Deroga chapas
Buenos Aires, 26 de febrero de 2004
RES. Nº 125/2004
VISTO:Lo dispuesto por la Ley N° 1192, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la referida norma, se aprobó el Código Fiscal para el año 2004.
Que, entre las modificaciones introducidas, se derogó el artículo 255 del Código Fiscal vigente (t.o. 2003 Decreto N° 319/GCABA/2003, Separata B.O. N° 1.677), que preveía la entrega de chapas patentes protocolares a magistrados y funcionarios nacionales y locales.
Que corresponde poner esta circunstancia en conocimiento de los integrantes del Poder Judicial de la Ciudad, a fin de que procedan a la devolución de las chapas patentes oportunamente entregadas.
Que las mismas serán recibidas por la Dirección de Apoyo Operativo, para su posterior remisión al Departamento de Exenciones de la Dirección de Coordinación Jurídica de la Dirección General de Rentas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley Nº 31,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRESRESUELVE
Art. 1º: Hacer saber a todos los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires que deberán proceder a la devolución a la Dirección de Apoyo Operativo de las chapas patentes protocolares oportunamente entregadas, en virtud de la derogación del artículo 255 del Código Fiscal dispuesto por la Ley N° 1192.
Art. 2°: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a todas las dependencias y, oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN N° 125/2004
Diego May Zubiría Bettina Paula Castorino
María Magdalena Iráizoz Juan Sebastián De Stefano(no firma por encontrarse en uso de licencia)
María Celia Marsili L. Carlos Rosenfeld