RES. Nº 038/2008

Instruir a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial para que tome las medidas pertinentes a fin de reintegrar a la Tesorería del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la suma de pesos seiscientos ochenta y seis mil cuatrocientos cincuenta con 55/100 ($ 686.450,55), correspondientes al Presupuesto de la Jurisdicción nº 07, Programas 16 Consejo de la Magistratura, 17 Justicia Contencioso Administrativo y Tributaria, 18 Justicia Contravencional y de Faltas, 19 Ministerio Público y Subprogramas 16.1. Centro de Formación Judicial y 16.2. Servicio de Apoyo Administrativo, en virtud de ostentar los mismos el carácter de montos no devengados correspondientes al Ejercicio 2007.-

Buenos Aires, 19 de febrero de 2008

 

RES. N° 38 /2008

 

VISTO:

La Ley 70 y el Memo D.P.A.C. nº 70/08 de fecha 18 de febrero de 2008, y

 

CONSIDERANDO:

Que, mediante la referida comunicación, la Dirección de Programación y Administración Contable remitió a conocimiento de Oficina de Administración y Finaciera las planillas correspondientes al presupuesto del período 2007 con el excedente no ejecutado, con su respectivo detalle de programas y rubros, indicando el monto final que procede devolver a la Contaduría del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires.

 

Que conforme surge del art. 68 de la mencionada ley 70 “las cuentas del Presupuesto General se cierran el 31 de diciembre de cada año. Después de esa fecha los recursos que se recauden se consideran parte del presupuesto vigente, con independencia de la fecha en que se origine la obligación de pago o liquidación de los mismos. Con posterioridad al 31 de diciembre no pueden asumirse compromisos ni devengarse gastos con cargo al ejercicio que se cierra en esa fecha”.-

 

Que por su parte, el art. 69 establece claramente que “los gastos devengados y no pagados al 31 de diciembre de cada año se cancelan durante el año siguiente con cargo a las disponibilidades en cajas bancos existentes a la fecha señalada. Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de cada año se afectan automáticamente al ejercicio siguiente, imputando los mismos a los créditos disponibles para ese ejercicio.-

 

Que, en consecuencia, las cuentas de Presupuesto General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires han sido cerradas a la fecha, no pudiendo ser modificadas con posterioridad.-

 

Que, conforme surge de la información brindada por la Dirección de Programación y Administración Contable según memo D.P.A.C. nº 70/08, la suma no ejecutada definitiva asciende al total de pesos seiscientos ochenta y seis mil cuatrocientos cincuenta con 55/100 ($ 686.450, 55).-

 

Que, en razón de la normativa citada y lo anteriormente expuesto, corresponde proceder a la devolución de los fondos correspondientes al presupuesto del ejercicio 2007 que materialmente no fueron utilizados con el fin de solventar los gastos de gestión inherentes a las actividades tanto administrativas como jurisdiccionales propias de este Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.-

 

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 31 y sus modificatorias.-

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

Art. 1°: Instruir a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial para que tome las medidas pertinentes a fin de reintegrar a la Tesorería del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la suma de pesos seiscientos ochenta y seis mil cuatrocientos cincuenta con 55/100 ($ 686.450,55), correspondientes al Presupuesto de la Jurisdicción nº 07, Programas 16 Consejo de la Magistratura, 17 Justicia Contencioso Administrativo y Tributaria, 18 Justicia Contravencional y de Faltas, 19 Ministerio Público y Subprogramas 16.1. Centro de Formación Judicial y 16.2. Servicio de Apoyo Administrativo, en virtud de ostentar los mismos el carácter de montos no devengados correspondientes al Ejercicio 2007.-

 

Art. 2°: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial, comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad, al Sr. Administrador General, publíquese en la página web de este Consejo de la Magistratura C.A.B.A y, oportunamente, archívese.-

 

RES. N° 38 /2008

Juan Pablo Mas Velez Secretario

Carla Cavaliere Presidenta