Caja Chica Especial s/ Adquisición de Fax- Expediente CM Nº O.A. y F. 196/09-0- Res. O.A. y F. RE Nº 04/2010

Autoriza el gasto para la adquisición de un telefono fax.

Autoriza el gasto para la adquisición de un telefono fax.

Autoriza el gasto para la adquisición de un telefono fax.

Buenos Aires, 6 de enero de 2010.

VISTO:

el Expediente DCC Nº 063/06-0 por el que tramita la Contratación Directa Nº 15/2006 de contratación con la firma “Lexis Nexis Argentina S.A.” para la suscripción a la “Revista de Derecho Ambiental”; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución SCAyF Nº 124/2006 se aprobó el procedimiento de selección llevado a cabo en la Contratación Directa Nº 15/2006, de referencia precedentemente, por la suma total de dos mil setecientos setenta y dos pesos ($ 2.772.-).

Que a fs. 151 glosa copia del pagaré suscripto por la apoderada de la firma “Lexis Nexis Argentina S.A.”, Silvana Sorrentino por la suma de dos mil setecientos setenta y dos pesos ($ 2.772.-) en garantía de pago anticipado.

Que mediante Nota D.P.A.C. Nº 150/2206, la Dirección de Programación y Administración Contable (fs. 154), informa que la suscripción de la Revista de referencia se encuentra cancelada, según las hojas de resumen de control de pagos obrantes a fs. 152/3.

Que mediante Nota Nº 1423 CM DCC-09, el señor Director de Compras y Contrataciones sugiere la devolución de la garantía de anticipo presentada por la firma, de acuerdo a lo consignado, como así también a la manifestación del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia de fs. 165/6 (confr. fs. 172).

Que requerida su opinión, el señor Director de Asuntos Jurídicos manifestó que: “de acuerdo a las conformidades prestadas por las áreas técnicas pertinentes, nada obsta jurídicamente para que se proceda a la devolución del pagaré presentado como garantía de pago anticipado” (confr. Dictamen Nº 3279/2010, de fs. 175).

Puesto a resolver, en sintonía con la opinión del señor Asesor Jurídico resulta aconsejable ordenar la restitución del pagaré presentado por la firma adjudicataria, lo cual de acuerdo con los términos de la Resolución CM Nº 780/2006 corresponde a esta Oficina de Administración y Financiera.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso f) y 10º de la Ley 1988,

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1º: Autorizar la devolución de la garantía de anticipo presentada por la firma “Lexis Nexis Argentina S.A.”, en el marco de la Contratación Directa Nº 15/2006, integrada mediante pagaré suscripto por Silvana Sorrentino, en su carácter de apoderada, a favor de este Consejo de la Magistratura, por la suma de dos mil setecientos setenta y dos pesos ($ 2.772.-).

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectos de proceder a notificar lo resuelto por la presente a la firma interesada.

Artículo 3º: Instruir a la Dirección de Programación y Administración Contable a fin de proceder con los trámites conducentes conforme lo resuelto por la presente.

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese como se ordena precedentemente. Pase a la Dirección de Compras y Contrataciones para su cumplimentación y oportunamente, archívese.

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