RES. SCAyF Nº 097/2006

Autorizar el pago a Policía Federal Argentina

Autorizar el pago a Policía Federal Argentina

Autorizar el pago a Policía Federal Argentina

 

Buenos Aires, 16 de mayo de 2006.

 

RESOLUCIÓN SCAyF N° 97 /2006

 

 

VISTO :

Las actuaciones N°. 3433, 3434, 4645, 5228 y 5842/2006, y

 

 

CONSIDERANDO:

Que la Policía Federal Argentina remite a este Consejo las Facturas N° 33630 y N° 33631, junto con las copias de las Planillas donde se discriminan los módulos facturados, por el servicio de policía adicional del mes de diciembre de 2005, por la suma total de Pesos Treinta y Dos mil Setecientos Veinticinco ($ 32.725).

 

Que en dichas facturas se liquidan los servicios prestados por el personal policial, en virtud del convenio celebrado con esa institución el 9 de marzo de 2004 para los edificios del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma y 544 módulos, que no se encuentran incluidos en el acuerdo, por lo que solicitan el pago por legítimo abono, a razón de Pesos Veinticinco ($25) por módulo de servicio.

 

Que remite también las Facturas N° 35301 y N° 35658, junto con las copias de las Planillas donde se discriminan los módulos respectivos, por la suma total de Pesos Cuarenta y Tres mil novecientos ochenta y nueve ($ 43.989), que corresponden a 1419 módulos de servicio de policía adicional, correspondientes al mes de enero de 2006, de los cuales 636 no han sido prestados en los términos del acuerdo a que se hizo referencia precedentemente, por lo que solicitan que se paguen por el aludido régimen de legítimo abono.

 

Que a partir del 1° de enero de 2006, la Jefatura de la Policía Federal Argentina, en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos 933/88 y 1255/05 dispuso fijar el valor del módulo en la suma de Pesos Treinta y uno ($31).

 

Que hace lo propio con la Factura N° 35695, junto con las copias de las mismas Planillas donde se discriminan los módulos del caso, por la suma total de Pesos Veintiseis mil Setecientos Ochenta y Cuatro ($ 26.784), que corresponden a 864 módulos de servicio del mes de febrero de 2006, entre los cuales 168 módulos están fuera del convenio al que se ha venido haciendo referencia.

 

Que en cada una de las fojas de la liquidación obra la firma del Jefe de Seguridad de Consejo, Sr. Gabriel Pipet.

 

Que la prestación cumplida por Policía Federal Argentina (P.F.A.) fuera del convenio de marras totaliza 544, 636 y 168 módulos de servicio correspondientes a los meses de diciembre de 2005 y enero y febrero de 2006, respectivamente, que ascienden al monto de Pesos Trece mil Seiscientos ($ 13.600), Pesos Diecinueve mil Setecientos Dieciseis ($19.716) y Pesos Cinco mil Doscientos Ocho ($ 5.208) en los meses mencionados.

 

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos tiene dicho al respecto que corresponde abonar por el régimen del legítimo abono, el servicio de policía adicional como en supuestos como el presente porque el Consejo ha recibido un servicio útil, que al no retribuir con la contraprestación pertinente produciría un empobrecimiento de la otra parte, configurándose los requisitos que dan lugar a la aplicación de la teoría del enriquecimiento sin causa, que es suficiente causa obligacional.

 

Que en esta oportunidad, mediante Dictamen N° 1137, agrega además, que el aumento en el costo del servicio está sustentado en decretos nacionales y por tratarse de la institución que posee el monopolio de la fuerza pública, no encuentra objeción al pago

 

Que posteriormente, amplia el dictamen y se expide sobre la competencia del órgano que debería dictar el acto administrativo que autorice el pago y estableciendo que por tratarse de un acto de administración, nada obsta para que lo haga el subrogante del Administrador General del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.

 

Que en este estado, llegan las actuaciones a la Secretaría de la Comisión de Administración y Financiera para que resuelva sobre la procedencia del pago por el régimen de legítimo abono.

 

Que los antecedentes reseñados precedentemente demuestran la intervención de las áreas competentes, y que éstas realizaron un exhaustivo control de la documentación aportada por la Policía Federal.

 

Que la Comisión de Administración y Financiera ha dispuesto que debían evitarse los pagos por legítimo abono, y recomendó la ampliación del convenio actual con la Policía Federal, hecho que se ha visto reflejado en el expediente 20/05 en el que tramita la suscripción del nuevo convenio, contemplando todos los objetivos en los que hoy se presta el servicio. Actualmente, la Dirección de Asuntos Jurídicos ha elaborado el respectivo proyecto que ha sido aprobado por el Plenario del Consejo y se encuentra a la espera de la firma con la Policía Federal Argentina.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 31 y por los artículos 3 y 12 de la Ley 1904,

 

LA SECRETARÍA DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANCIERA

 

RESUELVE:

Artículo 1°: Autorizar el pago a Policía Federal Argentina de Pesos Trece mil Seiscientos ($ 13.600), Pesos Diecinueve mil Setecientos Dieciseis ($19.716) y Pesos Cinco mil Doscientos Ocho ($ 5.208) por el régimen de legítimo abono, por los servicios prestados durante los meses de diciembre de 2005 y enero y febrero de 2006, respectivamente, bajo la modalidad de "policía adicional".

 

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable, publíquese en la página web del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.jusbaires.gov.ar) y, oportunamente, archívese.

 

 

RESOLUCIÓN SCAyF N° 97 /2006

 

Fabián H. Durán

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