RES. Nº 588/04

 

Arqueo de exptes. cayt.

Buenos Aires, 17 de agosto de 2004

RES. Nº 588 /2004

VISTO:

La actuación N° 11.720/04 y lo dispuesto por el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que, por la citada presentación, los Sres. Magistrados de la Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario manifiestan que resulta imprescindible e impostergable realizar un arqueo general de actuaciones en cada Juzgado de Primera Instancia y en la Cámara de Apelaciones del fuero.

Que tal necesidad obedece al enorme cúmulo de causas que tramitan ante cada Juzgado y en la Alzada, lo que sumado a la actual dotación de personal, impide efectuar un control profundo y permanente de los expedientes radicados en cada unidad.

Que dicha tarea no puede ser llevada adecuadamente a cabo con los Tribunales en pleno funcionamiento.

Que, resultando atendibles las razones señaladas, se juzga conveniente suspender los términos procesales y la atención al público en la Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario, por el término de cinco días hábiles, para la realización del arqueo referido.

Que, a fin de afectar del menor modo posible la prestación del servicio, se considera adecuado disponer esta medida en forma escalonada y excluyendo de sus alcances al trámite de amparos, medidas cautelares y demás asuntos urgentes.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y La Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Suspender los plazos procesales y la atención al público en el fuero Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de cinco días hábiles, conforme el cronograma obrante como Anexo I de la presente Resolución, a los fines de la realización de un arqueo general de expedientes en trámite ante cada dependencia.

Art. 2°: La medida dispuesta en el artículo anterior no alcanzará al trámite de amparos, medidas cautelares y demás asuntos urgentes.

Art. 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la pagina de internet del Poder Judicial, comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, a los Sres. Titulares del Ministerio Público, al fuero Contencioso Administrativo y Tributario y, oportunamente, archívese.

RESOLUCIÓN N° 588 /2004

     

Juan Sebastián De Stefano

Diego May Zubiría

María Celia Marsili

(en uso de licencia)

 

(en uso de licencia)

     

Bettina Paula Castorino

L. Carlos Rosenfeld

María Magdalena Iráizoz

     

Carlos Francisco Balbín

Carla Cavaliere

Germán Carlos Garavano

(en uso de licencia)

   
     
     

ANEXO I - Res. CM N° 588 /2004

CRONOGRAMA DE SUSPENSION DE PLAZOS PROCESALES Y ATENCION AL PUBLICO

 

FUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO

 

23/08/2004 a 27/08/2004

Juzgados de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nros. 1 a 4

30/08/2004 a 03/09/2004

Juzgados de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nros. 5 a 8

06/09/2004 a 10/09/2004

Juzgados de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nros. 9 a 12

Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario