Artículo 1º: Establecer que la integración de la Oficina de Gestión Judicial de Relaciones de Consumo, consagrada en el Código Procesal de la Justicia en las Relaciones de Consumo en el Ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley N° 6407), no importa la creación de nuevas estructuras sino la distribución de las funciones previamente asignadas, hoy vigentes, de conformidad con los alcances de la presente resolución y las razones expuestas en los considerandos.