Caja Chica Especial. Exp.OAyF 297/12. Res. OAyF (R.E.) Nº 28/2012

Buenos Aires, 6   de septiembre de 2012

Res. OAyF (RE) Nº   28       /2012

 

VISTO:

el Expediente OAyF Nº 297/12-0 caratulado: “OAyF s/ adquisición de relojes fechadores  s/ Caja Chica Especial”; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que las presentes se iniciaron con motivo del dictado en el marco del Expediente OAyF 112/11-0 de la Resolución OAyF Nº 165/2012 por la que se dejó sin efecto el procedimiento de contratación llevado a cabo mediante Licitación Pública Nº 27/2012 tendiente a la adquisición de relojes fechadores para dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según características descriptas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares elaborado a tales fines (fs. 23/28).

Que dicho procedimiento tuvo por origen y fundamento la necesidad de provisión de relojes fechadores para las dieciocho (18) secretarías de los nuevos juzgados del fuero Contencioso Administrativo y Tributario creados en función del dictado de la Ley 3.318 (cfr. fs. 1/3) y para las distintas dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Bueno Aires que requirieron la provisión o reemplazo de los mismos (cfr. fs. 4/17).

Que conforme surge de la copia del listado elaborado por la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores en el marco del Expediente OAyF 112/11-0 que obra a fojas 18/19 del presente, deben equiparse de nuevos relojes fechadores nueve (9) dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y deben ser remplazados once (11) relojes fechadores existentes.

Que en función de lo expuesto, deviene necesario proveer a este Poder Judicial de la Ciudad la cantidad de treinta y ocho (38) relojes fechadores.

Que según correo electrónico remitido por la Oficina de Recepción y Custodia -agregado a fojas 21- el Consejo de la Magistratura de esta Ciudad no cuenta con stock de los bienes requeridos para poder hacer frente a las necesidades expresadas.

Que a su vez, del cuadro de presupuesto realizado en el marco del procedimiento dejado sin efecto, resulta que se preveía la adquisición de treinta y ocho (38) relojes fechadores para cubrir las necesidades existentes y dos (2) para tener en stock para futuros requerimientos (fs. 22).

Que frente a lo expuesto, esta Administración entendió que quedaba pendiente la adquisición de bienes que resultan indispensables en lo inmediato para el funcionamiento eficaz y eficiente de la justicia y tratándose de una contratación destinada a satisfacer una necesidad cuya urgencia responde a circunstancias objetivas, demanda una respuesta inmediata. Por tal motivo, consideró aconsejable encauzar las actuaciones a través del procedimiento de excepción de Caja Chica Especial previsto en el artículo 1º, del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012 (fs. 29).

Que así las cosas, se puso en conocimiento de lo actuado a la Dirección General de Auditoría Interna y Control de Gestión en cumplimiento de lo establecido en el apartado II del artículo 5º del Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012 (fs. 32).

Que en orden a dar cumplimiento al trámite previsto en el artículo 6º de la normativa citada, se remitieron invitaciones a cotizar relojes fechadores según características técnicas previstas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la fracasada Licitación Nº 27/2012 o similares, a distintas firmas del rubro: SUNDIAL (fs. 33/34), RDC INFO (fs. 35), OSCAR FRANGI (fs. 36), ORA S.R.L. (fs. 37), AV INDUSTRIAS (fs. 38) y CONTROL SERVICE (fs. 39).

Que en respuesta a tales requerimientos, la firma ORA S.R.L. presupuestó un tipo de reloj fechador a un precio unitario de nueve mil doscientos cincuenta y seis pesos con 50/100 ($9.256,50), IVA incluido (fs. 40/41). Por su parte, la firma CONTROL SERVICE realizó una presentación pero sin indicar precio alguno (fs. 42/50). Finalmente, la firma SUNDIAL S.R.L. cotizó la unidad en la suma de tres mil doscientos ochenta pesos ($3.280,00), IVA incluido, y en dos mil quinientos treinta pesos ($2.530,00), IVA incluido, en caso de solicitarse cuarenta (40) equipos (fs. 51/57).

Que en tal estado, y previo incorporar a estas actuaciones copia de la nota de fecha 7 de junio de 2012 obrante a fojas 225 del Expediente OAyF Nº 112/11-0 por la que la Secretaría de Innovación manifestó que se encuentra actualmente en el estudio de sistemas de registración de ingresos y egresos de documentación, tanto en sede judicial como administrativa tras la meta del expediente electrónico (fs. 58), se solicitó a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores informe si los relojes fechadores presentados por los oferentes cumplen con la finalidad requerida. Ello, atento las diferencias técnicas existentes entre ambos (fs. 60/68).

Que al respecto, la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores expresó que analizadas las propuestas presentadas, “ambas cumplen con los requerimientos técnicos exigidos para la utilización de los relojes fechadores” (fs. 69).

Que posteriormente se recibió un nuevo requerimiento remitido esta vez por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 1, para la provisión “a la mayor brevedad posible” de un (1) reloj fechador (fs. 73). Resulta entonces que la cantidad de relojes fechadores requerida es de cuarenta y un (41).

Que tras haber tomado intervención la Comisión de Administración Financiera Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, dictó la Resolución CAFITIT Nº 49/2012 autorizando “ (…) la excepción al límite por adquisición previsto en el Anexo II de la Resolución CM Nº 97/2012 para la compra de relojes fechadores en este expediente” (fs. 74/75).

Que puesto a resolver y con el objeto de dar inmediata respuesta al presente trámite, atento la urgencia de la contratación aquí impulsada en función de la creación de nuevos juzgados dispuesta por Ley 3318 y de la permanente e inminente demanda de utilización de relojes fechadores por parte de las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponderá autorizar la presente contratación con la firma SUNDIAL S.R.L. para la adquisición de cuarenta y un (41) relojes fechadores por la suma unitaria de dos mil quinientos treinta pesos ($2.530,00), IVA incluido, y total de ciento tres mil setecientos treinta pesos ($103.730,00), IVA incluido, conforme las características obrantes a fojas 53/57. Ello, por tratarse de la oferta más conveniente a los intereses económicos de este organismo.

Que los relojes fechadores que se adquirirán deberán ser provistos conforme cuadro agregado a este acto como Anexo I.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º, inc. f) de la Ley 1988 (modificada por la Ley 3389), y por la Resolución CM Nº 97/2012,

 

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Autorícese el gasto para la contratación de la firma SUNDIAL S.R.L. para la adquisición de cuarenta y un (41) relojes fechadores por la suma unitaria de dos mil quinientos treinta pesos ($2.530,00), IVA incluido, y total de ciento tres mil setecientos treinta pesos ($103.730,00), IVA incluido, conforme la propuesta económica de fojas 53/57, los cuales deberán ser entregados debidamente programados e instalados en las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ello, para dar respuesta a los requerimientos detallados en el Anexo I del presente y en función de los argumentos expresados en los considerandos de este acto.

 

Artículo 2º: Remítase a la Dirección de Compras y Contrataciones para que notifique a la firma adjudicada de la presente, y para que por su intermedio se cumplan todos los trámites relativos con lo dispuesto en el capítulo III del “Régimen de Caja Chica Especial”.

 

Artículo 3º: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Dirección de Servicios Generales y Obras Menores. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones y, oportunamente, archívese.

 

 

Res. OAyF (RE) Nº  28    /2012

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO I

 

 

 

 

EDIFICIO DIAGONAL NORTE

Dependencia

cantidad de relojes fechadores

Secretaría General

1

Secretaría Nº 18

1

Secretaría Nº 24

1

EDIFICIO TACUARI

Juzgado 1 PCyF

1

EDIFICIO AV. DE MAYO

Juzgado 1 CAyT

1

Juzgado 5

2

EDIFICIO BERUTI

Juzgado 4

1

Juzgado 27

1

Juzgado 9

1

Juzgado 12

1

Juzgado 13

1

Juzgado 23

1

Juzgado 24

1

Mandamientos

1

Apoyo Operativo

1

Acc. A la Justicia

1

Informática

1

Peritos

1

Formación Judicial

1

Auditoría

1

LEY 3318

Juzgados del Fuero CAyT creados por Ley 3318

18

STOCK para futuros requerimientos

Oficina de Recepción y Custodia

2

 

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