Incorporación de personal con necesidades especiales al Sector Público de la Ciudad, incluyendo expresamente al Poder Judicial
Buenos Aires, 1 de marzo de 2005
VISTO:
La Ley N° 1502 y el Reglamento para Concursos, Promoción e Ingreso del Personal en el ámbito de las Dependencias Judiciales aprobado por Resolución CM N° 34/2005, y
CONSIDERANDO:
Que, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 1502 regula la incorporación de personal con necesidades especiales al Sector Público de la Ciudad, incluyendo expresamente al Poder Judicial.
Que, en su artículo 5°, se asigna prioridad para la cobertura de vacantes a las personas con necesidades especiales que acrediten las condiciones e idoneidad para el puesto o cargo que deba cubrirse.
Que, conforme el artículo 13 de la misma norma, también se debe priorizar a los agentes con necesidades especiales para ocupar cargos que deban cubrirse por concurso a igual puntaje sobre los demás postulantes; y para su reubicación cuando pasen a disponibilidad como consecuencia de la reestructuración o disolución de las dependencias en donde presten servicios.
Que, por Resolución CM N° 34/2005, el Consejo de la Magistratura aprobó el Reglamento para Concursos, Promoción e Ingreso del Personal en el ámbito de las Dependencias Judiciales.
Que, tratándose la Ley N° 1502 de una norma de obligatoria aplicación en el ámbito del Poder Judicial de la Ciudad, no se consideró necesario incorporar al articulado del referido Reglamento, disposiciones expresas sobre la designación y promoción de personas con necesidades especiales.
Que, ante diversas consultas formuladas y a fin de evitar dudas interpretativas, luce conveniente aclara que para la designación, promoción, permutas y pases de agentes en dependencias judiciales, mediante el régimen aprobado por Resolución CM N° 34/2005, se tendrán en cuenta las prioridades previstas en los artículos 5° y 13 de la Ley 1502.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Ley N° 31,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LACIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1º: Aclarar que para la designación, promoción, permutas y pases de agentes mediante el régimen aprobado por Resolución CM N° 34/2005, se tendrán en cuenta las prioridades previstas en los artículos 5° y 13 de la Ley 1502.
Art. 2º. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las dependencias y, oportunamente, archívese.
RESOLUCION Nº 90/2005 |
||
Carla Cavaliere |
María Magdalena Iráizoz |
L. Carlos Rosenfeld |
Carlos Francisco Balbín |
Bettina Paula Castorino |
Juan Sebastián De Stefano |
Germán C. Garavano |
María Celia Marsili |
Diego May Zubiría |
(momentáneamente ausente) |
||