Modific. pto. 3 anexo I RES Nº543/03
Buenos Aires, 27 abril del 2004
RES. N° 316/2004
VISTO:
Las resoluciones CM N° 543/2003 del 11 de septiembre del 2003, y
CONSIDERANDO:
Que la resolución CM N° 543/2003 reformuló el procedimiento de rendición de gastos y/o compras para gastos menores y/o urgentes correspondientes a la compra de bienes y contrataciones de servicios para el mantenimiento, adaptación y refacción de las estructuras edilicias en el ámbito del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, otorgando agilidad y flexibilidad a la satisfacción de los gastos originados en razón de tareas imprevistas y/o urgentes.Que no obstante haber resultado ese procedimiento óptimo para posibilitar la resolución en forma inmediata de cualquier urgencia edilicia que existiere en los inmuebles mencionados, corresponde realizar una modificación a fin de adaptarlo a las actuales exigencias dada la ampliación de la Justicia dispuesta por la Ley N° 1086.Que en el Anexo I de la Resolución CM N° 543/03 "Fondo Permanente Especial" se especifican las características generales de procedimiento.Que la concreción de la instalación transitoria del Fuero Contravencional y de Faltas en la sede Judicial de la calle Beruti 3345 y la inminente incorporación de los Sres. Consejeros del estamento judicial, requieren la impostergable ejecución de trabajos de readecuación de edificios e instalaciones que implican además la adquisición de insumos, materiales y contratación de servicios imprescindibles para su concreción.Que ningún otro sistema de contratación puede garantizar durante el período que duren los trabajos, la celeridad, eficacia y transparencia necesarias para cumplir el objetivo de realizar las refacciones convenientes en las estructuras edilicias que ocuparán los nuevos funcionarios y sus dependientes.Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad, la ley N° 70, la Ley N°31 y sus modificaciones.
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRESRESUELVE:
Art. 1°: Modificar el punto 3 del Anexo I de la Resolución CM N° 543/03 "Régimen de Fondo Permanente Especial", el que quedará redactado de la siguiente manera: "La cantidad de rendiciones de hasta PESOS QUINCE MIL ($15.000) por esta modalidad no puede superar las SEIS (6) en el año calendario¨.
Art. 2°: Regístrese, publíquese en el sitio de Internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.jusbaires.gov.ar), comuníquese a todas las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad excluido el Tribunal Superior y, oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN N° 316/2004
Diego May Zubiría |
Bettina Paula Castorino |
Juan Sebastián De Stefano |
(en uso de licencia) |
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María Magdalena Iráizoz |
María Celia Marsili |
Carlos L. Rosenfeld |