Art. 1º: Conceder licencia extraordinaria por actividad científica o cultural sin goce de haberes desde el día 01 de agosto y hasta el 08 de diciembre de 2017 inclusive, conforme lo establece el art. 62 de la Res. Pres. N° 1259/15, a la Sra. Maria José Rezzonico, Auxiliar en la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas.