Delegar a la Secretaría de la Comisión de Administración y Financiera la devolución de pólizas y garantías, en las contrataciones cuyo monto estuviese entre los $300.000 y los $500.000.-
Delegar a la Secretaría de la Comisión de Administración y Financiera la devolución de pólizas y garantías, en las contrataciones cuyo monto estuviese entre los $300.000 y los $500.000.-
Delegar a la Secretaría de la Comisión de Administración y Financiera la devolución de pólizas y garantías, en las contrataciones cuyo monto estuviese entre los $300.000 y los $500.000.-
Buenos Aires, 3 de junio de 2008
RESOLUCIÓN CAyF N° 38 /2008
VISTO:
La Res. CM N° 780/2006, y
CONSIDERANDO:
Que el art. 3 de la Res. CM N° 780/2006, delega en la Comisión de Administración y Financiera la devolución de pólizas y garantías, en las contrataciones cuyo monto estuviese entre los $300.000.- y los $500.000.-
Que el art. 21 de la Res. CM N° 405/2007, establece las funciones de la Secretaría y el art. 15 del Anexo I de la Res. CM N° 373/2004, dispone que tiene a su cargo toda otra función que esta Comisión le encomiende.
Que para lograr una mayor eficiencia y celeridad de la Comisión de Administración y Financiera, resulta conveniente delegar en la Secretaría la devolución de pólizas y garantías, en los términos establecidos en la Res. CM N° 780/2006.
Que a tales efectos, la Secretaría podrá impulsar los trámites que resulten necesarios, como así también, solicitar a las áreas competentes la documentación y/o información que considere pertinente.
Que una vez dictado el acto administrativo correspondiente, la Secretaría deberá informar lo actuado a la Comisión de Administración y Financiera.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 31 y sus modificatorias,
LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANCIERA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°: Delegar a la Secretaría de la Comisión de Administración y Financiera la devolución de pólizas y garantías, en las contrataciones cuyo monto estuviese entre los $300.000 y los $500.000.-
Artículo 2°: Regístrese, anúnciese en la cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar), comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección de Compras y Contrataciones y a la Dirección de Programación y Administración Contable, cúmplase y, oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN CAyF N° 38 / 2008
Mauricio Devoto
Eugenio Cozzi
Horacio G. Corti