Art. 1º.- Instruir a la Dirección de Programación y Administración Contable, para que incremente la suma de $ 10.000 (pesos diez mil) en la partida 3.3.5.0.90.1.2 (Limpieza, aseo y fumigación del Programa 503) y $ 10.000 (pesos diez mil) en la partida 4.8.1.0.90.1.2 (Programas de computación del Programa 503), restando las mismas sumas ($ 20.000.- pesos veinte mil) de la partida 2.1.1.0.90.1.2 (Alimentos para personas del Programa 503).