Arqueo de exptes. cayt.
Buenos Aires, 17 de agosto de 2004
RES. Nº 588 /2004
VISTO:
La actuación N° 11.720/04 y lo dispuesto por el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que, por la citada presentación, los Sres. Magistrados de la Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario manifiestan que resulta imprescindible e impostergable realizar un arqueo general de actuaciones en cada Juzgado de Primera Instancia y en la Cámara de Apelaciones del fuero.
Que tal necesidad obedece al enorme cúmulo de causas que tramitan ante cada Juzgado y en la Alzada, lo que sumado a la actual dotación de personal, impide efectuar un control profundo y permanente de los expedientes radicados en cada unidad.
Que dicha tarea no puede ser llevada adecuadamente a cabo con los Tribunales en pleno funcionamiento.
Que, resultando atendibles las razones señaladas, se juzga conveniente suspender los términos procesales y la atención al público en la Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario, por el término de cinco días hábiles, para la realización del arqueo referido.
Que, a fin de afectar del menor modo posible la prestación del servicio, se considera adecuado disponer esta medida en forma escalonada y excluyendo de sus alcances al trámite de amparos, medidas cautelares y demás asuntos urgentes.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y La Ley N° 31,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1°: Suspender los plazos procesales y la atención al público en el fuero Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de cinco días hábiles, conforme el cronograma obrante como Anexo I de la presente Resolución, a los fines de la realización de un arqueo general de expedientes en trámite ante cada dependencia.
Art. 2°: La medida dispuesta en el artículo anterior no alcanzará al trámite de amparos, medidas cautelares y demás asuntos urgentes.
Art. 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la pagina de internet del Poder Judicial, comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, a los Sres. Titulares del Ministerio Público, al fuero Contencioso Administrativo y Tributario y, oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN N° 588 /2004
Juan Sebastián De Stefano |
Diego May Zubiría |
María Celia Marsili |
(en uso de licencia) |
(en uso de licencia) |
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Bettina Paula Castorino |
L. Carlos Rosenfeld |
María Magdalena Iráizoz |
Carlos Francisco Balbín |
Carla Cavaliere |
Germán Carlos Garavano |
(en uso de licencia) |
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ANEXO I - Res. CM N° 588 /2004
CRONOGRAMA DE SUSPENSION DE PLAZOS PROCESALES Y ATENCION AL PUBLICO
FUERO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO
23/08/2004 a 27/08/2004 |
Juzgados de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nros. 1 a 4 |
30/08/2004 a 03/09/2004 |
Juzgados de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nros. 5 a 8 |
06/09/2004 a 10/09/2004 |
Juzgados de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nros. 9 a 12 Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario |