciones, y oportunamente archívese.

 

RESOLUCIÓN N° 593/2008

Nélida Mabel Daniele Secretaria

Mauricio Devoto Presidente

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