Art. 1º: Conceder licencia por motivos particulares sin goce de haberes al Sr. Eduardo Lecca, Oficial en el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 14, a partir del día de fecha y por el término de 12 (doce) meses, conforme lo establece el art. 65 del Convenio Colectivo de Trabajo Res. Pres. CM N° 1259/15.