Fondo Rotatorio - Exp. CM Nº OAyF 063/09-0 - Res. O.A y F. RE Nº 011/2009

Autoriza la contratación del seguro para la camioneta Peugeot Boxer del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires.

Autoriza la contratación del seguro para la camioneta Peugeot Boxer del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires.

Autoriza la contratación del seguro para la camioneta Peugeot Boxer del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires.

Buenos Aires, 5de mayo de 2009.

VISTO:

Las Resoluciones CM Nº 473/2008, OAyF Nº 38/2009 y la Nota Nº 396 -DCC CM- 09, por el que se propicia la contratación del seguro obligatorio automotor para la camioneta Peugeot Boxer 330 M, propiedad de ese Consejo; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1/2, luce la Resolución OAyF Nº 38/2009, mediante la cual se aprobará la adquisición de la camioneta del visto.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones mediante Nota Nº 396- DCC CM- 09, anoticia de la necesidad de proceder a la contratación del seguro obligatorio automotor para el rodado en cuestión, el cual será entregado por la firma Peugeot Citroen Argentina SA el próximo día 11 de mayo, remitiendo en ese acto los presupuestos presentados por parte de las firmas: “La Caja de Seguros S.A.”, en cuatro mil quinientos pesos, con 40/100 ($ 4.500,40) y de la firma “La Holando Sudamericana Compañía de Seguros S.A.”, por cuatro mil ciento doce pesos ($ 4.112), en ambos por el período mayo-septiembre de 2009 (confr. fs. 4/5 y 9/10 respectivamente).

Que en consonancia con lo manifestado por la Dirección de Compras y Contrataciones y en merito a la urgencia manifiesta, esta Oficina de Administración General entiende procedente encuadrar la presente contratación dentro de las previsiones del Régimen de Fondo Rotatorio creado por Res. CM Nº 473/08.

Que en este estado las cosas, habiendo tomado intervención las áreas pertinentes y luego del análisis de las ofertas presentadas, se autorizará la contratación de la firma “La Holando Sudamericana Compañía de Seguros S.A.” para la cobertura del seguro que motiva la formación de estas actuaciones, habida cuenta que resulta el importe más económico de las consultadas en el legajo por el plazo semestral propuesto.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988, Res. CM Nº 819/2006 y Res. CM Nº 473/2008;

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Autorizar la contratación con la firma “La Holando Sudamericana Compañía de Seguros S.A.”, para el aseguramiento de rodado Peugeot Boxer 330 M, asignado a la División de Recepción y Custodia de este Consejo, para el período mayo-septiembre de 2009, por la suma total de pesos cuatro mil ciento doce ($ 4.112) IVA incluido.

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que proceda a notificar a la firma La Holando Sudamericana Compañía de Seguros SA lo resuelto por la presente.

Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a fin de proceder con los trámites conducentes conforme lo resuelto por la presente.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese en la Cartelera del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A. y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, pase a la Dirección de Compras y Contrataciones, comuníquese a la firma “La Holando Sudamericana Compañía de Seguros S.A.”, cúmplase, y oportunamente archívese.

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