Modifíquese el artículo 4º del Reglamento para concursos de promoción e ingreso del personal en el ámbito de las dependencias judiciales del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, Res. CM Nº. 34/2005, por el texto del siguiente tenor: Art.4º: Registro de Aspirantes .... Es requisito para integrar dicho registro: a) ser mayor de 18 años ...
Modifíquese el artículo 4º del Reglamento para concursos de promoción e ingreso del personal en el ámbito de las dependencias judiciales del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, Res. CM Nº. 34/2005, por el texto del siguiente tenor: Art.4º: Registro de Aspirantes .... Es requisito para integrar dicho registro: a) ser mayor de 18 años ...
Modifíquese el artículo 4º del Reglamento para concursos de promoción e ingreso del personal en el ámbito de las dependencias judiciales del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, Res. CM Nº. 34/2005, por el texto del siguiente tenor: Art.4º: Registro de Aspirantes .... Es requisito para integrar dicho registro: a) ser mayor de 18 años ...
Buenos Aires, 13 de marzo de 2007
VISTO:
El registro de aspirantes normado por la Res. CM Nº 34/2005; y
CONSIDERANDO
Que el inciso a) del artículo 4º de la resolución citada dispone que para integrar el registro es necesario ser argentino.
Que en la sentencia recaída en los autos: Gottschau, Evelyn Patrizzia c/ Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires s/ amparo Expte. G 841/00, la Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a un recurso interpuesto por la Dra. Gottschau declarando la insconstitucionalidad de la norma local que impone el requisito de nacionalidad argentina para concursar al cargo de secretario de primera instancia en los Juzgado de la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que los efectos de dicha sentencia y su relevancia no pueden pasar inadvertidas para este órgano administrativo del Poder Judicial de la CABA.
Que la Comisión de Selección de Jueces, Juezas e Integrantes del Ministerio Público estima en consecuencia mediante dictamen nro. 47 que, por los motivos expuestos, correspondería modificar el artículo 4º del Reglamento para concursos de promoción e ingreso del personal en el ámbito de las dependencias judiciales del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, Res. CM Nº 34/2005, por el texto del siguiente tenor: Art. 4º. Registro de Aspirantes .... Es requisito para integrar dicho registro: a) ser mayor de 18 años ...
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la ley 31.
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1º: Modifíquese el artículo 4º del Reglamento para concursos de promoción e ingreso del personal en el ámbito de las dependencias judiciales del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, Res. CM Nº. 34/2005, por el texto del siguiente tenor: Art.4º: Registro de Aspirantes .... Es requisito para integrar dicho registro: a) ser mayor de 18 años ...
Art. 2º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de internet del Poder Judicial, comuníquese a la Comisión de Selección de Jueces, Juezas e Integrantes del Ministerio Público y, oportunamente, archívese
RESOLUCION Nº 82 /2007
Juan Pablo Mas Velez Secretario
Carla Cavaliere Presidenta