Adjudicar por el procedimiento de Contratación mediante Trámite Simplificado a la firma FERRETERÍA SAN TELMO S.R.L.
Adjudicar por el procedimiento de Contratación mediante Trámite Simplificado a la firma FERRETERÍA SAN TELMO S.R.L.
Adjudicar por el procedimiento de Contratación mediante Trámite Simplificado a la firma FERRETERÍA SAN TELMO S.R.L.
Buenos Aires, 30 de diciembre de 2003.
RES. N° 922 /2003
VISTO:
El Expediente CM N° 191/2003 por el que tramitó la contratación mediante trámite simplificado N° 07/03 para la adquisición de luminarias, autorizada por Resolución CM N° 811/2003 de fecha 2 de diciembre de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota N° 311-DCC CM-03 la Dirección de Compras y Contrataciones -obrante a fojas 13/ 14-, propone la contratación mediante trámite simplificado para la adquisición de luminarias, para ser instalados en el 4º piso del edificio sito en la calle Beruti 3345 y en el inmueble de Arias 4491.
Que la Resolución citada en el Visto autoriza dicho procedimiento, toda vez que el monto estimado para la contratación por la Dirección de Infraestructura y Obras en Memo 538/03 obrante a fojas 1/ 2, asciende a la suma de Pesos Nueve Mil Cien, IVA incluido ($ 9.100,00), lo que admite el procedimiento de contratación mediante trámite simplificado, según lo normado por el artículo 56, inciso 3º, apartado d), del Decreto Ley N° 23.354/56.
Que se cursaron las correspondientes invitaciones a participar de la mencionada contratación a veinticuatro (24) oferentes, de los cuales ocho (8) han sido notificados fehacientemente y los restantes por correo electrónico, de acuerdo a lo dispuesto en la Cláusula 5º, apartado 1º de la Resolución CM Nº 567/2003.
Que según consta en el Acta de Apertura Nº 7, de fecha 15 de diciembre de 2003, obrante a fojas 95, se procedió a la apertura de las seis (6) ofertas presentadas.
Que a fojas 211 luce el cuadro de la documentación presentada, y a fojas 212 obra agregado el cuadro comparativo de precios para la contratación en cuestión, elaborados por la Dirección de Compras y Contrataciones.
Que del cuadro de la documentación presentada por los oferentes resulta que las firmas Tecno Vigo S.R.L. y Electro Tucumán S.A. no presentaron la garantía de oferta, lo que motiva el descarte de las mismas.
Que a fojas 217 obra el Informe Técnico de la Dirección de Infraestructura y Obras, del cual se desprende que la mercadería ofertada por todos los oferentes, se adecua a los requisitos técnicos solicitados, salvo la alternativa N° 1 presentada por la firma Ferrretería San Telmo S.R.L., que no se ajusta a las características técnicas requeridas puesto que no prevé la provisión de los accesorios necesarios para el funcionamiento de los equipos, por lo que sugiere que la adjudicación recaiga sobre el precio más conveniente.
Que de la comparación de precios efectuada precedentemente, se concluye que la oferta económica presentada por la firma Ferretería San Telmo S.R.L. resulta ser la más conveniente.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 31 y su modificatoria,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRESRESUELVE
Art. 1°: Adjudícase por el procedimiento de Contratación mediante Trámite Simplificado a la firma FERRETERÍA SAN TELMO S.R.L. el renglón 1, por la suma de PESOS DIEZ MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES CON SETENTA CENTAVOS ($ 10.983,70) IVA incluido, con las características técnicas y demás condiciones descriptas en la oferta que luce a fojas 162 y aclaratoria de fojas 215/ 216 del Expediente CM N° 191/03.
Art. 2°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Dirección de Compras y Contrataciones y a la Dirección de Programación y Administración Contable, cúmplase y, oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN N° 922 /2003
Diego May Zubiría Bettina Paula Castorino
María Magdalena Iráizoz Juan Sebastián De Stefano
María Celia Marsili Abel M. Fleitas Ortiz de Rozas(no firma por encontrarse en uso de licencia)