Art. 1º: Prorrogar, por única vez en forma excepcional y sin que ello siente precedentes, el vencimiento de los días trabajados en la feria judicial de julio de 2018, hasta el día 31 de diciembre de 2020, para todos los Magistrados, Funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – excluido el Tribunal Superior de Justicia y los Ministerios Públicos, por los motivos antes expuestos.