Licitación Pública Nº 26/2013- Expediente CM Nº DCC 280/13-0- Resolución CAFITIT Nº 95/2013

Buenos Aires, 13 de noviembre de 2013

 

RESOLUCIÓN CAFITIT N°     95      /2013

 

 

VISTO:

 

                                   El Expediente CM. Nº DCC-280/13-0 s/ Obra Edificio Beazley 3860 – 2da. Etapa; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que a fs. 33/34 la Dirección General de Infraestructura y Obras, eleva a la Oficina de Administración y Financiera la documentación técnica para la segunda etapa de la obra de readecuación del edificio de la calle Beazley 3860, conjuntamente con los proyectos de Pliegos de Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas, planos y Planillas, como también la Memoria Descriptiva, para el llamado a Licitación Pública N° 26/2013. Dichos pliegos obran a fs. 36/50 y a fs. 52/115.

  

Que conforme surge de fs. 34 y 134 el presupuesto oficial estimado es de Pesos Once Millones Novecientos Setenta y Nueve Mil Trescientos Noventa y Nueve con 22/100 ($11.979.399,22.-) por lo que entiende viable el llamado por el régimen de Licitación Pública, conforme lo dispuesto en la Ley 13.064.

 

Que la Dirección de Compras y Contrataciones readecuó los pliegos y los adjuntó a fs. 160/187, acompañó el modelo de publicación del llamado a Licitación Pública Nº 26/2013 en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fs. 186), el listado de empresas para invitar a cotizar (fs. 187/211) que fue integrado según los listados provenientes del Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Que la Dirección de Programación y Administración Contable dejó constancia del compromiso asumido e informó que la afectación quedará supeditada a la aprobación de la Ley de Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014 (fs.212/213).

 

Que a fs. 221 la Dirección General de Asuntos Jurídicos  dictaminó que nada obsta a la prosecución del trámite, desde el punto de vista jurídico.

 

Que en tal estado llega el expediente a la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones.

 

Que la obra que se llevará a cabo resulta imprescindible para continuar con la readecuación de la sede de Beazley 3860, cuya etapa 2° implica obras en  un sector del depósito en la Planta Baja y la puesta en funcionamiento de oficinas en Planta Baja y Primer Piso; saneamiento de cubiertas readecuación de fachadas y veredas sobre sus accesos por las calles Colmo y Romero de la CABA, y las tareas necesarias para la instalación de las dependencias del Poder Judicial que se trasladaran a ese edificio. 

 

Que el presupuesto oficial conforme lo estimado por las área interviniente es de Pesos Once Millones Novecientos Setenta y Nueve Mil Trescientos Noventa y Nueve con 22/100 ($11.979.399,22.-) por lo que resulta  viable el llamado por el régimen de Licitación Pública, conforme lo dispuesto en la Ley 13.064.

 

Que en función de la contratación y atento lo establecido a fs. 134, corresponde tomar como referencia para la presente licitación, el Pliego de Condiciones Generales para la Licitación, Contratación y Ejecución de Obras Mayores del Consejo de la Magistratura, aprobado por la Res. CM. Nº 496/2003 y sus modificatorias.

 

Que de acuerdo a lo establecido en el punto 10 de Pliego mencionado, corresponde fijar el precio de venta de los pliegos, en la suma de Pesos Once Mil Novecientos Setenta y Nueve ($11.979.-)

 

Que conforme lo informado por el área contable, se tomó conocimiento del compromiso asumido para el próximo ejercicio, por lo tanto, una vez aprobado el presupuesto mediante la ley correspondiente, deberá procederse con la afectación presupuestaria preventiva. Sin perjuicio de lo expuesto, la presente contratación fue prevista en el proyecto de presupuesto aprobado por el Plenario.

 

Que en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 10 de la Ley 13.064 la presente convocatoria deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de quince (15) días, con veinte  (20) días de anticipación a la fecha de apertura de ofertas, y a los efectos de otorgar mayor publicidad al presente procedimiento, corresponde la publicación en un periódico de difusión masiva nacional por el término de un (1) día, de acuerdo al modelo de publicación que como Anexo III forma parte de la presente resolución. A tales efectos, resulta conveniente disponer que la publicación se realice en el periódico que la Oficina de Administración y Financiera disponga.

 

Que de la misma manera, deberá anunciarse el llamado a contratación en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones ubicada en la Avenida Julio A. Roca 530, 8º piso, Anexo, de ésta Ciudad y en la página de internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar).

 

 

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 31 y su modificatoria, y la Resolución CM Nº 344/2005,

 

 

LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA,

INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y TELECOMUNICACIONES

RESUELVE:

 

 

Artículo 1º: Autorizar el llamado a Licitación Pública Nº 26/2013 para la readecuación del edificio de la calle Beazley 3860 – 2° etapa - , con un presupuesto oficial de Pesos Once Millones Novecientos Setenta y Nueve Mil Trescientos Noventa y Nueve con 22/100 ($11.979.399,22.-) IVA incluido.

 

Artículo 2º: Aprobar el Pliego de Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas de la Licitación Pública Nº 26/2013 que como Anexos I y II integran la presente Resolución.

 

Artículo 3º: Aprobar el modelo de aviso para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el periódico que la Oficina de Administración Financiera disponga, que como Anexo III integran la presente Resolución.

 

Artículo 4º: Establecer el valor para la adquisición de los Pliegos necesarios para presentar la oferta en la Licitación Pública N° 26/2013, en Pesos Once Mil Novecientos Setenta y Nueve ($11.979).

 

Artículo 5º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que proceda a remitir invitaciones a no menos de diez (10) posibles oferentes.

 

Artículo 6º: Establecer el día 6 de febrero de 2014, a las 12:00 horas, como fecha para la apertura pública de ofertas.

 

Artículo 7º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a realizar la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los anuncios en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Consejo de la Magistratura y en la página de Internet del Poder Judicial.

 

Artículo 8º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el periódico en el periódico que la Oficina de Administración y Financiera disponga por el término de quince (15) días y en el periódico que la Oficina de Administración y Financiera disponga por un (1) día, con veinte (20) días de anticipación a la fecha de apertura de ofertas, anúnciese en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones (Avenida Julio A. Roca 530 – 8º piso, Anexo) y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección General de Infraestructura y Obras, a la Dirección de Compras y Contrataciones, a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna, cúmplase y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCIÓN CAFITIT  N°     95    /2013

 

 

 

 

 

 

 

Ricardo Baldomar          Daniel A. Fabregas            Juan Sebastián De Stefano

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO I

Obra Beazley 3860 – 2da Etapa

 PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

INDICE

1.    GENERALIDADES

2.    TERMINOLOGÍA

3.    OBJETO DE LA LICITACIÓN

4.    PRESUPUESTO OFICIAL

5. CONSULTA DEL PLIEGO

6. ADQUISICIÓN DEL PLIEGO

7. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

8. APERTURA DE LAS OFERTAS

9. PLAZO DE EJECUCIÓN

10. CERTIFICADO DE VISITA A LA DEPENDENCIA 
11. CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN
12. CAPACIDAD ECONÓMICO FINANCIERA 
13. MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA
14. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 
15. RÉGIMEN DE LA CONTRATACIÓN Y COTIZACIÓN
16. GARANTÍA DE LA OFERTA 
17. ADELANTO FINANCIERO 
18. AMPLIACIÓN DE INFORMES 
19. INFORME PRELIMINAR SOBRE Nº 1
20. APERTURA DEL SOBRE Nº 2
21. DICTAMEN DE LA COMISIÓN EVALUADORA. ANUNCIO. IMPUGNACIÓN
22. DE LA ADJUDICACIÓN 
23. ORDEN DE EJECUCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA OBRA
24. CUMPLIMIENTO DE REGIMENES LEGALES 
25. TRÁMITES
26. PLAN DE TRABAJO DEFINITIVO 
27. PROFESIONAL RESPONSABLE Y REPRESENTANTE DE OBRA
28. LIBRO DE COMUNICACIONES O DE NOTAS DE PEDIDO
29. LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO
30. LIBRO DE PARTES DIARIOS 
31. OFICINAS DE INSPECCIÓN Y OBRADOR
32. CARTEL DE OBRA 
33. VIGILANCIA DE LA OBRA 
34. ENERGÍA ELÉCTRICA 
35. ALUMBRADO 
36. CERRAMIENTO 
37. PERSONAL- SALARIOS
38. HORARIO DE TRABAJO 
39. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA 
40. REGISTRO FOTOGRÁFICO
41. ASUNCIÓN DEL CASO FORTUITO
42. SANCIONES
43. CERTIFICACIÓN
44. RECEPCIÓN PROVISORIA
45. RECEPCIÓN DEFINITIVA
46. DESOCUPACIÓN DEL INMUEBLE
47. MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE UN EVENTUAL INCENDIO
48. PLAZO DE GARANTÍA
49. INVENTARIO
50. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
 

Planilla de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública

Formulario Nº 1

Formulario Nº 2

Formulario Nº 3

Certificado de Visita

Anexo Seguridad e Higiene

 

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

 
1.  GENERALIDADES 
El presente Pliego de Condiciones Particulares, en adelante PCP, tiene por objeto completar, aclarar y perfeccionar las estipulaciones del Pliego de Condiciones Generales de Instancia Única para la Licitación, Contratación y Ejecución de Obras Mayores del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por la Resolución CM CM Nº 496/03 para la obra de referencia. 
2. TERMINOLOGÍA 
PCG: Pliego de Bases y Condiciones Generales 
PCP: Pliego de Condiciones Particulares 
PET: Pliego de Especificaciones Técnicas 
Comitente / Consejo: El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 
Contratista: El adjudicatario después de que ha firmado la Contrata. 
Inspección de Obra: Representante del Comitente que verifica/aprueba la correcta provisión de materiales y equipos, la ejecución de los trabajos y la prestación de los servicios contratados con el Contratista y ante quien debe dirigirse éste por cualquier tramitación relacionada con las obras.
3. OBJETO DE LA LICITACIÓN 
El presente llamado a Licitación tiene como objeto la readecuación en el Edificio de la calle Beazley 3860 de esta Ciudad, de un sector de depósito en Planta Baja, la readecuación y puesta en funcionamiento de oficinas en Planta Baja y 1º Piso, saneamiento de sus cubiertas y readecuación de fachadas y veredas sobre sus accesos sobre las calles Colmo y Romero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los efectos de llevar adelante las tareas necesarias para la instalación de las dependencias del Poder Judicial que allí serán alojadas y que están definidas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, Planos y Planillas y Memoria Descriptiva que forman parte del presente Pliego Licitatorio.
4. PRESUPUESTO OFICIAL 
El presupuesto oficial de la obra asciende a la suma de $ PESOS ONCE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 22 CENTAVOS ($11.979.399,22).
5. CONSULTA DEL PLIEGO 
Los Pliegos y toda la documentación podrán ser consultados en la Dirección de Compras y Contrataciones, sita en Julio A. Roca 516, Piso 8° Anexo de esta Ciudad, en el horario de 11:00 a 17:00 horas.
6. ADQUISICIÓN DEL PLIEGO 
Sólo se tendrán en cuenta las propuestas presentadas por las firmas oferentes que hayan abonado, en forma previa a la apertura del acto licitatorio, el arancel correspondiente al valor de los pliegos.
Los pliegos y el soporte magnético correspondiente, podrán adquirirse en la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura, sita en Av. Julio A. Roca 516, piso 8º Anexo de esta Ciudad, de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas y hasta el día anterior a la fecha fijada para la apertura de propuestas, previo depósito de la suma de PESOS ONCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE ($ 11.979.-) en la Cuenta Corriente N° 769/8, a nombre del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 53, sita en Avda. Córdoba 675 de esta Ciudad.
El importe recibido por el Consejo por la venta de pliegos, compensa el precio de elaboración e impresión de los mismos, el que no será devuelto a los adquirentes en ningún caso, aún cuando por cualquier causa se dejara sin efecto la licitación o se rechazaran todas las ofertas.
La no adquisición de los pliegos dará lugar al descarte de la oferta.
7. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 
La presentación de las propuestas se realizará en la fecha y hora que se indique en la convocatoria para la Apertura, en sobre cerrado, en la Mesa de Entradas de este Consejo, sita en Av. Julio A. Roca 516, Planta Baja, debiendo estar dirigidas al Departamento de Preadjudicaciones e indicar como referencia la leyenda "Licitación Pública Nº 26/2013, Obra Beazley 3860 - 2ª Etapa,  Expediente CM Nº DCC-280/13-0".
8. APERTURA DE LAS OFERTAS 
La apertura de los sobres será pública y se realizará en la fecha y hora que se indique en la convocatoria para la Apertura, en la sede del Consejo de la Magistratura, Av. Julio A. Roca 516, Piso 8° Anexo de la Ciudad de Buenos Aires, fecha y hora hasta las cuales se recibirán las propuestas, según lo establece el Pliego de Condiciones Generales.
9. PLAZO DE EJECUCIÓN 
Se estipula un plazo de obra de  Trescientos  (300) días corridos, contados a partir de la suscripción del ACTA DE INICIO.  
10. CERTIFICADO DE VISITA A LA DEPENDENCIA 
Es requisito ineludible la visita al inmueble objeto de la presente licitación, previa adquisición y estudio de la documentación que compone el pliego de la licitación.
El Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A. a través de la Dirección General de Infraestructura y Obras, facilitará las visitas hasta CINCO (5) días hábiles antes de la apertura de las ofertas de modo tal que el adjudicatario no podrá alegar su posterior ignorancia o imprevisiones en las condiciones en que ejecutará los trabajos, debiendo cumplir el contrato según lo estipulado en el presente pliego.
Efectuada la visita a obra, la Dirección General de Infraestructura y Obras extenderá el correspondiente certificado de visita. Dicha constancia será la única acreditación válida respecto de la concurrencia al edificio y la consecuente verificación de las condiciones incluidas en los pliegos.
Este certificado deberá acompañarse en la presentación de la oferta, inserto en el sobre exterior (sobre No 1) conforme la cláusula 15.2.16 del PCG.
Los oferentes podrán contactarse con la Dirección General de Infraestructura y Obras, sita en la calle Bolívar 177 , Piso 2º, teléfonos 4014-2867/68 para coordinar la visita de la obra o cualquier otra consulta técnica referente a la misma.
11. CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN
Para presentarse en esta licitación, el proponente deberá acompañar certificado válido acreditando su capacidad de contratación actualizada en Sección Arquitectura y/o Restauración y Refacción de edificios, expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, conforme al Decreto Nº 1724/93 y sus normas reglamentarias, modificatorias y/o complementarias. La capacidad de contratación mínima requerida debe ser igual o mayor que PESOS 13.975.965,76 ( pesos trece millones novecientos setenta y cinco mil novecientos sesenta y cinco con setenta y seis centavos ) importe que resulta al aplicar la fórmula establecida para obras de menos de un año de ejecución, que a continuación se cita: 
CC = (PO/12)x ( 12- PE) +PO
donde PO es el Presupuesto Oficial y PE es el Plazo de Ejecución en meses.
12. CAPACIDAD ECONÓMICO FINANCIERA 
A los efectos de acreditar su capacidad económico financiera, los oferentes deberán presentar la siguiente documentación:
12.1. Estados contables correspondientes al último ejercicio anual, y copia legalizada del Acta de Asamblea de accionistas aprobatoria de dichos estados. Cuando el cierre del último Estado Contable Anual se haya producido CINCO (5) meses o más antes del mes de apertura de las ofertas, se deberá presentar también un Estado Contable cerrado dentro de los TRES (3) meses anteriores a la fecha fijada para la apertura de las ofertas. Se deberá acompañar además, con el correspondiente dictamen de un profesional en Ciencias Económicas y con certificación de firma del correspondiente Consejo Profesional. 
12.2. Informes bancarios y referencias comerciales y/o industriales: El Oferente deberá acompañar por lo menos CINCO (5) notas de entidades financieras y/o comerciales y/o industriales, en las que dichas entidades suministren información del concepto y los antecedentes que les merece el oferente.
12.3. Constancia de inscripción en la AFIP y en la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) y de pago del impuesto a las ganancias, del impuesto al valor agregado y de ingresos brutos del último mes anterior a la fecha de presentación de la oferta.
12.4. Constancia de pago de los aportes previsionales correspondientes a los últimos TRES (3) meses certificada por contador público.
12.5. Certificación del contador público de la facturación de los últimos DOCE (12) meses, cerrados al penúltimo mes anterior al de la apertura de las ofertas. En el caso de Consorcios o U.T.E., se computará la suma de la facturación de cada uno de los integrantes de los mismos.
13. MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA
Los proponentes están obligados a mantener la oferta por el plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días corridos contados a partir del día inmediato siguiente a la fecha de apertura de las ofertas para la Licitación. Sin embargo, el plazo de mantenimiento quedará prorrogado de pleno derecho, por el mismo plazo y sucesivamente hasta el momento de la adjudicación, a menos que los proponentes manifiesten su voluntad en contrario, la cual tendrá efecto a partir de la notificación fehaciente de esa manifestación quince (15) días antes de su vencimiento.
14. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 
La propuesta será presentada conforme los requisitos establecidos en la cláusula 15 del PCG, debiéndose cumplimentar además con relación a los contenidos establecidos en la cláusula 15.2 del PCG los siguientes:
Contenido del Sobre Exterior Nº 1 
14.1. Certificado de capacidad de contratación disponible a la fecha de la oferta.
14.2. Garantía de la oferta
14.3. Constancia de la adquisición del pliego.
14.4. Aceptación del plazo de mantenimiento de la oferta previsto y con las salvedades establecidas en el presente pliego.
14.5. Nómina de  los servicios  que  subcontratará así como la designación de los subcontratistas a cargo de dichos servicios (conf. cláusula 15.2.20 del PCG). 
14.6. Listado de obras realizadas en los últimos CINCO (5) años, indicando volumen edificado, costo de la obra y dirección de la misma. Denominación del comitente, domicilio y teléfono del mismo. Asimismo se deberá indicar si se han realizado obras similares a la de esta licitación (monto, volumen edificado, características).
14.7. Propuesta del Representante Técnico: Antecedentes y conformidad expresa de la aceptación del mismo según cláusulas 15.2.8 y 15.2.13 del PCG. 
14.8. Nómina del personal de obra, indicando categoría de operarios.
14.9. Equipos, maquinarias y herramientas propias disponibles y listado total de las que se utilizarán en esta obra.
14.10. Listado de Oficinas y depósitos utilizados por el oferente.
14.11. Certificado previsto en la cláusula 15.2.21 PCG.
14.12. Declaraciones previstas en la cláusula 15.2.24 PCG, según la categoría que revistieran los oferentes.
14.13 Declaraciones Juradas requeridas en la cláusula 14 del PCG, conforme modelos que se anexan al presente como formularios Nº  1 y 2.
14.14  Datos y antecedentes del responsable de realizar los trámites previstos en la cláusula 38 del PCG (y su conformidad para llevar a cabo dichos trámites).
Contenido del Sobre Interno Nº 2 
14.15. La oferta económica (según modelo de presentación de oferta, incluido en la Resolución CM Nº 496/03 y denominado para esta presentación como Formulario Nº 3).
14.16. Presupuesto y compromiso de la propuesta, en cuyo monto se considerarán incluidos todos los impuestos vigentes, gastos generales, beneficios, cargas sociales, costos financieros, etcétera.
14.17. Planilla de Cómputo y Presupuesto Detallado, consignando el precio unitario y su importe total, que deberá repetir en letras.
  1. El presupuesto desagregado por ítem, indicando volúmenes o cantidades respectivas y precios unitarios, o su incidencia en el precio total, cuando corresponda.
  2. Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en todas sus componentes, incluidas cargas sociales y tributarias.
  3. Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios, de conformidad con lo establecido en el artículo 5°. (CONF. ART. 9 LEY 2809).
La falta de alguno de los elementos señalados precedentemente, implicará la inmediata descalificación de la oferta correspondiente. (CONF. ART. 9 LEY 2809).
14.18. Plan de Trabajos y Curva de Inversión.
14.19. Análisis de precios desagregados
Las Planillas de Análisis de Precios, Plan de Trabajos y Curva de Certificación Mensual formarán parte de la documentación accesoria del Contrato. El análisis de precios deberá ser confeccionado y presentado sólo mediante la Planilla, cuyos datos figuran a continuación:
a)  Materiales
$
b) Equipos
$
c) Jornales
$
d) Cargas Sociales
$
e) Total Mano de Obra (c + d )
$
f) Costo directo ( a + b + e )
$
g) Gastos generales de Empresas e indirectos de obra X% de (f)
$
h) Subtotal (f + g)
$
I) Gastos financieros: Y % de (h)
$
j) Beneficio: 10% de (h + i)
$
k) Costo total trabajo (h + i + j)
$
l) Impuesto: Z% de (k)
$
m)PRECIO UNITARIO DE APLICACIÓN (k + l)
$
REFERENCIAS:
a - Detalle de los materiales que se requieren, con los precios al por mayor al pie de la obra, incluidos los desperdicios normales, en los casos que corresponda.
g - X % de f (costo directo)
i - Y % no podrá ser superior a la tasa básica de interés mensual Banco Nación, para descuentos de certificados, correspondiente a DIEZ (10) días anteriores a la fecha de apertura de las ofertas, para el lapso previsto para el pago según contrato, mas QUINCE (15) días corridos.
l - Z % Se deberá detallar los impuestos que se incluyen.
Análisis de Precios: el esquema de presentación del análisis de precios deberá ajustarse a la estructura contemplada precedentemente; deberá contener el detalle de la mano de obra (rendimiento y costos) y de los materiales (rendimiento y costos) intervinientes referidos a la unidad del ítem respectivo y los porcentajes de incidencia de los restantes elementos que componen el costo total del ítem, incluyendo el costo financiero.
De no presentarse los análisis de los precios que componen los ítems del presupuesto, la oferta no será considerada.
14.20. Plan de certificación acumulada mínimo.
14.21. Detalle de la documentación necesaria para tramitar el aviso o permiso de obra y presentación de los formularios para obtener su aprobación. Queda a cargo del contratista acreditar el curso de la referida  tramitación -en la oportunidad correspondiente-, adjuntando las constancias pertinentes. Idéntico criterio el oferente  adoptará  respecto  la  ejecución y certificación técnica de las instalaciones.
El incumplimiento de cualquiera de los puntos de este inciso, determinará la inadmisibilidad de la oferta.
15. RÉGIMEN DE LA CONTRATACIÓN Y COTIZACIÓN
A los efectos de la determinación del precio, la contratación de los trabajos se hará por el sistema de ajuste alzado.
La construcción, trabajos y/o servicios de industria que se contraten según el presente PCP están sometidos al régimen previsto por la Ley Nº 13.064, sus modificatorias y complementarias. El marco normativo que se aplicará está definido en la cláusula 2 del PCG.
Se define como Moneda de Cotización y Moneda de Pago de la obra, el Peso.
Al ser el sistema de contratación por Ajuste Alzado se considerarán incluidos todos los servicios, ingeniería de detalle, mano de obra, honorarios profesionales, aranceles, materiales, equipos, certificaciones técnicas, mantenimiento y conservación de los  equipos que se deban reacondicionar  y/o  proveer con instalación, para llevar a cabo todos los trabajos y diligencias de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas para el conjunto de las tareas del ítem.
Por consiguiente el precio por un trabajo comprenderá todos los gastos, desembolsos, patentes, pérdidas, utilidades y cualquier otra retribución como contraprestación por la ejecución total de los mismos.
La Obra deberá ejecutarse conforme las Especificaciones Técnicas, los planos y los plazos contractuales, de modo que resulte completa y responda a su fin, siendo a cargo del Contratista la ejecución y/o provisión de todos los trabajos que aunque no estén indicados específicamente, resulten indispensables para que la Obra responda a su fin y sea realizada en el tiempo y la forma previstos.
El oferente será responsable de obtener toda la información necesaria y disponible sobre la existencia de instalaciones o interferencias que puedan afectar el desarrollo de las obras, para lo cual deberá efectuar, con la urgencia y anticipación necesaria, las gestiones y consultas pertinentes. También estarán a su cargo todos los gastos que impliquen las diligencias aludidas.
Por ende, el oferente deberá cotizar la totalidad de los trabajos, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas, considerando que la Obra debe quedar completamente terminada y operativa. No se considerará como adicional, ni se aceptará variación del costo de la Obra por supuestos trabajos imprevistos que sean necesarios para satisfacer el Contrato. Por lo tanto, el Contratista tomará a su cargo los riesgos propios de este tipo de obra.
Modificaciones de Obra: 
De acuerdo con lo previsto por el artículo 30 de la Ley Nº 13.064, las alteraciones del proyecto que produzcan aumentos o reducciones de costos o trabajos contratados serán obligatorias para el contratista, abonándose, en el primer caso, el importe del aumento, sin que tenga derecho en el segundo a reclamar ninguna indemnización por los beneficios que hubiera dejado de percibir por la parte reducida, suprimida o modificada. Si el contratista justificase haber acopiado o contratado materiales o equipos para las obras reducidas o suprimidas, se hará un justiprecio del perjuicio que haya sufrido por dicha causa, el que le será certificado y abonado.
La obligación por parte del contratista de aceptar las modificaciones a que se refiere el presente punto, queda limitada de acuerdo con lo que establece el artículo 53 de la Ley Nº 13.064.
 En los casos que fuera necesario ejecutar trabajos imprevistos, bajo el concepto de adicionales, el Consejo de la Magistratura se reserva la facultad de efectuarlos, ya sea acordando el precio con el contratista sobre la base de los precios unitarios del presente contrato o instrumentando, en caso de no llegar a un acuerdo con el contratista, el o los procedimientos previstos por la normativa vigente para encomendarlos a otro contratista o realizarlo con personal propio.
Cuando se encomienden modificaciones que impliquen aumento del contrato, el contratista deberá ampliar la garantía de adjudicación en un CINCO POR CIENTO (5%) de tal aumento.
El oferente deberá cotizar de acuerdo a la Planilla de Cotizaciones obrante en la documentación.
16. GARANTÍA DE LA OFERTA 
Complementando la Cláusula 17 del PCG, se establece lo siguiente: 
I) La garantía de la oferta también podrá constituirse con una póliza de Caución.
II) En caso de integrar la Garantía de la Oferta en efectivo, la suma deberá ser depositada en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal 53, sita en Avda. Córdoba 675 de esta Ciudad, Cuenta Corriente Nº 769/8, a la orden del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
17. ADELANTO FINANCIERO
El oferente percibirá, al tiempo de comenzar la ejecución de la obra y con la suscripción del Acta de Inicio, hasta un CUARENTA POR CIENTO (40%) del monto de su oferta en concepto de adelanto financiero. La suma que perciba por este concepto se descontará en forma proporcional de cada certificado de avance de obra. El certificado de adelanto no será afectado por las retenciones de Fondo de Reparo. El adjudicatario deberá presentar como garantía un seguro de caución a favor del Consejo de la Magistratura, equivalente a la totalidad del monto que reciba como adelanto.
La tramitación que demande la obtención del adelanto aludido, será de exclusiva responsabilidad del contratista y no dará motivo a dilaciones o atrasos en el comienzo de la obra.
En el caso de que el contratista perciba  adelantos financieros, el porcentaje abonado, en forma proporcional en cada ítem, no estará sujeto a redeterminación de precios a partir de la fecha del efectivo pago del mismo (conf. art. 3 de la Reglamentación de la Ley 2809, aprobada por decreto No. 1312/08).
18. AMPLIACIÓN DE INFORMES 
El personal que determine la Dirección General de Infraestructura y Obras del Consejo de la Magistratura, podrá visitar las oficinas, depósitos, equipos, obras realizadas, etcétera, que los oferentes declaren en su propuesta a efectos de comprobar "in situ" su capacidad técnico - financiera.
19. INFORME PRELIMINAR SOBRE N° 1
En oportunidad de analizar el contenido del SOBRE 1, la Comisión de Preadjudicación podrá requerir a los proponentes información adicional o aclaratoria que no implique la alteración de las propuestas presentadas, ni quebrantamiento del principio de igualdad; también podrá intimar a la subsanación de errores formales, bajo apercibimiento de declarar inadmisible la propuesta, todo ello dentro de los plazos que dicha Comisión fije.
La Comisión de Preadjudicaciones emitirá un informe preliminar en relación con la admisibilidad de la documentación exigida en el SOBRE 1, el que contendrá un examen de los aspectos formales y del cumplimiento de los requisitos exigidos; como así también un informe de las propuestas técnicas presentadas. 
El informe preliminar será notificado en forma fehaciente a todos los oferentes y se anunciará por 3 (tres) días en la cartelera de la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura ubicada en Diagonal Julio A. Roca 516 Piso 8º, de esta Ciudad. Asimismo, se publicará por 1 (un) día en el Boletín Oficial y en la página web del Consejo de la Magistratura www.jusbaires.gov.ar. 
Las impugnaciones al informe preliminar serán conformes a lo establecido en el PCG. La garantía de impugnación en esta etapa de preselección será del uno por ciento (1%) del presupuesto oficial.
La admisibilidad o inadmisibilidad de las propuestas (SOBRE Nº 1) será resuelta por el Consejo de la Magistratura, quien en el mismo acto fijará fecha y hora para la apertura del SOBRE Nº 2. Dicha resolución se notificará a todos los proponentes. Si existieran ofertas inadmisibles se procederá a la devolución del SOBRE Nº 2 cerrado, tal como fuera presentado.
20. APERTURA DEL SOBRE Nº 2
La apertura de los sobres será pública y tendrá lugar en el día y hora determinados. Se procederá a labrar un acta con la presencia de los funcionarios del Consejo y de aquellos que desearan asistir, la que contendrá:
1-    Número de orden que le fuera asignado a cada sobre al momento de la apertura del SOBRE Nº 1.
2-    Verificación de la documentación prevista referida al SOBRE Nº 2.
3-    Confección del cuadro comparativo de precios.
4-    Observaciones que se hicieran a este acto.
Copias del contenido del SOBRE Nº 2 que quedarán a disposición de los oferentes a fin de que tomen vista de ella.
21. DICTAMEN DE LA COMISIÓN EVALUADORA. ANUNCIO. IMPUGNACIÓN
En oportunidad de analizar el contenido del SOBRE Nº 2 la Comisión de Evaluación de Ofertas podrá requerir a los proponentes información adicional o aclaratoria que no implique alteración de las propuestas presentadas ni quebrantamiento al principio de igualdad. También podrá intimar a la subsanación de errores formales, bajo apercibimiento de declarar inadmisible la propuesta, todo ello dentro de los plazos que dicha Comisión anuncie.
La Comisión de Evaluación de las Ofertas emitirá el Dictamen de Preadjudicación, el cual será notificado en forma fehaciente a todos los oferentes y se anunciará por tres (3) días en la cartelera de la Dirección de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura ubicada en Diagonal Julio A. Roca 561 – Piso 8º, de esta Ciudad. Asimismo se publicará por un (1) día en el Boletín Oficial y en la Página web del Consejo de la Magistratura www.jusbaires.gov.ar.
Las impugnaciones al Dictamen de Preadjudicación se harán conforme al PCG. En caso de existir pre-adjudicatario, el porcentaje del depósito a efectuar por el interesado como condición de admisibilidad de la impugnación será del uno por ciento (1%) sobre el monto total preadjudicado por el que se presente impugnación.
La garantía será por tiempo indeterminado e irrevocable y se perderá de pleno derecho y sin necesidad de trámite alguno en caso de que la presentación sea rechazada. En caso que la impugnación prospere en todas sus partes y quede firme y consentida, se devolverá la garantía dentro de los cinco (5) días posteriores a la notificación del acto de adjudicación. 
Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
22. DE LA ADJUDICACIÓN 
Complementando la cláusula 27 del PCG, se establece lo siguiente:
Con antelación al acto de adjudicación, el Consejo  exigirá el Certificado de Capacidad para adjudicación que emite el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, tal como lo prescribe el artículo 26 del Decreto N° 1724/93 y sus modificatorios.
Con posterioridad a la adjudicación se solicitarán al adjudicatario, si así correspondiere, las adecuaciones al Plan de Trabajo, la Planilla de Cómputo y Presupuesto detallado, al Análisis de Precios y al Plan de Certificación Acumulada. El  adjudicatario, previo a la firma  de la contrata, deberá efectuar  los ajustes solicitados por el Consejo adecuando la distribución de inversiones y plazos, sin  alterar el importe y el plazo total para llevar a cabo los trabajos y los presentará a la Inspección de Obra, para su aprobación por la autoridad competente, como Plan de Obra definitivo.
Con relación a la cláusula 30 del PCG: no se aceptará como válida la constitución de Pagaré (30.4), como forma de integración de la garantía de adjudicación para la presente Licitación Pública.
23. ORDEN DE EJECUCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA OBRA
La Cláusula 39 del PCG se complementa con el siguiente texto referido a la organización de la obra:
a) Emitida la ORDEN DE EJECUCION el contratista tiene un plazo máximo de CINCO (5) días, desde la fecha estipulada por el Consejo para la iniciación de los trabajos, para comenzar efectivamente la ejecución de los mismos. Vencido el referido plazo de CINCO (5) días establecido precedentemente, si el Contratista no hubiera iniciado los trabajos -y no hubiera demostrado que la imposibilidad de comenzarlos es ajena a su voluntad y responsabilidad- el CONSEJO podrá resolver el Contrato por culpa del Contratista, quien en dicho caso perderá la garantía de adjudicación y responderá por los daños y perjuicios consiguientes.
Al momento de iniciarse los trabajos se labrará el ACTA DE INICIO correspondiente, que deberá estar firmada por el Director de Infraestructura y Obras, la Inspección de Obra y el Representante Técnico del Contratista. También en dicha oportunidad  se suscribirán los Libros de Ordenes de Servicio y de Comunicaciones (o de Notas de Pedido) y el inventario de los bienes e instalaciones existentes en las Áreas en las que se intervendrá.
El contratista deberá proveer dentro de los QUINCE (15) días corridos de iniciada la obra, las muestras que exijan el pliego y los planos de taller y montaje.
b) Errores de replanteo: El Contratista es responsable del replanteo de las obras en los términos establecidos en la cláusula 48 del PCG, debiendo corregirlo si a juicio del Comitente fuera posible. En caso contrario será demolido y/o retirado de la obra y reconstruido en el momento en que se advierta el error, cualquiera sea el estado de la obra.
c) Documentación en obra: Es obligación del Contratista tener permanentemente en obra y en perfecto estado, un ejemplar completo de la documentación de contrato firmada por el Representante Técnico de la Empresa y el Consejo, al que se irán agregando los complementos que correspondan.
d) Errores en la documentación suministrada por el Comitente: El Contratista deberá advertir los errores u omisiones de la documentación técnica, y tendrá la obligación de señalarlo a la Inspección de Obra, con la antelación necesaria, para que sean corregidos si correspondiera. Si el Contratista no los señalara oportunamente, serán a su cargo los trabajos que fuera necesario ejecutar, para corregir las fallas y esos trabajos no podrán justificar ampliaciones de plazo.
El Contratista será responsable por cualquier tipo de vicio o ruina en la obra o cualquiera de sus partes, causados por error u omisión en planos y demás documentación técnica o cálculos entregados por la Inspección de Obra respecto de los cuales el Contratista no hubiere informado de acuerdo con lo prescripto en el artículo presente.
e) Responsabilidad del Contratista sobre planos conforme a obra: El Contratista será responsable frente al Comitente por cualquier daño, defecto, vicio o ruina que sufra la obra, causado por cualquier error u omisión en la documentación técnica a su cargo o por cualquier desviación u omisión con respecto a la documentación del proyecto.
La responsabilidad del Contratista no cesa ni se atenúa ni se entenderá que se comparte con el Comitente ni con la Inspección de Obra, por el hecho de que esta última haya ejercido su facultad de aprobar, observar o rechazar, ni tampoco porque haya omitido hacerlo.
f) Otorgamiento de permisos y trámites: El Contratista confeccionará toda la documentación requerida por las autoridades y/o empresas prestadoras de servicios públicos, ya sea con carácter previo y/o durante la ejecución de las obras y para su habilitación y conexión de servicios.
Todas las tareas y los trámites que deban realizarse para el cumplimiento de lo mencionado precedentemente serán hechos por el Contratista a su costa y no interrumpirán ni suspenderán los plazos de la obra,  excepto que las demoras no sean imputables al Contratista.
g) Responsabilidad por infracciones a las leyes: El Contratista y su personal deberán cumplir estrictamente las leyes, ordenanzas, reglamentos y disposiciones vigentes en el lugar de ejecución de las obras que puedan afectar de cualquier manera a las personas empleadas en ella, a los equipos o materiales utilizados en su ejecución y a la forma de llevarla a cabo, no pudiendo alegar desconocimiento de las mismas.
Será por cuenta del Contratista el pago de las multas y el resarcimiento de los daños y perjuicios si él, sus subcontratistas y/o proveedores así como el personal de ellos dependientes, cometieran cualquier infracción a dichas disposiciones, ordenanzas o reglamentos.
h) Responsabilidad como Constructor: El Contratista asumirá el carácter de constructor de la obra, con todas las obligaciones, responsabilidades y derechos que tal condición implica. El Contratista será responsable ante el Comitente y los terceros por la correcta realización de la obra en un todo de acuerdo con la documentación contractual. El Contratista asume la total responsabilidad por la ejecución de la Obra, no pudiendo excusar sus defectos o incumplimientos ni entenderse que su responsabilidad es compartida, por el hecho que la Inspección de Obra haya aprobado u observado y/o dado instrucciones respecto de la documentación técnica o los trabajos. El Contratista mantendrá indemne e indemnizará plenamente al Comitente y a la Inspección de Obra por los reclamos, demandas y daños y perjuicios que estos últimos sufrieron por razón de o con motivo de la realización de la obra por el Contratista, sus empleados, proveedores o Subcontratistas. 
i) Letreros: No se podrá colocar en la obra ningún letrero ni publicidad sin la previa conformidad de la Inspección de Obra. Respecto al letrero especificado en el PET, la Inspección de Obras decidirá sobre su texto, ubicación y diseño, que se ajustarán a las restantes especificaciones del PET.
j) Limpieza: Conforme a la cláusula 64 del PCG, al tiempo de la terminación de la obra, ésta deberá entregarse perfectamente limpia en todas sus partes, sin excepciones, comprendiendo revestimientos, vidrios, artefactos, equipos, broncerías, pisos y toda otra parte componente de las obras. La limpieza final se ejecutará para cada parte componente con los elementos y medios idóneos según sea el caso.
k) Vigilancia de la obra: Según lo establecido por el artículo 60 del PCG.
24. CUMPLIMIENTO DE REGIMENES LEGALES 
Teniendo en cuenta las cláusulas 72 y 75 del PCG el contratista deberá presentar ante la Inspección de Obras, con CUARENTA Y OCHO (48) horas de antelación al inicio de las obras, constancias originales que acrediten el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a) Memoria descriptiva de las tareas que se realizarán.
b) Presentación del Programa de Seguridad e Higiene que se implementará (Plan de Contingencia) según los trabajos que deban realizarse, aprobado por la ART que corresponda y conforme el Decreto 911/96, Res. SRT 231/96 - 51/97.
c) Nombre y matrícula del responsable de seguridad de la empresa adjudicataria.
d) Contrato de cobertura con la ART vigente, con cláusula de "NO" repetición que accione a favor del Consejo de la Magistratura. 
e) Presentación del listado de personal que intervenga en la obra, con certificado de cobertura del personal emitido por la ART, identificando la obra para el cual fue emitido.
f) Constancias de capacitación del personal y registro de entrega de elementos de protección personal para los trabajadores afectados a la obra.
g) Presentación del aviso de inicio de obra correspondiente.
h) Presentación y rúbrica de la ART correspondiente con fecha actualizada.
i) El subcontratista que intervenga en la obra deberá cumplimentar en tiempo y forma estipulados la documentación indicada en los ítems a, b y e de la presente cláusula.
25. TRÁMITES
A los fines de cumplir con lo indicado en la cláusula 38 del PCG el contratista deberá efectuar los trámites necesarios para solicitar el correspondiente "aviso de obra o permiso de obra, según correspondiere" y todo otro que imponga la normativa vigente. Dichas diligencias  las  iniciará  al  suscribir  la contrata.
26. PLAN DE TRABAJO DEFINITIVO 
Si  el Consejo  solicitara ajustes al Plan de Trabajo y Curva de inversión, con  anterioridad  a la firma de la contrata, el Inspector de obra actuará conforme lo señalado en el último párrafo de la cláusula  22 del presente pliego. 
En el caso de que el Consejo no optara por ejercer la facultad que se reserva en la cláusula que se cita precedentemente y  el  Inspector de obra observara el plan de trabajo y la curva de inversión presentados, el Contratista deberá proceder al ajuste de los mismos dentro de los DOS (2) días subsiguientes de producida dicha observación.
27. PROFESIONAL RESPONSABLE Y REPRESENTANTE DE OBRA
A fin de complementar lo indicado en la cláusula 41 PCG, el Contratista deberá tener en la obra un Responsable directo, Técnico o Profesional, capaz de dirigir los trabajos y de realizar el correcto seguimiento de éstos.
Este será el responsable del cumplimiento de los términos que establezca la documentación contractual, de la perfecta ejecución de los trabajos en lo que al Contratista se refiere. Será, además, el encargado de suministrar todos los datos que estén establecidos en los pliegos de la contratación y todos aquellos que le sean requeridos para la mejor marcha de las tareas.
Deberá concurrir a diario al lugar en que se realice la obra así como a todos los actos de replanteo y mediciones para la certificación, los cuales se considerarán implícitamente aceptados por el Contratista si el Profesional Responsable no concurriese.
Las citaciones al Profesional Responsable se harán con UN (1) día hábil de anticipación, mediante Orden de Servicio. La negligencia demostrada en la ejecución de los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones pertinentes, o la incomparencia reiterada a las citaciones que se le formulen, podrá dar lugar a que se solicite al contratista la remoción del Profesional Responsable.
En caso de producirse la remoción del Profesional Responsable, por decisión del Contratista o a solicitud del Consejo, el Contratista deberá proponer su reemplazante dentro del plazo de DOS (2) días corridos de producida la vacante. La Inspección de Obra podrá aceptar o rechazar al Profesional propuesto. En tal caso, el Contratista, deberá proponer otro.
El Contratista tendrá en forma permanente en obra un representante cuyas funciones, facultades y obligaciones serán las que determina el PCG. Toda justificación de inasistencia del Representante o del Contratista en la Obra deberá hacerse por escrito ante la Inspección de Obra, la que podrá aceptar o rechazar las causales, mediante su asiento en el Libro de Ordenes de Servicio. En ausencia de aquél, quedará siempre en obra un técnico capacitado para reemplazarlo en las funciones que le competen, de su mismo nivel, en forma de que no resienta la marcha en la obra. En ningún caso dicho sustituto podrá observar órdenes impartidas por la Inspección, todo lo cual será exclusivo del Contratista o de su Representante en Obra.
Toda ausencia del Contratista o su Representante que no obedezca a razones justificadas a juicio de la Inspección dará motivo a la aplicación de una multa igual al incumplimiento de una Orden de Servicio.
28. LIBRO DE COMUNICACIONES O DE NOTAS DE PEDIDO
El contratista proveerá un libro foliado por hojas por triplicado a los efectos indicados en la Cláusula 42 del PCG.
29. LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO 
La cláusula 43 del PCG se complementa con lo que se detalla a continuación. El Libro de Ordenes de Servicio tendrá hojas numeradas por triplicado. En este libro se redactarán las Órdenes de Servicio impartidas por la Inspección de Obra, que serán firmadas por el Inspector de Obra y por el Profesional Responsable de la Empresa como constancia de haber tomado conocimiento. También se anotarán en el Libro, los resultados de los ensayos de materiales que se efectúen, como toda otra novedad que se registre durante la marcha de las obras.
30. LIBRO DE PARTES DIARIOS 
El Contratista anotará en el Libro de Partes Diarios, los trabajos realizados en forma diaria, el detalle de todo el personal afectado a las tareas, ubicación de los trabajos, estado del tiempo, etcétera y toda otra novedad que no deba ser indicada expresamente en los libros restantes. El libro deberá tener hojas numeradas por triplicado.
31. OFICINAS DE INSPECCIÓN Y OBRADOR 
Complementando lo estipulado en la cláusula 45 del PCG el contratista dispondrá en el edificio de una oficina para uso exclusivo de la Inspección de obra, la que deberá ser equipada con los siguientes elementos:
1.-  UN (1) escritorio con CUATRO (4) cajones y sus respectivas cerraduras.
2.-  UN (1) plano de trabajo, mesa o tapa y caballete de un mínimo de 2,5 m por 1 m.
3.- UNA (1) mesa para computadora.
4.- UN (1) sillón giratorio con apoyabrazos y base de CINCO (5) ruedas.
5.- CUATRO (4) sillas con base de CINCO (5) ruedas, ídem modelo sillón.
6.- UN (1) armario de buena capacidad, con DOS (2) puertas corredizas, con cerradura, alto 0,90 m, largo mínimo 1,40 m., revestido en laminado plástico, misma línea que el escritorio.
7.- Vajilla mínima y accesorios para CUATRO (4) personas para café, vasos, cafetera eléctrica, jarra térmica, etcétera.
8.- UNA (1) dispensadora de agua fría y caliente y la provisión de bidones.

9.- UN (1)  equipo informático provisto de: Procesador Intel Core i7 o equivalente AMD; motherboard de última generación que permita usar todas las características del procesador ofertado; memoria RAM de al menos 8 GB; disco rígido de 1 TB SATA III 7200RPM como mínimo; adaptador de pantalla de video de 1280 x 1024 con color verdadero, de 512 de memoria, Píxel Shader 3.0 o superior, tarjeta gráfica compatible con estación de trabajo Direct3D; regrabadora de DVD como mínimo; 4 puertos USB traseros y 2 frontales; Teclado idioma español y Mouse óptico (no inalámbrico); Pantalla LCD O LED de 22” wide como mínimo. Deberá entregarse con el siguiente software original instalado y configurado: S.O. Microsoft Windows 7 de 64 bits o superior, suite completa de Microsoft Office en su última edición y Autodesk Autocad 2012 como mínimo. Asimismo, deberá proveer: un dispositivo de almacenamiento portátil (pen drive) de 64 GB como mínimo; conexión a Internet de al menos 3 Mbps por el plazo que demande la obra.

10.- UNA (1) impresora color multifunción A3.
11. -Herramientas que deben proveerse de manera permanente:
11.1.- Pinza amperimétrica Fluke 335 o superior calidad, para mediciones de corriente de “verdadero valor eficaz” . Seguridad 600v CAT III.
11.2.- Termómetro Multiuso por infrarrojos y de contacto, en una sola pieza rango de -40 a 550 ºC  Fluke 561 o superior calidad.
11.3.-  UN (1) calibre digital 0-300 mm. Mitutoyo o superior calidad.
11.4.- UN (1) medidor de distancia láser, rango de medición 0,05 a 50 mts., exactitud de medición +/- 1.5 mm.
11.5.- Una (1) Cámara fotográfica de 12 Megapíxeles, con zoom óptico de 18x y 4 Gb de memoria.
12. UN (2) equipos de comunicaciones del tipo Nextel - Línea / Radio sin límites, con un plan de cuatrocientos (400) minutos de llamadas libres mensuales para cada equipo, desde el inicio de las obras y hasta DOS (2) meses después de la Recepción Provisoria.
La oficina junto con el mobiliario deberá estar instalada en la primera semana de obra. Todos los elementos deberán encontrarse en perfecto estado de conservación y funcionamiento. En caso de incumplimiento será pasible de las multas que se establezcan en el presente pliego.
En caso de que el Contratista necesitara, por razones de las tareas de obra, reubicar esta oficina en algún otro sector del edificio, deberá, previa consulta con la Inspección de Obra, encargarse del traslado y reinstalación correspondientes.
Asimismo el Contratista podrá utilizar inicialmente, si así lo requiere, algunas de las dependencias de la planta baja que cuentan con servicios sanitarios, para ubicar su obrador, vestuario de personal y depósito de materiales y herramientas, todo ello previa aprobación fehaciente de la Inspección de Obra.
Todo el equipamiento y las instalaciones provistas por el Contratista, enumeradas en este inciso, (salvo lo indicado en el ítem 31.11), se reconocen como de su propiedad y le serán devueltas una vez finalizadas la totalidad de las obras objeto de la presente contratación.
32. CARTEL DE OBRA 
Complementado lo indicado en la Cláusula 58 del PCG y en la Cláusula 23 inciso i del presente Pliego, se ejecutará un Cartel de Obra, que se instalará conforme las reglamentaciones vigentes.
33. VIGILANCIA DE LA OBRA 
Conforme lo indicado en la Cláusula 60 del PCG, el contratista deberá mantener vigilancia  en todos los sectores del edificio afectados a la obra a su cargo. Antes de disponerse el inicio de la obra, el contratista coordinará el horario y la autorización de ingreso del personal con el Consejo.
34. ENERGÍA ELÉCTRICA 
Conforme lo indicado en la Cláusula 61 del PCG, las instalaciones y conexiones que deban ejecutarse para obtener el servicio de energía eléctrica para la Obra estarán a cargo del contratista.
En tal sentido el Contratista deberá proveer y colocar entre el tablero de obra y la acometida eléctrica un medidor, el cual reflejará el consumo generado por la obra durante su ejecución. Este valor en Kw. será abonado por el Contratista, en parte proporcional, de acuerdo al monto de la Factura de Edesur/Edenor  para cada período.
35. ALUMBRADO 
Conforme lo indicado en la Cláusula 62 del PCG, el consumo de energía eléctrica de esta instalación será a cargo del contratista y el cálculo de su costo se efectuará de acuerdo con lo establecido en la cláusula 34 del presente PCP. 
36. CERRAMIENTO 
Deberá ser realizado conforme lo indicado en la Cláusula 63 del PCG.
37. PERSONAL - SALARIOS
El Contratista deberá abonar en término los salarios de todo el personal que emplee, en forma directa o indirecta, para la ejecución de la obra y dará estricto cumplimiento a las disposiciones sobre la legislación del trabajo vigente y a lo normado en la Cláusula 72 del PCG.
El Contratista será el único responsable ante el Consejo por el pago del personal que hubiese trabajado para la ejecución de la obra, sin excepción alguna. Además, responderá por los daños y perjuicios en los casos de posibles reclamos judiciales o extrajudiciales que el incumplimiento de lo anterior ocasionase al Consejo.
El Contratista será el responsable de cualquier accidente que ocurra al personal que emplee para la obra, correspondiéndole en consecuencia el cumplimiento de las obligaciones que establece la legislación pertinente.
38. HORARIO DE TRABAJO 
En el Acta de Iniciación de los trabajos se dejará constancia del horario en que el Contratista desarrollará sus tareas, conforme lo establecido en el PET. Si deseare modificar el horario establecido, deberá solicitarlo por intermedio del Libro de Ordenes de Servicio, exponiendo las razones y demás argumentos que crea conveniente.
39. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA 
Complementando lo indicado en la cláusula 76 del PCG el Contratista deberá contratar además por su cuenta y cargo los seguros que se establecen a continuación:
39.1. Laborales: Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal con relación de dependencia propia y asignado por esta Dirección General (dotación de 5 agentes), de acuerdo a lo estipulado en las cláusulas 72, 75 y 76 del PCG. 
39.2. Responsabilidad Civil: Por daños a terceros y sus pertenencias, por hechos ocurridos como consecuencia de la ejecución de los trabajos contratados, no inferior a PESOS 1.000.000,00 (Un Millón)
39.3. Robo y Hurto: Debe comprender la totalidad de las instalaciones y los elementos en el edificio en el que se ejecutará la obra objeto de esta Licitación por un monto mínimo de PESOS 400.000,00 (Cuatrocientos mil)
39.4. Seguro de Obra: Antes de iniciar la ejecución del contrato, el Contratista deberá asegurar la Obra y todos los trabajos, materiales y equipos destinados a ser incorporados a la misma con motivo de la ejecución del contrato. Este seguro deberá cubrir toda pérdida o daño total o parcial de edificios, instalaciones, equipamientos y elementos afectados al servicio, etcétera, y en forma tal que el Consejo quede cubierto durante el período de construcción de la Obra y durante el Período de Garantía hasta la Recepción Provisoria de la Obra. El Seguro de Obra deberá ser contratado por el Contratista en forma tal que permita ampliaciones a partir del momento en que el Consejo lo disponga y por el período, ítem y valores deducibles.
39.5. Los seguros establecerán específicamente que la cobertura otorgada permanecerá vigente durante todo el período de construcción y, en el caso de los seguros de Puntos 39.2 y 39.4 también durante el Período de Garantía, establecidos en las pólizas o subsecuentemente endosados a las mismas, con respecto a cualquiera de los riesgos por ellas cubiertos.
En lo que se refiere a los bienes asegurados por dichos seguros, la cobertura debe comenzar en el momento de la llegada de dichos bienes al área de la Obra o al comenzar cualquier trabajo relacionado con la misma, excluyendo pérdidas o daños que ocurran con anterioridad a la fecha de comienzo de la vigencia del seguro o de la ampliación pactada para cubrir determinados bienes.
En caso de que el monto de los seguros contratados no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el Contratista. De igual manera, en caso de insolvencia o quiebra de la aseguradora, el Contratista deberá afrontar por su exclusiva cuenta y cargo todos los daños en cuestión, debiendo dejar liberado al Consejo de cualquier responsabilidad al respecto.
Si el Contratista dejase de contratar y mantener en vigor los seguros especificados en este PCP, el Consejo podrá en tales casos -al margen de cualquier otro derecho o recurso que pudiera ejercer- contratar y mantener en vigor dichos seguros y pagar las primas necesarias que fueran debitadas por el Contratista. El Consejo deducirá las primas así desembolsadas del primer certificado presentado por el Contratista.
Las pólizas deberán establecer expresamente que los aseguradores no podrán suspender la cobertura en razón de premios no pagados por el Contratista, sin dar preavisos por escrito al Consejo de su intención de suspender la cobertura, con al menos QUINCE (15) días de anticipación.
Dado que estos seguros cubren riesgos o responsabilidades respecto a los cuales el Contratista es responsable de acuerdo con estos documentos contractuales, será obligación del Contratista notificar a los aseguradores sobre cualquier cuestión o evento que requiera dicha notificación de acuerdo con las cláusulas aplicables de las pólizas correspondientes. El Contratista será responsable por todas las pérdidas, reclamaciones, demandas, acciones judiciales, costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento de dichos requerimientos.
Correrán por cuenta del Contratista los intereses y costos por pago fuera de término y las consecuencias económicas y contractuales por la no-vigencia de las Pólizas de Seguro.
El Consejo podrá suspender los trabajos por falta de cobertura, no siendo ello causa de prórroga del programa de trabajo.
En caso de que el plazo real de ejecución del contrato supere el plazo contractual original más las eventuales ampliaciones de plazo concedidas por el Consejo, los costos de los seguros por todo dicho tiempo excedente serán de exclusiva cuenta y cargo del Contratista.
Los seguros serán contratados por el término del plazo de obra y sus prórrogas, con una aseguradora a satisfacción del Consejo, e incluirá a éste como beneficiario de los mismos y considerándolo como tercero afectado en los apartados 2, 3 y 4 de la presente cláusula.
40. REGISTRO FOTOGRÁFICO
El Contratista deberá llevar en obra un registro fotográfico de todas las secuencias de los trabajos, que a juicio de la Inspección de Obra resulten significativos. Para tal fin se buscarán en las obras los lugares de toma fotográfica que mejor demuestren el tenor de la intervención y serán los mismos para repetir las secuencias de avance en un todo de acuerdo con lo que requiera la inspección de obra.
41. ASUNCIÓN DEL CASO FORTUITO
El Contratista asume los riegos y eventuales daños que pudieren derivar de la existencia de un caso fortuito o de fuerza mayor conforme al Artículo 513 del Código Civil. En consecuencia, deberá afrontar frente al Consejo la indemnización pertinente.
42. SANCIONES
El Consejo a través de la Inspección de Obra, podrá imponer al Contratista y/o Profesional Responsable y/o su Representante en Obra, en caso de incumplimiento de las condiciones contractuales, las siguientes penalidades:
42.1. Al Contratista:
42.1.1. Multas,
42.1.2. Descuentos por trabajos mal ejecutados,
42.1.3. Reconstrucción de las obras,
42.1.4. Solicitud de suspensión al Registro Nacional de Obras Públicas,
42.2. Al Profesional Responsable y/o Representante en Obra:
42.2.1. Llamado de atención,
42.2.2. Apercibimiento,
42.2.3. Suspensión,
42.2.4. Sustitución.
42.3. PENALIDADES: Las penalidades serán aplicables en los siguientes casos: 
42.3.1. Al Contratista: 
42.3.1.1. Multa: Cuando el Contratista no cumpliera con el Plan de Trabajo aprobado por la Inspección de Obra, o por mora en el cumplimiento de una Orden de Servicio o de Trabajo.
42.3.1.2. Descuentos por trabajos mal ejecutados: En los casos en que se compruebe la deficiencia en cualquier lugar de la obra de los materiales exigidos, resistencia, espesores o calidades. Este descuento es de carácter penal y no será necesariamente proporcional al valor económico del material o elemento ausente sino al de la disminución de la calidad de resistencia o durabilidad que ese hecho sea susceptible de producir. Su aplicación estará regulada por lo que establezcan las respectivas especificaciones técnicas y sus complementarias.
42.3.1.3. Reconstrucción de las Obras: 
42.3.1.3.1. Cuando se compruebe fehacientemente que el Contratista ha realizado actos dolosos con el objeto de beneficiarse ilícitamente, como por ejemplo: empleo de materiales prohibidos, elaboración de mezclas sin debidas proporciones, empleo de materiales que no cumplan con lo especificado, etcétera.
42.3.1.3.2. Cuando las instalaciones ejecutadas no respondan a las condiciones establecidas en las correspondientes especificaciones técnicas.
42.3.1.4. Solicitud de suspensión al Registro Nacional de Obras Públicas:
42.3.1.4.1. En caso de resolución del contrato por culpa del Contratista.
42.3.1.4.2. Cuando cualquier obra constituida adolezca de defectos o vicios imputables al mismo y el Contratista no se allane a cumplir las resoluciones del Consejo.
42.3.1.4.3. Cuando reiteradamente viole las estipulaciones del contrato.
42.3.1.4.4. Cuando carezca de aptitudes técnicas para la ejecución de los trabajos encomendados.
42.3.2. Al Representante en Obra y/o Profesional Responsable 
42.3.2.1. Llamado de atención: 
42.3.2.1.1. Por no concurrir a citación debidamente efectuada.
42.3.2.1.2. Por desobediencia en ejecutar trabajos no autorizados sujetos a inspección.
42.3.2.2. Apercibimiento: 
42.3.2.2.1. Cuando se produzca un segundo motivo para llamado de atención se aplicará apercibimiento. 
42.3.2.3. Suspensión: 
42.3.2.3.1. Al cumplirse dos apercibimientos corresponderá suspensión automática de UN (1) mes.
42.3.2.3.2. La reiteración de estos hechos que puedan comprometer la calidad de las obras contratadas, corresponderá una suspensión por SEIS (6) meses.
42.3.2.4. Sustitución:
42.3.2.4.1. Cuando por reiteración de hechos punibles se haga pasible de nueva suspensión, habiendo sido antes suspendido DOS (2) veces.
42.3.2.4.2. Por faltas graves o comprobación de dolo.
42.4. MULTAS 
42.4.1. Incumplimiento de plazos de obra. 
Si las obras contratadas no se terminaran dentro del plazo estipulado en el pliego por causas no justificadas a juicio de la Dirección de Obra, la Contratista se hará pasible de una multa diaria que será del UNO COMA VEINTICINCO POR MIL (1,25 /1000) del monto de contrato.
42.4.2. Incumplimiento de Órdenes de Servicio 
Toda orden de servicio, emitida por la Inspección, deberá ser firmada por el Contratista o su representante técnico en obra. En caso que el contratista no cumpla con dicha orden dentro del plazo estipulado para su ejecución, se reiterará la misma. Dicha reiteración implicara la aplicación de una multa del UNO COMA VEINTICINCO POR MIL (1,25 /1000) del monto del contrato. En caso de observar la orden y firmar en disconformidad podrá presentar su descargo dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas. Esta será evaluada por la Inspección de Obra y en última instancia por la Dirección de Infraestructura de la Dirección General de Infraestructura y Obras.
El monto de las multas surgirá de la suma de las multas aplicadas por atraso de obra o por incumplimiento de órdenes de servicio, dentro de los límites estipulados en la Cláusula 78 del PCG.
43. CERTIFICACIÓN
La certificación se hará de acuerdo a lo estipulado en la cláusula 89 del PCG. La medición estará a cargo de la Inspección de Obra y del Contratista. El Contratista preparará, de acuerdo a sus resultados, el certificado mensual de avance de obra, según el formulario aprobado por la Inspección de Obra, en el que se liquidarán los trabajos de acuerdo al Cómputo y Presupuestos aprobados.
Cada certificado de avance de obra deberá ser acumulativo, es decir, que comprenderá la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha de la última medición, y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado anterior. Aún en caso de disconformidad del Contratista con el resultado de las mediciones, el certificado se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiera, la rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo.
Los certificados constituirán en todos los casos, documentos provisionales para el pago a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la medición y liquidación final y ésta sea aprobada por la autoridad competente del Consejo, al momento de la Recepción Definitiva.
La primera Medición de Obra y el primer Certificado de Obra corresponderán al último día del mes en que se haya firmado el Acta de Inicio de Obra.
El Contratista deberá elevar a la Dirección de Obras y Mantenimiento de la Dirección General de Infraestructura y Obras del Consejo de la Magistratura, dentro de los CINCO (5) días siguientes al último día del período mensual al que correspondan los trabajos -que previamente habrán sido objeto de medición-, el certificado por él confeccionado.
El pago de los certificados y descuentos de fondos de reparo se harán de conformidad con lo indicado en la cláusula 88 del PCG.
44. RECEPCIÓN PROVISORIA
Cuando se encuentren concluidos todos los trabajos se labrará el ACTA DE RECEPCION PROVISORIA. Esta acta será suscripta por los señores titulares de la Dirección de Infraestructura de la Dirección General de Infraestructura y Obras (conf. art. 27.10 de la Estructura aprobada por la Resolución CM No. 589/2012), la Inspección y el contratista o su Representante Técnico. Estos últimos serán notificados por orden de servicio o invitados a tal fin por escrito y mediante cualquier medio hábil, con antelación de TRES (3) días y si, a pesar de ello, estuviesen ausentes o se negasen a suscribir el acta, la Inspección la formulará igualmente con el concurso de autoridades locales o testigos requeridos al efecto, dejando constancia de la ausencia o negativa del contratista o sus representantes. Cumplido el plazo de garantía previsto en el PCP se realizará el Acta de Recepción Definitiva.
Documentación para la recepción provisional:
Cuando los trabajos han sido terminados el Contratista presentará una nota a la Inspección de Obra indicando:
1. Que los Documentos del Contrato han sido revisados.
2. Que los trabajos han sido inspeccionados siguiendo los Documentos del Contrato.
3. Que los trabajos han sido ejecutados de acuerdo con los Documentos del Contrato.
4. Que los trabajos se encuentran terminados y listos para la verificación final.
Además deberá hacer entregar de la documentación conforme a obra de instalaciones, arquitectura y estructura, asimismo las habilitaciones correspondientes de todas las instalaciones intervinientes de la obra, de corresponder. El Contratista confeccionará un manual de uso y mantenimiento de la totalidad de las instalaciones involucradas en el que se detallarán:
A - Marcas, modelos y características técnicas de los elementos y equipos de la instalación.
B - Modo de funcionamiento, mantenimiento preventivo y demás datos que faciliten las tareas de reparaciones, cambios y garanticen el correcto funcionamiento.
Si la Inspección de Obra considera que los trabajos están incompletos o defectuosos procederá a notificar al contratista por escrito la lista de trabajos que se consideran incompletos o defectuosos.
El contratista iniciará acciones inmediatas para subsanar o corregir las observaciones efectuadas y remitirá una segunda nota a la Inspección de Obra indicando que los trabajos han concluido.
La Inspección de Obra verificará que se encuentran cumplidas las observaciones de la Recepción Provisoria.
El contratista será responsable por las verificaciones adicionales que resulten necesarias.
Las Actas que se formalicen por Recepciones Provisionales de obras que se encuentren terminadas de acuerdo al contrato, serán suscriptas por la Dirección de Infraestructura de la Dirección General de Infraestructura y Obras.
45. RECEPCIÓN DEFINITIVA.
Complementando la Cláusula 88 del PCG, se establece lo siguiente:
Dentro de los QUINCE (15) días previos a la expedición del Acta de Recepción Definitiva, el contratista entregará a la Inspección de Obra un Documento de Solicitud de Recepción Definitiva donde consten los prerrequisitos para la Recepción Definitiva de los trabajos.
Cuando los trabajos correctivos han sido terminados, el Contratista presentará una nota a la Inspección de Obra indicando:
1. Que los Documentos del Contrato han sido revisados.
2. Que los trabajos han sido inspeccionados siguiendo los Documentos del Contrato.
3. Que los trabajos han sido ejecutados de acuerdo con los Documentos del Contrato.
4. Que los trabajos se encuentran terminados.
5. Que toda la documentación requerida ha sido entregada.
Además deberá hacer entrega de la constancia de certificado final de obra expedido por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en caso de corresponder.
La Inspección de Obra procederá a realizar la verificación del estado de las obras con diligencia luego de recibida la nota y dentro del plazo de DIEZ (10) días.
Si la Inspección de Obra considera que los trabajos indicados en las observaciones de la Recepción Provisoria están incompletos o defectuosos procederá a notificar al contratista por escrito la lista de trabajos que se consideran incompletos o defectuosos.
El contratista iniciará acciones inmediatas para subsanar o corregir las observaciones efectuadas y remitirá una segunda nota a la Inspección de Obra indicando que los trabajos han concluido.
La Inspección de Obra verificará que los trabajos se encuentran aptos para la Recepción Definitiva.
El contratista será responsable por las verificaciones adicionales que resulten necesarias.
Al mismo tiempo, el contratista presentará para su aprobación los Certificados de Liquidación Final de las Obras, lo cual será condición previa para la devolución de los Depósitos de Garantía.
El Acta de Recepción Definitiva será suscripta por el Director de Infraestructura y el Director General de Infraestructura y Obras del Consejo de la Magistratura.
46. DESOCUPACIÓN DEL INMUEBLE
Cuando se suscitaren divergencias de cualquier índole que, a juicio del Comitente, impidiesen la continuación de la obra, aunque no se haya producido la rescisión del contrato, el Comitente podrá intimar la desocupación de los sectores del inmueble ocupados por el Contratista, bajo apercibimiento de tomar posesión inmediata de la obra en el estado en que se encuentre, a cuyo efecto se hará inventario y avalúo de los trabajos, materiales y equipos.
47. MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE UN EVENTUAL INCENDIO
El Contratista deberá extremar las medidas de precaución para evitar incendio en las obras durante el período de ejecución, debiendo a tal fin disponer de los elementos apropiados, según la naturaleza de las obras o trabajos.
Será responsabilidad del Contratista y por su exclusiva cuenta tanto los perjuicios ocasionados a la obra, como los que pudieran ocasionarse al Consejo o a terceros en caso de incendio.
48. PLAZO DE GARANTÍA
Complementando la cláusula 87 del PCG, se establece un plazo de garantía de DOCE (12) meses.
49. INVENTARIO
En caso que se produjera la rescisión prevista según la cláusula 79 del PCG, se realizará el correspondiente avalúo e inventario.
50. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
Es de aplicación al presente proceso licitatorio la Ley 2809 y su Reglamentación, aprobada por el Decreto No. 1312/08. y sus modificatorias, y la Resolución 4271/GCABA/08.
En el caso de que el contratista perciba  adelantos financieros, el porcentaje abonado, en forma proporcional en cada ítem, no estará sujeto a redeterminación de precios a partir de la fecha del efectivo pago del mismo (conf. art. 3 de la Reglamentación de la Ley 2809, aprobada por decreto No. 1312/08). 
De acuerdo con lo determinado por el artículo 9 de la Ley 2809  y  8 del  Decreto Nº  1312/008 que reglamenta referida Ley, los oferentes deberán presentar, de acuerdo con la estructura presupuestaria y metodología de análisis de precios establecidos en la cláusula  14.17  del presente pliego.
 A tal efecto y según lo determinado por el artículo 7 de la citada Reglamentación, se establece la estructura de ponderación que se representa en el cuadro siguiente:

 

 

 

PLANILLA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

DE CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA

Ley 2809

 
 
 

Mano de Obra

35,67

Mano de Obra - Capítulo Mano de Obra

Gastos Generales

15,47

Cuadro 1.4 - Inciso p)

Instalaciones Termo mecánicas

11,45

Cuadro 3.2 - 31 / Inciso i)

Instalaciones Eléctricas

15,68

Capítulo 8 Construcción/ Cuadro 8.1.5 / Instalación eléctrica

Vidrio plano

9,81

Cuadro I.P.I.B. - Código 37113-1 / Vidrio plano                                           

Aberturas de aluminio

3,82

Cuadro I.P.I.B. - Código 42120-1 / Aberturas de aluminio                                                 

Instalaciones Sanitarias

5,64

Capítulo 8 Construcción / Cuadro 8.1.5 / Instalación sanitaria y contra incendio

Artefactos de Iluminación

2,46

Cuadro 1.4 - Inciso g) Artefactos de iluminación y cableado

 

 

 

 

100,00

 

 
 
 
 
 

 

 

 

 

 

 

FORMULARIO Nº I

 

 

Modelo de declaración jurada de la empresa referente al artICULO 14 del  DEL P.C.p.

 

 

 

 

 

 Declaro bajo juramento que la empresa   --------------------------------------

                                                                        ( Nombre de la firma )

 

a) No se encuentra comprendida en algún causal de incompatibilidad para contratar con

el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

 

b) No se encuentra inhabilitada por condena judicial.

 

c) No se halla en situación de quiebra.

 

d) No se le ha rescindido ningún contrato por su culpa, con cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o Municipal, durante los últimos 5 años.

 

d) No es evasora ni deudora impositiva y previsional.

 

e) No se encuentra suspendida por decisión del Registro de Constructores de Obras Públicas.

 

 

 

 

 

                                                           -----------------------------------------------------

                                                                       (Apoderado - Representante Legal)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FORMULARIO Nº2

 

Modelo de declaración jurada de CADA director, sindico, socio gerente y representante legal de la sociedad y REFERENTE

 

 

Yo -------------------------------, en carácter de ---------------------------------------------

   ( nombre del declarante)                                      (función en la empresa)             

de la empresa ------------------------------------------------------------, declaro bajo juramento que:

                                      (nombre de la empresa)

 

a) No me encuentro comprendido en algún causal de incompatibilidad para contratar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

b) No me encuentro inhabilitado por condena judicial.

 

c) No me encuentro en situación de quiebra.

 

d) No soy evasor ni deudor impositivo o previsional.

 

 

                                                                                  -------------------------------------------------

                                                                                                               (declarante)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FORMULARIO Nº 3

- DE OFERTA ECONOMICA

(original y tres copias)

 

(Lugar y Fecha)

 

________________________________________

La Firma……………………………………………………… luego de estudiar cuidadosamente los documentos del llamado y no quedando dudas sobre la interpretación de los mismos y demás condiciones, propone ejecutar todos los trabajos que en ellos se especifican para la ejecución de la Obra Beazley 38760 – 2da Etapa, que comprende la provisión de materiales, equipos, herramientas, andamios y mano de obra necesarios para la ejecución completa de la obra, de estricto acuerdo con el verdadero objeto y significado de la documentación licitatoria y con la finalidad que deberá cumplir la obra una vez construida y puesta en funcionamiento, dentro del plazo de trescientos (300) días corridos, por un monto total de PESOS……………………………………………. ($................................), con impuestos incluidos

 

 

 

 

 

 

_________________________________              _____________________________

 Firma y aclaración del proponente                        Firma y aclaración del Representante   

    y/o su representante Legal                                                     Técnico propuesto

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO SEGURIDAD E HIGIENE

I) Objeto: Establecer las reglas y pautas que deben cumplir los contratistas que realicen trabajos en el ámbito del “Consejo de la Magistratura” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

II) Legislación vigente:

·         Ley 19587 “Seguridad e Higiene en el Trabajo” decreto 351/79

·         Ley 24557 “Riesgos del Trabajo”

·         Decreto 911/96 “Seguridad e Higiene en la construcción”.

·         Leyes, Decretos, Resoluciones y Ordenanzas vigentes en materia de “Seguridad e Higiene en el Trabajo” y en la “construcción” de la Republica Argentina y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

III) Documentación a solicitar a contratistas y subcontratistas

 

1.    Memoria técnica de las tareas a realizar por contratistas y subcontratistas (que se va a hacer, como y con que medios) Memoria descriptiva de todos los trabajos a realizar.

2.    Nota nombrando al responsable de “Seguridad e Higiene en el Trabajo” de la obra, diciendo que el Sr./a………………………Nº de matricula……………..

es el que supervisara las medidas de “SHT” en el transcurso de los trabajos en el edificio sito en la calle…………………………….

 

     3.  A) - Si el personal es propio de la Empresa:

 

Solicitar:

a.           Certificado de cobertura de ART de cada uno de los trabajadores.

b.           Certificado de cobertura con clausula de no repetición que accione a favor del “Consejo de la Magistratura” de la CABA.

c.            Constancia de capacitación de los trabajadores.

d.           Constancias de entrega de elementos de protección personal a los trabajadores.

e.           Aviso de inicio de obra ante la “ART”

 

B) - Si el personal es contratado y/o monotributista:

 

Solicitar:

a.    Constancia del CUIT de cada uno de los trabajadores.

b.    Seguro de accidente personal de cada trabajador ($300.000).

c.            Nota de puño y letra de cada uno de los trabajadores manifestando si poseen alguna prepaga o centro de atención medica para que en caso de accidentarse o sufrir un inconveniente se sepa adonde derivarlo dejando teléfonos y nombres para avisar en casos de emergencias y además que deslinden al “Consejo de la Magistratura” de la CABA de responsabilidades en caso de sufrir accidentes y/otra situación comprometedora para el Consejo.

d.           Constancias de capacitación de cada uno de los trabajadores.

e.           Constancias de entrega de elementos de protección personal a cada uno de los trabajadores.

 

4.  “Plan de Seguridad” de la Empresa por las tareas que se van a realizar (conforme a normativas vigentes en la materia). En caso de poseer “ART” se lo presentara y esperara su aprobación. En el caso de ser monotributista el plan de seguridad estará firmado por un responsable de “Seguridad e Higiene”.

 

5.      Seguro de responsabilidad civil de la empresa (monto no menor a $500.000). (Incluir en la póliza al “Consejo de la Magistratura” como asegurado adicional por la obra que se va a realizar).

 

IV) Antes de comenzar los trabajos

 

“No” se podrán comenzar los trabajos si no se presentan las documentaciones solicitadas, las que serán observadas por el asesor SHT del “Consejo de la Magistratura”que será quien las apruebe e informe al Director de Obra sobre su conformidad.

 

V) Durante los trabajos

 

Se habilitara un “Libro de Seguridad e Higiene” donde además de llevar copias de la documentación solicitada llevara las novedades y/o observaciones realizadas en la obra referidas a “Seguridad e Higiene”, el mismo se encontrara en la Dirección de Obra del edificio y estará a disposición de inspecciones de ART, Superintendencia de Riesgos de Trabajo, GCBA, Responsables de SHT de contratistas y asesor de SHT del Consejo.

Serán responsables cada uno de los responsables de “SHT” de los contratistas y/o subcontratistas del cumplimiento de las normas de “Seguridad e Higiene” en la obra y de mantener actualizados los documentos presentados con fechas de vencimientos (coberturas de ART, clausulas de no repetición, avisos de inicio de obra, etc.) los que deberán agregarse al “Libro de Seguridad e Higiene” respectivo.

 

VI) Incumplimientos

 

En caso que el asesor de SHT del Consejo verifique el incumplimiento del presente anexo, el mismo estará autorizado a paralizar la obra en forma parcial o total hasta que el contratista tome las acciones que correspondan para solucionar la anomalía detectada no siendo imputable el Consejo por los atrasos y/o costos causados a la obra.

El Consejo podrá prohibir el ingreso o retirar de la obra personal, materiales o equipos que no cumplan con las normas vigentes en la materia.

La mora o falta de cumplimiento de las normas facultara al Consejo para sancionar al contratista con medidas que puedan llegar a la rescisión unilateral del contrato según la gravedad de la falta sin indemnización obligatoria alguna.

 

VII) Trabajos de riesgo

 

Todo trabajo de riesgo (soldadura, altura, traslado de materiales pesados, etc.) además de estar incorporados al “Programa de seguridad” respectivo deberán informarse como mínimo con 48 hs de anticipación al asesor de “SHT” del “Consejo de la Magistratura” para coordinar en forma conjunta la implementación de “Medidas de Seguridad” correspondientes.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MEMORIA DESCRIPTIVA

OBRA BEAZLEY 3860 2ª ETAPA:

El edificio se encuentra ubicado en la calle Beazley 3860 de esta Ciudad. Cuenta con un sector de oficinas desarrollado en Planta Baja, 1º y 2º Piso de 1400m2 y 3 sectores de Depósitos de distintos tamaños, construidos en distintas épocas de 2800m2 aproximadamente, con accesos vehiculares por las calles Beazley, Colmo y Romero.

Durante la primera etapa, ya concluida, se han resuelto el Archivo y Deposito Judicial y sus áreas administrativas anexas.

Esta segunda etapa comprende áreas a destinar a oficinas en planta baja y 1º piso  con ingreso por la calle Beazley y un sector destinado a Deposito con ingreso por la calle Colmo.

Las tareas a desarrollar comprenden las de desmonte y demolición parcial, instalación eléctrica de corrientes fuertes y débiles, instalaciones termomecánicas, detección y extinción de incendio, saneamiento de su envolvente superior y recuperación de la fachada sobre la calle Colmo y sus veredas.

Asimismo se incorpora una circulación vertical que cose el sector a intervenir desde la terraza del 2º piso hasta la planta baja a fin de lograr una correcta organización circulatoria interna y mejorar las condiciones de evacuación del edificio.

Por ultimo se hace saber que en un sector del 1º piso y la totalidad del 2º será construido un Centro de Detención Transitorio de Contraventores tramitado por cuerda separada.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CERTIFICADO  DE VISITA

 

LICITACION PÚBLICA N° 26/2013

OBRA BEAZLEY 3860 – 2da ETAPA

 

 

 

 

Por la presente, se deja constancia de que el/la Sr./Sra. ________________________________________________en su carácter de ____________ de la empresa

ha efectuado la visita obligatoria al edificio detallado a continuación:

 

SEDES

FECHA

FIRMA Y ACLARACIÓN CONTACTO

 

 

Beazley 3860

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO II

MODELO DE PUBLICACIÓN

 

RESOLUCIÓN CAFITIT  N°  95      /2013

 

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Dirección de Compras y Contrataciones

 

OBRA BEAZLEY 3860 – 2da ETAPA

 

Expediente CM Nº DCC-280/13-0

Licitación Pública Nº 26/2013

 

Objeto: Ejecución de la segunda etapa de la readecuación del inmueble sito en Beazley 3860 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Presupuesto Oficial: Pesos Once Millones Novecientos Setenta y Nueve Mil Trescientos Noventa y Nueve Con 22/100 ($ 11.979.399,22).

Garantía de Oferta: Uno por ciento (1%) del presupuesto oficial.

Plazo de Ejecución: Trescientos (300) días corridos, desde la suscripción del Acta Inicio.

Obligación de efectuar la visita a obra

Consultas: Dirección Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A., sita Julio A. Roca 516 Piso 8º Anexo de esta Ciudad, de lunes a viernes en el horario de 11:00 a 17:00 horas; o en la página web: www.jusbaires.gov.ar.

Reunión Informativa: La Dirección de Compras y Contrataciones realizará el día 18 de diciembre a las 16:00 horas una reunión informativa para los interesados.

Adquisición de Pliegos: Hasta el día anterior a la fecha fijada para la apertura de ofertas, en la Dirección de Compras y Contrataciones, de lunes a viernes de 11.00 a 17.00 horas, previo depósito del valor de los Pliegos en la Cuenta Corriente Nº 769/8 en la sucursal 53 del Banco Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. Córdoba 675, presentando original y copia del talón de depósito para su adquisición.

Precio de los Pliegos: $ 11.979.-

Presentación de las Ofertas: hasta las 12.00 horas del 6 de febrero de 2014, en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, Av. Julio A. Roca 516, Planta Baja, de esta Ciudad.

Fecha y Lugar de Apertura: 6 de febrero de 2014, a las 12.00 horas, en la sede de este Consejo, Av. Julio A. Roca, Piso 8º Anexo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

 

Horacio Lértora

Dirección de Compras y Contrataciones

 

Ir al contenido