Fuero Contencioso Administrativo y Tributario

La Justicia de la Ciudad interviene en causas denominadas “contencioso administrativas”, en las que una de las partes del juicio es una autoridad administrativa de la Ciudad, sin importar la cuestión de que se trate. Se consideran autoridades administrativas la administración pública centralizada, desconcentrada y descentralizada, los órganos legislativo y judicial en ejercicio de la función administrativa, así como también entes públicos no estatales o privados en cuanto ejerzan potestades públicas otorgadas por las leyes de la Ciudad de Buenos Aires

Interviene, además, en cuestiones denominadas “tributarias”, que son las originadas por el incumplimiento de una obligación tributaria por parte de un ciudadano o de una empresa (por ejemplo, deuda de patentes, ABL o ingresos públicos).

El fuero Contencioso Administrativo y Tributario está integrado por la Cámara de Apelaciones, compuesta por nueve Magistrados divididos en tres Salas. Uno de los magistrados ejerce la Presidencia. La Cámara cuenta con una Secretaría General y cada una de las Salas con una Secretaría. En primera instancia cuenta con 24 Juzgados, cada uno a cargo de un un juez y con dos Secretarías por Juzgado.

Entre los casos más frecuentes en los que puede intervenir un juez Contencioso Administrativo y Tributario se destacan los referidos a

    • Salud

    • Vivienda

    • Reclamos por daños

    • Responsabilidad médica

    • Empleo público

    • Impugnación de actos administrativos

    • Ejecución de expensas

    • Defensa del consumidor

    • Ejecuciones fiscales

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