RES. Nº 107/2007

Crear el Centro de Planificación Estratégica que dependerá funcionalmente del Plenario de Consejeros, e incorporarlo a la estructura orgánica del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Resolución CM N° 362/2003.

Crear el Centro de Planificación Estratégica que dependerá funcionalmente del Plenario de Consejeros, e incorporarlo a la estructura orgánica del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Resolución CM N° 362/2003.

Crear el Centro de Planificación Estratégica que dependerá funcionalmente del Plenario de Consejeros, e incorporarlo a la estructura orgánica del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Resolución CM N° 362/2003.

Buenos Aires, 13 de marzo de 2007

 

 

RES. N° 107 /2007

 

VISTO:

Las Res. CM nros. 362/2003, 392/2004, 1033/2004, 985/2005 y 262/2006, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que las resoluciones CM nros. 392/2004 y 1033/2004 establecen la implementación de un Plan Estratégico Trienal en miras a contribuir con la labor Jurisdiccional y con las tareas de Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Que por resoluciones CM nros. 985/2005 y 262/2006 se aprobaron el “Primer Diagnóstico del Plan Estratégico” y el “Acta Compromiso del Plan Estratégico”, respectivamente.

 

Que la continuidad de políticas en el tiempo es una de las tareas que el sector público debe mejorar y que los cambios que se producen con la llegada de nuevas autoridades deben favorecer la construcción de políticas de Estado, continuando y perfeccionando aquellas experiencias satisfactorias que se encuentren en marcha.

 

Que el Consejo puede exhibir, entre diversas políticas de fortalecimiento institucional, una herramienta valiosa en el avance de lo anteriormente expresado: el Plan Estratégico Trienal de Gestión.

 

Que en este sentido, se continuarán desarrollando las tareas que se impusieran a partir de la puesta en marcha del Plan Estratégico Trienal, a través de dos grandes objetivos: a) la prestación de un mejor servicio de Justicia a la ciudadanía, tanto en tiempo como en calidad de respuesta, y b) el afianzamiento del Consejo de la Magistratura como un administrador eficiente en apoyo de la labor jurisdiccional.

 

Que sin perjuicio de ello, es importante observar que el diseño e implementación de herramientas e instrumentos de planificación estratégica, que llevan consigo una visión de mediano y largo plazo, no puede limitarse o agotarse en un instrumento en particular.

 

Que por el contrario, el diseño e implementación de herramientas e instrumentos de planificación estratégica deben ser considerados una actividad constante y perdurable en el tiempo por parte del Consejo de la Magistratura.

 

Que, por otro lado, el Plan Estratégico de Gestión Trienal, debe responder a las líneas estratégicas dictadas por una Visión común consensuada por todos los actores de la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, y es ese un trabajo que se viene desarrollando y tiene aún mucho para crecer.

 

Que en miras a alcanzar dichos objetivos y con el fin de construir conjunta y consensuadamente Políticas de Estado, se hace indispensable contar con un área que se ocupe del diseño e implementación de herramientas e instrumentos de planificación estratégica, que coordine actividades con la totalidad del Poder Judicial y dé continuidad e incremente los mecanismos de participación para el diseño del Plan Estratégico de la Justicia de la Ciudad, implementados en el último año. Y que dentro de los avances establecidos en dicho marco de trabajo institucional, dote de políticas asociadas al Plan Estratégico de Gestión Trienal del Consejo de la Magistratura.

 

Que también es necesario construir un sistema de indicadores para visualizar la información estadística detallada para su uso intensivo y eficiente como base ineludible de toda acción o emprendimiento en la mejora de la gestión de la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. Asimismo, de cara a la ciudadanía, poder comunicar la información obtenida de manera eficaz y eficiente, cumpliendo con el requisito democrático de fortalecer el derecho a la información ciudadana.

 

Que estas propuestas se constituyen sobre la base de la reflexión, la apertura, la flexibilidad y la pluralidad para la construcción de un proyecto que pretende constituirse no sólo como una serie de propuestas de acción, sino también como un espacio de concertación entre todos los actores involucrados fortaleciendo la independencia del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.

 

Que por todo lo expresado y para llevar adelante en forma eficiente el emprendimiento, resulta necesario contar con sustento administrativo y humano.

 

Que en consecuencia se dispone, la conformación y estructura del Centro de Planificación Estratégica, designando las funciones de cada una de las áreas que la integran, resultando de importancia que el área sea conducida por un Consejero en ejercicio, elegido por el Plenario de Consejeros.

 

Que, atento dichas necesidades, y a los efectos de cumplimentar en forma exitosa la tarea de planificación estratégica, es menester incorporar a la estructura orgánica de este Consejo de la Magistratura, establecida por Res. CM Nº 362/2003 y sus modificatorias, la dependencia referida, la cual deberá denominarse, en adelante, Centro de Planificación Estratégica.

 

Que, en esa inteligencia, corresponde confeccionar un pliego de funciones para el referido Centro, que implique el marco normativo de la actividad a desarrollar, tendiendo con la misma a hacer eficaz y eficiente el diseño e implementación de instrumentos de planificación estratégica, así como el desarrollo del Plan de Gestión Estratégico Trienal, dependiente funcionalmente del Presidente Coordinador del referido Plan.

 

Que al respecto, cabe señalar que el Plan de Gestión Estratégico Trienal cuenta desde el año 2006 con un Prosecretario Ejecutivo, el Dr. Juan José Pi de la Serra, y que por Res. CM Nº 25/2007 se designó al Consejero Mauricio Devoto, Presidente Coordinador del Plan.

 

Que a los fines expresados la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al aprobar la ley 2180 de Presupuesto para el ejercicio 2007 elaboró el subprograma 16.3 denominado “Planificación y gestión de Política Judicial” a tal fin.

 

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 31 y sus modificatorias,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

Art. 1°: Crear el Centro de Planificación Estratégica que dependerá funcionalmente del Plenario de Consejeros, e incorporarlo a la estructura orgánica del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Resolución CM N° 362/2003.

 

Art. 2º: Aprobar la estructura y funciones del Centro de Planificación Estratégica, las cuales obran como Anexo I de la presente resolución.

:: Anexo I

Art. 3°: Crear el cargo de Presidente del Centro de Planificación Estratégica.

 

Art. 4°: Regístrese, comuníquese, publíquese en la página Web de este organismo y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCION Nº 107 /2007

Juan Pablo Mas Velez Secretario

Carla Cavaliere Presidenta