Expte. OAyF Nº 137/09-0 Res. (RE) OAyF Nº 048/09

Autorizar el gasto por la adquisición de 32 (treinta y dos) Baterías de 12V/4,5 Ah, de una UPS RT1000 marca APC N/S: NS0813003484 por la suma de tres mil noventa y un pesos ($3.091.-) y 32 (treinta y dos) Baterías de 12V/4,5 Ah, de una UPS RT1000 marca APC N/S: YS0440121557 por la suma de tres mil noventa y un pesos ($3.091.-) , a la firma Soluciones Cidicom, por un monto total de seis mil ciento ochenta y dos pesos ($ 6.182.-) IVA incluido

Autorizar el gasto por la adquisición de 32 (treinta y dos) Baterías de 12V/4,5 Ah, de una UPS RT1000 marca APC N/S: NS0813003484 por la suma de tres mil noventa y un pesos ($3.091.-) y 32 (treinta y dos) Baterías de 12V/4,5 Ah, de una UPS RT1000 marca APC N/S: YS0440121557 por la suma de tres mil noventa y un pesos ($3.091.-) , a la firma Soluciones Cidicom, por un monto total de seis mil ciento ochenta y dos pesos ($ 6.182.-) IVA incluido

Autorizar el gasto por la adquisición de 32 (treinta y dos) Baterías de 12V/4,5 Ah, de una UPS RT1000 marca APC N/S: NS0813003484 por la suma de tres mil noventa y un pesos ($3.091.-) y 32 (treinta y dos) Baterías de 12V/4,5 Ah, de una UPS RT1000 marca APC N/S: YS0440121557 por la suma de tres mil noventa y un pesos ($3.091.-) , a la firma Soluciones Cidicom, por un monto total de seis mil ciento ochenta y dos pesos ($ 6.182.-) IVA incluido

Buenos Aires, 11 de septiembre de 2009.

 

 

VISTOS:

El expediente OAyF Nº 137/09-0, caratulado “O.A.yF. s/Caja Chica Especial: Cambio de Baterías Internas de Dos UPS” y la Resolución CM Nº 236/2009; y

 

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Nota DIT Nº 374 el señor Director de Informática y Tecnología manifiesta la necesidad de realizar el cambio de las baterías internas de dos (2) UPS’s pertenecientes al Poder Judicial de la Ciudad, conforme surge de fs. 9, señalando que “los equipos mencionados son de imperiosa necesidad para salvaguardar la integridad física del equipamiento instalado en los centros de cómputos del Poder Judicial de esta Ciudad y la información alojada en los servidores correspondientes”.

Que, de acuerdo con lo proveído a fs. 10, en ocasión de las palabras del requirente donde manifestaba la exigencia de respuesta urgente se dispuso encuadrar el presente requerimiento dentro del régimen de excepción aprobado por la Res. CM Nº 236/2009. Consecuentemente, cumpliendo con lo dispuesto en el art. 5º, último párrafo de la citada Resolución, se dio la debida intervención de la Dirección General de Auditoría.

Que según lo dispuesto, a fs. 12/64 se cursaron las invitaciones a cotizar a distintas empresas del rubro, para la adquisición de 32 (treinta y dos) Baterías de 12V/4,5 Ah, de una UPS RT1000 marca APC N/S: NS0813003484 y 32 (treinta y dos) Baterías de 12V/4,5 Ah, de una UPS RT1000 marca APC N/S: YS0440121557.

Que una vez recibidas las respuestas estas fueron agregadas a fs. 65/67. En este sentido cabe hacer mención de los siguientes presupuestos recabados, a saber: la empresa Itea cotizó la provisión de 64 baterías a un costo de u$s 1.382,40 más IVA (21%); mientras que la empresa Buro cotizó por el total de baterías requeridas, la suma de $6.065,28, finalmente la empresa Cidicom provisiona la cotización requerida más la instalación a un precio total de $6.182, IVA incluido.

Que en razón de los mismos, se solicitó la intervención de la Dirección de Informática y Tecnología, a fin de efectuar la asistencia técnica correspondiente respecto de los presupuestos recibidos.

Que en respuesta a lo solicitado, la Dirección de Informática y Tecnología formula las siguientes aclaraciones: “1) Se verificó con el Sr. Gustavo Hilsenrad, District Manager de la empresa APC, que los oferentes ITEA S.A. y BURO de Simón Alejandro Niemand, no son agentes oficiales y centros técnicos de servicios autorizados por la marca APC. 2) Por lo mencionado en el punto 1 en caso de presentar fallas la UPS’s de 10 KVA luego de realizar el cambio correspondiente se perderá la garantía de los equipos en cuestión. 3) El presupuesto presentado por la empresa ITEA S.A., más allá de ser el mayor presupuesto de los recibidos, deja en claro que sólo realiza la provisión de las baterías no realizando la reparación correspondiente ni el montaje en el lugar, ni el conexionado y puesta a punto, quedando todas estas tareas a cargo del Consejo de la Magistratura de la Ciudad quien carece de personal idóneo para realizarlo y deberá contratarse a tal fin el servicio de reparación correspondiente incrementando por demás la propuesta. 4)El presupuesto presentado por la empresa BURO de Simón Alejandro Niemand , no puede ser comparado con los otros atento a que carece de la formalidad correspondiente no indicando en el mismo la validez del presupuesto, plazos de entrega, la inclusión o no de la incidencia del IVA, entre otros. También en este caso por lo que se puede interpretar del presupuesto la empresa realizaría la provisión de las baterías requeridas pero no la reparación, conexionado y puesta a punto de las mismas en las UPS’s y en caso de tener que solicitar tales tareas incrementaría el presupuesto.(...) 5 )El presupuesto presentado por la empresa CIDI.COM cumple con lo solicitado por la Dirección atento a que realiza la reparación de las UPS’s en cuestión tal lo expresado en su presentación. Asimismo, la empresa es Centro Autorizado de Servicios APC y realiza el mantenimiento de todas las UPS’s del Poder Judicial de la Ciudad bajo la contratación que tramitara por Licitación Pública Nº 38/2008 (Expte. DCC 057/08-0). Por todo lo expuesto, esta Dirección de Informática y Tecnología considera que la oferta más conveniente técnicamente es la presentada por la empresa CIDI.COM ”.

Que puesto a resolver, de acuerdo con las ofertas presentadas y luego de la intervención de la Dirección de Informática y Tecnología reseñada, se desprende que conforme las especificaciones técnicas requeridas, la propuesta más conveniente es la presentada por la firma CIDI.COM, sin desmedro de consignar que resulta la variante más económica de las propuestas acompañadas al presente teniendo en consideración que el valor cotizado comprende el costo de los materiales solicitados más la instalación de los mismos.

Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4to, inciso f) de la Ley 1988, por las Res. CM Nº 819/2006 y Res. CM Nº 236/2009;

 

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

 

Artículo 1º: Autorizar el gasto por la adquisición de 32 (treinta y dos) Baterías de 12V/4,5 Ah, de una UPS RT1000 marca APC N/S: NS0813003484 por la suma de tres mil noventa y un pesos ($3.091.-) y 32 (treinta y dos) Baterías de 12V/4,5 Ah, de una UPS RT1000 marca APC N/S: YS0440121557 por la suma de tres mil noventa y un pesos ($3.091.-) , a la firma Soluciones Cidicom, por un monto total de seis mil ciento ochenta y dos pesos ($ 6.182.-) IVA incluido.

 

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de notificar a la Dirección de Informática y Tecnología lo resuelto precedentemente.

 

Artículo 3º: Comunicar lo decidido a la Dirección de Compras y Contrataciones, para que se proceda a su ejecución, delegando en el Sr. Director la firma de la orden de compra pertinente.

 

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable, publíquese en el sitio web del Poder Judicial y cúmplase. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones para su cumplimiento y oportunamente archívese.

 

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