Res Nº362/03: Capítulo I

Capítulo I

DE LAS COMISIONES

 

Art. 1.-Comisiones.

Integran el Consejo de la Magistratura las Comisiones establecidas por la Ley 31 y sus modificatorias y las Comisiones Auxiliares que cree el Plenario.

Art. 2.-Reglamentaciones.

Cada Comisión elabora y propone las normas reglamentarias que son necesarias para el cumplimiento de las funciones asignadas en la ley N° 31 y sus modificatorias, las que entrarán en vigencia a partir de la aprobación por el Plenario del Consejo.

Art. 3.-Otras Comisiones.

Sin perjuicio de las Comisiones permanentes establecidas en la ley N° 31, el Plenario puede crear las Comisiones auxiliares que mejor contribuyan al cumplimiento de sus fines, y reglamentar su organización y procedimiento.

Art. 4.-Secretarías

Cada Comisión cuenta con la asistencia de un (1) Secretario designado por el Plenario, que se desempeña bajo la coordinación funcional del Presidente de la misma.

Art. 5.-Secretaría de la Comisión de Selección de Integrantes de la Magistratura y del Ministerio Público.

Funciones

5.1. Confeccionar el orden del día.

5.2. Llevar el Libro de Actas, incluyendo las mociones que se presenten, las resoluciones que se adopten, los dictámenes que se produzcan y las votaciones nominales, si las hubiere.

5.3. Conservar y custodia las actuaciones y documentación obrantes en la Comisión.

5.4. Efectuar las notificaciones que a la Comisión correspondan.

5.5. Confeccionar las notificaciones que deban ser cursadas a través del Departamento de Mandamientos y Notificaciones.

5.6. Dejar notas o constancias de todas las diligencias realizadas.

5.7. Poner en conocimiento de la Comisión, al comienzo de cada reunión, la nómina de asuntos ingresados, así como las comunicaciones recibidas por cualquier medio.

5.8. Mantener actualizado un registro de jurados.

5.9. Controlar el cumplimiento del reglamento para los concursos durante el desarrollo de los mismos.

5.10. Efectuar las publicaciones relativas a la apertura de concursos públicos de oposición y antecedentes para cubrir las vacantes de integrantes de la Magistratura y del Ministerio Público que la Comisión disponga y los respectivos órdenes de mérito que de los mismos resulten, por medio del Secretario Técnico.

Art. 6.-Departamentos de la Comisión de Selección de Integrantes de la Magistratura y del Ministerio Público.

La Comisión tiene una estructura compuesta por dos (2) Departamentos, cada uno a cargo de un (1) Jefe de Departamento.

Art. 7.-Departamento de Inscripción y Acreditación

Funciones

7.1. Recibir de la Mesa de Entradas de la Comisión de Selección, todas las inscripciones de los postulantes.

7.2. Verificar que los postulantes no estén comprendidos en las causales de inhabilitación previstas en los distintos reglamentos de Concursos sancionados por el Consejo de la Magistratura para cubrir los distintos cargos del Poder Judicial.

7.3. Verificar que los postulantes acrediten el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios previstos para el cargo al que aspiren.

7.4. Verificar que la inscripción lleve la firma del postulante o de tercero autorizado.

7.5. Controlar que los formularios estén completos sin dejar blancos y que se halle cruzado con una línea el renglón o espacio correspondiente al ítem para el que no se consigne dato alguno.

7.6. Llevar un Registro de Antecedentes donde se conserven los legajos presentados en los diferentes concursos.

7.7. Controlar que los postulantes registrados en el Registro de Antecedentes indiquen solamente su número de legajo y adjuntarlo al nuevo concurso sumado los elementos que complementen su presentación.

7.8. Llevar un registro de cada concurso donde conste nombre, apellido y documento.

7.9. Llevar un registro de los postulantes que habiendo cumplido los requisitos que impone la reglamentación se consideren inscriptos en el concurso.

Art. 8.-Sección del Departamento de Inscripción y Acreditación

El Departamento tiene una estructura compuesta por una Sección a cargo de un (1) Jefe de Sección.

Art. 9.-Sección de Mesa de Entrada de la Comisión de Selección

Funciones

9.1. Recibir, caratular, clasificar, registrar tramitar y dar acuse de recibo de todas las actuaciones administrativas relativas a los concursos, conforme las normas de procedimiento que surjan de los respectivos reglamentos.

9.2. Proporcionar toda la información relacionada con el sistema de concursos.

9.3. Registrar la derivación de las presentaciones de los concursos y derivarlos a las áreas que correspondan.

9.4. Recibir de los postulantes toda la documentación solicitada conforme lo previsto en cada caso en particular.

9.5. Clasificar la documentación con destino a cada concurso, así como la expedición de notificaciones.

9.6. Elaborar informes parciales y totales respecto de los concursos concluidos y en trámite.

Art. 10.-Departamento de Evaluación de Antecedentes

Funciones

10.1. Colaborar con la Comisión de Selección en el proceso de evaluación de antecedentes, siguiendo las pautas reglamentarias que correspondieren a cada concurso.

10.2. Recibir las impugnaciones de los inscriptos que fueron excluidos de la preselección.

10.3. Controlar que las impugnaciones de antecedentes se deduzcan en el plazo previsto y cumplan todos los requisitos formales que exige la reglamentación.

10.4. Proponer el rechazo “in limine” de las impugnaciones que se funden en principios o prácticas discriminatorias de acuerdo a la Constitución Nacional, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las leyes federales o locales dictadas en consecuencia, condenen de manera explícita o implícita.

10.5. Organizar las impugnaciones para ser elevadas por donde corresponda al Plenario.

10.6. Llevar un registro de las impugnaciones y su procedencia.

10.7. Entender en la formación de la calificación de antecedentes de acuerdo a los criterios de cada reglamento de concursos.

10.8. Recibir de los concursantes la ampliación de antecedentes cuando fuere procedente, en los plazos que dicten los respectivos reglamentos.-

Art. 11.-División del Departamento de Evaluación de Antecedentes

El Departamento tiene una estructura compuesta por una División a cargo de un (1) Jefe de División.

Art. 12.-División de Evaluación de Antecedentes

Funciones

12.1. Colaborar con el Departamento de Evaluación de Antecedentes en el proceso de evaluación de antecedentes, siguiendo las pautas reglamentarias que correspondieren a cada concurso.

12.2. Analizar las impugnaciones de los inscriptos que fueron excluidos de la preselección.

12.3. Llevar estadísticas de las impugnaciones y su procedencia.

12.4. Participar en la formación de la calificación de antecedentes de acuerdo a los criterios de cada reglamento de concursos.

Art. 13.-Secretaría de la Comisión de Disciplina y Acusación

Funciones

13.1. Confeccionar el Orden del Día.

13.2. Llevar el Libro de Actas, incluyendo las mociones que se presenten, las resoluciones que se adopten, los dictámenes que se produzcan y las votaciones nominales, si las hubiere.

13.3. Conservar y custodiar las actuaciones y documentación obrantes en la Comisión.

13.4. Efectuar las notificaciones que dentro de la Comisión correspondan.

13.5. Dejar notas o constancias de todas las diligencias realizadas.

13.6. Poner en conocimiento de la Comisión, al comienzo de cada reunión, la nómina de asuntos ingresados, así como las comunicaciones recibidas por cualquier medio.

Art. 14-Departamentos de la Comisión de Disciplina y Acusación.

La Comisión tiene una estructura compuesta por dos (2) Departamentos, cada uno a cargo de un (1) Jefe de Departamento.

Art. 15.-Departamento de Sumarios del Área Administrativa

Funciones

15.1. Instruir las denuncias que se formulen contra funcionarios y empleados del Consejo de la Magistratura.

15.2. Elevar a la Comisión el pedido de sanciones a funcionarios y empleados del Consejo de la Magistratura.

15.3. Llevar el registro de todas las denuncias formuladas de su área, con expresa indicación del denunciante y del denunciado y causa.

15.4. Elaborar estadísticas semestrales de las denuncias recibidas.

15.5. Recibir la ratificación de las denuncias formuladas, si correspondiere.

15.6. Producir las pruebas necesarias para desarrollar la investigación de las denuncias recibidas.

15.7. Asesorar a la Comisión en todo lo relacionado a su área de competencia.

15.8. Controlar el cumplimiento de las sanciones impuestas

Art. 16.-División del Departamento de Sumarios del Área Administrativa

El Departamento tiene una estructura compuesta por una División a cargo de un (1) Jefe de División.

Art. 17.-División de Sumarios del Área Administrativa

Funciones

17.1. Sustanciar los sumarios en los que estuvieren involucrados funcionarios y empleados del Consejo de la Magistratura.

17.2. Proponer a consideración del Departamento de Sumarios del Área Administrativa las sanciones disciplinarias expulsivas de los funcionarios y empleados del Consejo de la Magistratura que deban ser resueltas por el Plenario.

17.3. Asistir a la Comisión y al Departamento de Sumarios del Área Administrativa en lo que es materia de su competencia.

17.4. Confeccionar las notificaciones que deban efectuarse con motivo de la sustanciación de sumarios y que deban ser cursadas a través del Departamento de Mandamientos y Notificaciones.

Art. 18.-Departamento de Sumarios del Área Jurisdiccional

Funciones

18.1. Instruir las denuncias que se formulen contra jueces, juezas, integrantes del Ministerio Público.

18.2. Elevar a la Comisión el pedido de sanciones contra jueces, juezas, integrantes del Ministerio Público.

18.3. Instruir las denuncias que se formulen contra funcionarios y empleados del Poder judicial.

18.4. Elevar a la Comisión el pedido de sanciones a funcionarios y empleados del Poder judicial.

18.5. Proponer a consideración de la Comisión las sanciones disciplinarias expulsivas de los funcionarios y empleados del Poder Judicial que deban ser resueltas por el Plenario.

18.6. Llevar el registro de todas las denuncias formuladas de su área, con expresa indicación del denunciante y del denunciado y causa.

18.7. Elaborar estadísticas semestrales de las denuncias recibidas.

18.8. Recibir la ratificación de las denuncias formuladas, si correspondiere.

18.9. Producir las pruebas necesarias para desarrollar la investigación de las denuncias recibidas.

18.10. Asesorar a la Comisión en todo lo relacionado a su área de competencia.

18.11. Controlar el cumplimiento de las sanciones impuestas

18.12. Confeccionar las notificaciones que deban efectuarse con motivo de la sustanciación de sumarios y que deban ser cursadas a través del Departamento de Mandamientos y Notificaciones.

18.13. Asistir al miembro acusador designado por el Consejo de la Magistratura ante el jurado de enjuiciamiento.

Art. 19.-División del Departamento de Sumarios del Área Jurisdiccional

El Departamento tiene una estructura compuesta por una División a cargo de un (1) Jefe de División.

Art. 20.-División de Sumarios del Área Jurisdiccional

Funciones

20.1. Sustanciar los sumarios en los que estuvieren involucrados funcionarios y empleados del Poder Judicial.

20.2. Sustanciar las denuncias que se inicien contra Jueces, Juezas e integrantes del Ministerio Público.

20.3. Proponer a consideración del Departamento de Sumarios del Área Jurisdiccional las sanciones disciplinarias expulsivas de los funcionarios y empleados del Poder Judicial que deban ser resueltas por el Plenario.

20.4. Asistir a la Comisión y al Departamento de Sumarios del Área Jurisdiccional en lo que es materia de su competencia.

20.5. Confeccionar las notificaciones que deban efectuarse con motivo de la sustanciación de sumarios y que deban ser cursadas a través del Departamento de Mandamientos y Notificaciones.

Art. 21.-Secretaría de la Comisión de Administración y Financiera

Funciones

21.1. Confeccionar el Orden del Día.

21.2. Llevar el Libro de Actas, incluyendo las mociones que se presenten, las resoluciones que se adopten, los dictámenes que se produzcan y las votaciones nominales, si las hubiere.

21.3. Conservar y custodiar las actuaciones y documentación obrantes en la Comisión.

21.4. Efectuar las notificaciones que dentro de la Comisión correspondan.

21.5. Confeccionar las notificaciones que deben ser cursadas a través del Departamento de Mandamientos y Notificaciones.

21.6. Dejar notas o constancias de todas las diligencias realizadas.

21.7. Poner en conocimiento de la Comisión, al comienzo de cada reunión, la nómina de asuntos ingresados, así como las comunicaciones recibidas por cualquier medio.

Art. 22.-Direcciones de la Comisión de Administración y Financiera

La Comisión tiene una estructura compuesta por cinco (5) Direcciones, cada uno a cargo de un (1) Director.

Art. 23.-Dirección de Apoyo Operativo

Funciones

23.1. Supervisar las acciones de los departamentos a su cargo.

23.2. Elaborar el plan de desarrollo para la Biblioteca del Consejo de la Magistratura.

23.3. Controlar y supervisar el archivo general del Poder Judicial.

23.4. Llevar estadísticas sobre los expedientes depositados en el Archivo General del Poder Judicial.

Art. 24.-Departamentos y División de la Dirección de Apoyo Operativo

La Dirección de Apoyo Operativo tiene una estructura compuesta por dos (2) Departamentos cada uno a cargo de un (1) Jefe de Departamento y una (1) División, a cargo de un (1) Jefe de División.

Art. 25.-Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia

Funciones

25.1. Organizar el sistema de biblioteca y jurisprudencia del Consejo de la Magistratura.

25.2. Supervisar las bibliotecas de todas las dependencias del Poder Judicial.

25.3. Mantener en condiciones todos los medios que se dispongan para su consulta pública, procurando su actualización permanente.

25.4. Procurar el mantenimiento de sistemas electrónicos actualizados para mejorar el acceso a la información y la consulta pública.

25.5. Prestar servicio de consultas a profesionales, docentes, estudiantes y público en general.

25.6. Efectuar un relevamiento permanente sobre temas y sistemas de consulta.

25.7. Relevar en forma sistemática las necesidades de materiales y registra sus altas y bajas.

25.8. Procurar herramientas para la capacitación permanente de su personal.

25.9. Recopilar los fallos y seleccionar aquellos que resulten de especial interés para su divulgación.

25.10. Hacer cumplir lo establecido en el Reglamento de Biblioteca.

25.11. Proveer al desarrollo de redes de información en la materia de su competencia.

25.12. Desarrollar y coordinar investigaciones bibliográficas.

25.13. Requerir los recursos necesarios para el procesamiento de la información.

25.14. Facilitar el intercambio de información con las distintas bibliotecas del país y del exterior.

25.15. Proponer y proyectar convenios de cooperación.

25.16. Elaborar y proponer la nomina de títulos para su compra.

25.17. Emitir un certificado, en el que conste que el Magistrado, Funcionario o Empleado no adeuda devolver o restituir libros, revistas u otros documentos perteneciente a la Biblioteca.

Art. 26.-Departamento de Archivo General del Poder Judicial

Funciones

26.1. Atender todo lo relativo al sistema de archivo general del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires para la custodia y conservación de la documentación judicial.

26.2. Proceder a la destrucción de documentación judicial del Poder Judicial que disponga el Plenario en los casos que haya perdido actualidad y no tengan validez.

26.3. Archivar con o sin término y paralizar con término, los expedientes y demás documentos, cuando así lo dispone la autoridad competente,

26.4. Vigilar el orden y la seguridad del archivo, conforme a las normas vigentes o a las que eventualmente se dicten.

26.5. Mantener un sistema de información al público sobre la documentación que se encuentra bajo su guarda y custodia, previa autorización de la Comisión de Administración y Financiera.

Art. 27.-División de Deposito Judicial

Funciones

27.1. Custodiar y velar por los bienes confiados a su depósito.

27.2. Asegurar el fiel cumplimiento respecto de lo normado en casos de secuestro, recepción de los bienes, que fueran objeto de diligencias judiciales.

27.3. Devolver bajo recibo los bienes confiados a su custodia.

27.4. Elaborar informes y estadísticas conforme le sea solicitado por este Consejo de la Magistratura para un mejor cumplimiento de sus funciones.

27.5. Llevar un libro de inventario de los bienes depositados, con su correspondiente soporte magnético de resguardo.

Art. 28.-Dirección de Programación y Administración Contable

Funciones

28.1. Efectuar los registros contables y presupuestarios del Poder Judicial.

28.2. Confeccionar el registro físico y contable de altas, bajas y ubicación de todos los bienes patrimoniales y de consumo de propiedad del Poder Judicial y controlar el inventario anual de esos bienes.

28.3. Ejecutar las políticas contables y financieras del Poder Judicial. Autorizar la liquidación por servicios, compra de bienes, contratistas, personal, tributos, aportes y contribuciones, entre otras, con la intervención previa del área competente, conforme con las reglamentaciones en vigor.

28.4. Analizar y confeccionar la información sobre ingresos, egresos y variaciones en las previsiones con el objeto de lograr un seguimiento efectivo de las operaciones corrientes a fin de adoptar, si corresponde, las acciones correctivas necesarias.

28.5. Emitir las órdenes de pago por servicios, compra de bienes, contratistas, personal, tributos, aportes y contribuciones, y remitirlas al Departamento de Tesorería.

28.6. Efectuar el recuento y control del estado de las existencias de bienes en forma periódica.

28.7. Llevar un registro de los funcionarios o empleados encargados de custodiar los bienes del Poder Judicial.

28.8. Intervenir en todos los trámites que impliquen movimientos patrimoniales por los bienes del Poder Judicial, tomando conocimiento de los mismos para su registro.

28.9. Verificar y aprobar las liquidaciones y rendiciones por pagos y cobranzas que se generen.

28.10. Disponer e instrumenta la aplicación de controles operativos, contables y financieros.

28.11. Establecer controles de registro del patrimonio, recursos y presupuesto de la jurisdicción.

28.12. Registrar los créditos presupuestarios por partidas asignadas por la ley de presupuesto y las modificaciones efectuadas a la misma.

28.13. Elevar a la Comisión de Administración y Financiera el estado de ejecución presupuestaria e informes de gestión, contable y patrimonial.

28.14. Conformar los movimientos de fondos de la Tesorería y arquear sus existencias.

28.15. Supervisar las conciliaciones bancarias, practicadas por el Departamento de Tesorería.

28.16. Ejecutar las liquidaciones de haberes conforme los reportes que le remite el Departamento de Liquidación de Haberes, y considerando las retenciones que puedan corresponder.

28.17. Disponer un sistema de registración del gasto que permita prever una correlación entre las erogaciones a efectuarse y los recursos presupuestarios para el financiamiento del Poder Judicial.

28.18. Intervenir en toda gestión de baja, donación o transferencia de bienes, a fin de elaborar el acto administrativo para su desafectación.

28.19. Llevar un registro estadístico de los bienes de consumo.

28.20. Llevar los libros rubricados de balance, diario y patrimonio y los demás que la ley determine.

28.21. Efectuar las retenciones impositivas que pudiere corresponder.

28.22. Preparar la propuesta de anteproyecto del Presupuesto del Poder Judicial, incluido el correspondiente al sub-programa de financiación del Consejo de la Magistratura.

28.23. Asesorar en lo relativo a la interpretación y aplicación de las normas técnicas para la formulación, programación, modificación y evaluación del presupuesto.

28.24. Definir cada Unidad Ejecutora, asignándole oportunamente los respectivos créditos, e integrándolos al proyecto total, teniendo en cuenta las disposiciones y limitaciones de la legislación vigente y pautas programáticas que sobre el particular se establezcan.

28.25. Evaluar y consolidar la información referida a la programación y ejecución física y financiera.

28.26. Evaluar y coordinar la tramitación de modificaciones presupuestarias.

28.27. Controlar las registraciones de la ejecución física del presupuesto del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial.

28.28. Proponer políticas y estrategias para la mejor planificación de los gastos en bienes y servicios.

28.29. Intervenir en la elaboración de planes financieros y presupuestarios que posibiliten utilizar dichos elementos con una dinámica acorde con el desarrollo requerido.

28.30. Asesorar en todo lo concerniente a los aspectos presupuestarios para la formulación de un sistema de información financiera.

28.31. Asesorar en lo relativo a la interpretación y aplicación de las normas técnicas para la formulación, programación, modificación y evaluación del presupuesto.

28.32. Controlar la ejecución del presupuesto aprobado por la legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y analizar y poner en conocimiento de la Comisión de Administración y Financiera sus desvíos.

Art. 29.-Departamentos de la Dirección de Programación y Administración Contable

La Dirección de Programación y Administración Contable tiene una estructura compuesta por tres (3) Departamentos cada uno a cargo de un (1) Jefe de Departamento.

Art. 30.-Departamento de Tesorería

Funciones

30.1. Instrumentar los pagos requeridos en el movimiento administrativo del Poder Judicial.

30.2. Efectuar el pago por servicios, compras de bienes, contratistas y controlar el mismo de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes.

30.3. Organizar los sistemas de cuentas corrientes bancarias.

30.4. Mantener actualizado un registro de firmas de los empleados intervinientes en los circuitos de pagos del Poder Judicial.

30.5. Custodiar los documentos recibidos en concepto de depósito por garantía de licitaciones.

30.6. Confeccionar el parte diario de movimientos de fondos de Tesorería.

30.7. Reponer los fondos de cajas chicas.

30.8. Custodiar los fondos rotatorios, cajas chica, sobrantes, recaudaciones propias o cualquier otro ingreso permanente o eventual.

30.9. Confeccionar las conciliaciones bancarias.

30.10. Intervenir en los pagos de haberes al personal, proveedores y gastos por el régimen de caja chica de la Tesorería.

30.11. Mantener actualizadas las registraciones contables en los libros a su cargo.

30.12. Ejercer los controles en el registro de movimiento de fondos y en el archivo de documentación.

Art. 31.-Departamento de Liquidación de Haberes

Funciones

31.1. Liquidar conforme la aplicación de los regímenes de personal del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial, las reglamentaciones relativas a licencias, compensaciones, asignaciones familiares e incompatibilidades de acuerdo a la información suministrada por el Departamento de Recursos Humanos.

31.2. Expedir la certificación de servicios, seguro de vida y demás beneficios sociales.

31.3. Administrar la información de asistencia y toda otra requerida para la liquidación de haberes.

31.4. Mantener y actualizar el registro de cargos financiados y formular la información de base para la elaboración del proyecto de presupuesto.

31.5. Confeccionar la liquidación de los haberes del personal del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial, efectuando las deducciones impositivas que corresponda.

31.6. Llevar un registro de embargos trabados sobre las remuneraciones de agentes.

31.7. Controlar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el alta de personal, previo a toda liquidación de haberes.

31.8. Verificar previo a la liquidación final de haberes por extinción de la relación de empleo de los Magistrados, Funcionarios o Empleados que se encuentre emitido, por parte del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia un certificado en el que conste que no adeuda devolver o restituir libros, revistas u otros documentos pertenecientes a la biblioteca.

Art. 32.-Departamento de Asignación e Imputación Presupuestaria

Funciones

32.1. Llevar de manera actualizada el clasificador de gastos y planes de cuenta, para su correcta imputación a cada partida.

32.2. Preparar las planillas de requerimiento de información.

32.3. Remitir a cada Unidad Ejecutora las planillas de requerimiento de información.

32.4. Recibir la respuesta de los responsables de cada Unidad Ejecutora.

32.5. Controlar la consistencia de los datos y de ser necesario y requerir la asistencia del Departamento de Legislación y Asesoramiento Legal.

32.6. Efectuar la propuesta de asignación de los montos correspondientes a cada Unidad Ejecutora, conforme al clasificador de gastos.

32.7. Elaborar el presupuesto preliminar del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial, en coordinación con las unidades ejecutoras.

32.8. Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual.

32.9. Evaluar los antecedentes y proceder a la tramitación de las modificaciones presupuestarias que pudiere corresponder.

Art. 33.-Dirección de Compras y Contrataciones

Funciones

33.1. Dirigir, coordinar y supervisar los procesos de compras y contrataciones.

33.2. Elevar a consideración del Plenario de Consejeros los proyectos de contratos a firmarse, la modificación o rescisión de contratos firmados, previa intervención del Departamento de Dictámenes y Procedimientos Administrativos.

33.3. Recibir y tramitar las solicitudes de compras o provisión de servicios de las distintas dependencias y formular el plan anual de compras y contrataciones de bienes y servicios.

33.4. Supervisar la documentación relativa a los procedimientos de selección necesarios para las adquisiciones en general, contratos de locación de obras y servicios, así como también la gestión de éstos hasta su culminación.

33.5. Llevar el registro de legajos de proveedores y los demás registros a su cargo, y custodiar la documentación existente en la Dirección de Compras y Contrataciones.

33.6. Asistir a las comisiones de pre-adjudicaciones y recepción, asesorando en la materia.

33.7. Proyectar la resolución definitiva en las impugnaciones que presenten las firmas proveedoras, previa intervención del Departamento de Dictámenes y Procedimientos Administrativos.

33.8. Supervisar la confección de los pliegos, llevar a cabo los procedimientos necesarios para las compras y contrataciones y elaborar los actos administrativos de los procedimientos y adjudicaciones.

33.9. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones contractuales en lo que es materia de su competencia.

33.10. Planificar, programar y controlar el mantenimiento de los bienes muebles.

33.11. Efectuar la convocatoria a las áreas pertinentes para la confección del plan anual de compras y contrataciones, de acuerdo con las respectivas previsiones presupuestarias y normativa vigente.

Art. 34.-Departamento de la Dirección de Compras y Contrataciones

La Dirección de Compras y Contrataciones tiene una estructura compuesta por un (1) Departamento a cargo de un (1) Jefe de Departamento.

Art. 35.-Departamento de Procedimientos de Contrataciones

Funciones

35.1. Encuadrar la contratación de acuerdo a los pliegos de bases y condiciones generales.

35.2. Controlar el cumplimiento de los procedimientos previos al inicio de la compra o contratación.

35.3. Controlar el procedimiento de contratación

35.4. Asistir en todo el proceso de contratación, realizando los actos administrativos que correspondan.

35.5. Capacitar al personal que integre las comisiones previstas en los pliegos.

35.6. Sugerir al Plenario de Consejeros los integrantes de la comisión que corresponda.

35.7. Requerir a las áreas solicitantes de la contratación el cumplimiento de los requisitos necesarios para llevar a delante la misma.

35.8. Proponer los pliegos de bases y condiciones generales, como así también cualquier otro instrumento que sea necesario para desarrollar sus competencias

Art. 36.-El Departamento de Procedimientos de Contrataciones tiene una estructura compuesta por tres (3) Divisiones cada una a cargo de un (1) Jefe de División.

Art. 37.-División de redacción de pliegos y documentación

Funciones

37.1. Proponer reformas a la redacción del Pliego de Bases y Condiciones Generales y redactar los Pliegos de Condiciones Particulares y de especificaciones técnicas, cuando corresponda, excepto los concernientes a la Dirección de Infraestructura y Obra.

37.2. Proceder a realizar las invitaciones a oferentes.

37.3. Establecer el marco jurídico aplicable para cada contratación.

37.4. Requerir la información necesaria a las áreas especializadas para la redacción de los pliegos de condiciones particulares o pliegos de especificaciones técnicas, salvo los elevados por la Dirección de Infraestructura y Obras

37.5. Solicitar la opinión de las áreas comprometidas en el proceso de contratación.

Art. 38.-División de Recepción y Custodia

Funciones

38.1. Recibir, clasificar e informar los bienes adquiridos.

38.2. Asistir a la comisión de recepción en las compras y contrataciones.

38.3. Custodiar los bienes que tenga bajo su responsabilidad.

38.4. Poner a disposición del área competente los bienes requeridos por las diferentes dependencias.

38.5. Realizar informes mensuales sobre las existencias de los bienes bajo su custodia, con el detalle de altas y bajas.

Art. 39.-División de Control y Ejecución de las Contrataciones

Funciones

39.1. Controlar que los bienes y servicios contratados cumplan con las normas legales vigentes y las condiciones técnicas requeridas

39.2. Realizar los informes necesarios para analizar y controlar el stock de bienes y sus variaciones.

39.3. Controlar el proceso de devoluciones a los proveedores y de asignación a las distintas dependencias.

39.4. Informar al Plenario de Consejeros sobre el estado de las Compras y Contrataciones que se requieran.

39.5. Controlar la ejecución de los contratos firmados por el Consejo.

39.6. Informar el avance de las contrataciones en ejecución, como así también el cumplimiento de las prestaciones contratadas.

39.7. Recomendar la aplicación de sanciones a los contratistas, cuando corresponda.

39.8. Llevar un registro de los legajos de los proveedores que refleje el cumplimiento de las obligaciones contraídas.

39.9. Desarrollar las tareas que le delegue el Departamento de Procedimiento de Contrataciones.

Art. 40.-Dirección de Infraestructura y Obras

Funciones

40.1 Dirigir las acciones necesarias para asegurar la operatividad de los edificios y de las instalaciones del Poder Judicial.

40.2 Intervenir y asesorar en todo lo referente a la infraestructura física y de servicios que requiera la instalación y el funcionamiento de los edificios del Poder Judicial.

40.3 Administrar y mantener el sistema de información relativo a la infraestructura de edificios, equipamientos y servicios

40.4 Formular y proponer políticas, objetivos, planes, programas y proyectos para el desarrollo de la actividad.

40.5 Realizar estudios y efectuar propuestas para el más racional y económico aprovechamiento de los edificios e instalaciones.

40.6 Prestar asesoramiento y asistencia técnica en materia de su competencia y en todo asunto vinculado con la misma que sea consultado.

40.7 Determinar las políticas de mantenimiento y el control de gestión de las mismas, en los edificios del Poder Judicial, y en los que en el futuro se creen, proponiendo pautas, métodos y técnicas para su mejor funcionamiento.

40.8 Elaborar estándares de calidad para la normalización y catalogación de los bienes muebles e inmuebles de uso común en el Poder Judicial.

40.9 Asesorar en todo proceso de contratación de obras, compraventa, cesión o locación de inmuebles, o de servicios no personales relacionados con las funciones encomendadas.

40.10Estudiar y proponer la aplicación de tecnologías en los procesos de su competencia y administración.

40.11Prestar asistencia y asesoramiento a los cuerpos técnicos y dependencias administrativas del Consejo de la Magistratura, proponiendo pautas para la confección de informes, sus metodologías, cálculos explicitados y estimaciones objetivas.

40.12Disponer la reutilización de las áreas funcionales de los edificios del Poder Judicial.

40.13Asesorar en los procesos de preadjudicación y/o recepción definitiva de bienes y servicios, cuando le sea requerido.

40.14Redactar los pliegos de condiciones particulares, especificaciones técnicas, planilla de cotización, cómputo y presupuesto para cada contratación referente a obra pública y mantenimiento.

40.15Planificar y dirigir los programas de mantenimiento preventivo, cambios y reparaciones.

40.16Supervisar la ejecución de obras, tareas y servicios y la conducción del personal obrero, de maestranza y de servicios generales.

40.17Entender en el mantenimiento de los edificios y sus bienes.

40.18Efectuar las acciones necesarias para asegurar la coordinación, y excelencia de los programas de optimización de las comunicaciones.

Art. 41.-Departamentos de la Dirección de Infraestructura y Obras

La Dirección de Infraestructura y Obras tiene una estructura compuesta por dos (2) Departamentos, cada uno a cargo de un (1) Jefe de Departamento

Art. 42.-Departamento de Obras

Funciones

42.1. Elaborar planes, programas y proyectos de Obras que les sean encomendadas por la Dirección, preparando los estudios previos, análisis de prefactibilidad, cálculos estructurales, planos, especificaciones técnicas, pliegos y demás documentos necesarios para cada obra en particular.

42.2. Analizar las necesidades generales en materia de estructura funcional y edilicia de los edificios dependientes del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires proponiendo el plan de acción para atender dichas necesidades.

42.3. Elevar las previsiones anuales de obras y demás trabajos necesarios, conjuntamente con los plazos propuestos de ejecución y sus correspondientes requerimientos presupuestarios.

42.4. Realizar el seguimiento de los trabajos programados y la ejecución del presupuesto asignado en cada caso, realizando la evaluación de los mismos para informar a la Dirección.

42.5. Mantener permanentemente actualizados los planos correspondientes a los edificios del Consejo de la Magistratura y del Poder Judicial.

42.6. Proponer el listado de empresas a invitar en cada contratación del área de su competencia.

Art. 43.-Divisiones del Departamento de Obras

El Departamento de Obras tiene una estructura compuesta por dos (2) Divisiones, cada una a cargo de un (1) Jefe de División

Art. 44.-División de Obras

Funciones

44.1. Confeccionar planes de necesidades funcionales para los proyectos y especificaciones técnicas.

44.2. Realizar los relevamientos físicos necesarios y el análisis de la documentación del terreno, edificios o locales que se proyecten.

44.3. Analizar la estructura funcional de los edificios o dependencias del Poder Judicial, a los fines de la asignación de los espacios.

44.4. Estudiar la ocupación de los edificios, los flujos de empleados, del público y de los servicios indispensables para los mismos.

44.5. Confeccionar anteproyectos, planos y memorias descriptivas para la mejor descripción del hecho arquitectónico, incluidos pautas, parámetros y cualquier otra acotación técnica necesaria que no surjan de los planos.

44.6. Preparar la documentación técnica necesaria para la ejecución de las obras, planos, detalles constructivos, estructurales y de obras complementarias.

44.7. Encomendar y controlar a asesores externos en temas referidos a los cálculos estructurales, sistema de climatización, instalación sanitaria, instalación eléctrica, informática y corrientes débiles, etc., de los proyectos de obra y de los inmuebles que se fueran a adquirir.

44.8. Verificar la realización de los trabajos y obras que se ejecuten con personal propio, por administración o por gestión directa, atendiendo a resolver las demandas de Mantenimiento y/o emergencia, actuando como Responsable Técnico en las obras que el Consejo de la Magistratura ejecute por sí, mediante su personal y/o por terceros.

44.9. Coordinar con otras áreas y dependencias del Consejo las acciones tendientes a lograr la celeridad y la optimización de las respuestas, especialmente en los casos que afecten a cuestiones de emergencia edilicia o de adecuada prestación de los servicios.

44.10. Realizar la inspección de las obras realizadas por terceros y la supervisión de la ejecución de las obras menores que se realicen por distintas formas de contratación.

44.11. Suscribir el Acta de Iniciación de los trabajos y del Libro de Ordenes de Servicio y/o el Libro de Comunicaciones conjuntamente con el Director Técnico de la empresa adjudicataria de los trabajos.

44.12. Controlar la correcta interpretación de los documentos del contrato y sus modificaciones.

44.13. Establecer patrones de calidad de aceptación de los trabajos y materiales, instruyendo a los representantes técnicos de las empresas adjudicatarias respecto a estas cuestiones.

44.14. Verificar el cumplimiento del plan de trabajos y curva de inversiones y en su caso proponer medidas correctivas si existiesen desvíos.

44.15. Aprobar o rechazar los certificados de obra elevándolos al Departamento de obras para su intervención o en su caso notificar al contratista de las causales de su rechazo; en este segundo caso podrá proceder a extender certificados de oficio, adecuándolos al avance real de los trabajos, a los precios y a las demás condiciones del contrato.

44.16. Inspeccionar y fiscalizar las obras ejecutadas por terceros

44.17. Realizar la verificación técnica de los trabajos

44.18. Controlar y participar en las mediciones de obra

44.19. Ordenar y observar la ejecución de pruebas y ensayos dispuestos por los pliegos de especificaciones técnicas o aquellos que aunque no se encuentren expresamente prescriptos, sean de habituales, de uso y costumbres, informando en todos los casos los resultados

Art. 45.-División de Especificaciones Técnicas

Funciones

45.1. Cuantificar los requerimientos de materiales y mano de obra de los proyectos.

45.2. Asignar el valor de los rubros y desarrollar el presupuesto definitivo de obra.

45.3. Analizar todos los componentes del costo de las obras, incluido el beneficio de la Empresa adjudicataria.

45.4. Analizar los adicionales o economía de obra que pudiera surgir con relación a imprevistos.

45.5. Relevar, procesar y actualizar información de materiales de construcción, mano de obra, proveedores y precios.

45.6. Estudiar y proponer para cada caso el encuadre legal y el tipo de sistema de contratación a aplicar.

45.7. Confeccionar los pliegos de bases y condiciones técnicas generales y particulares, especificaciones técnicas y las planillas de cotización, cómputo y presupuesto, tomando en consideración los aspectos técnicos generales y particulares en cada obra.

45.8. Atender la administración de contratos y el seguimiento de las obras en lo que hace a su avance, cumplimiento de plazos y sanciones por incumplimiento de los aspectos técnicos.

45.9. Intervenir y evaluar los certificados de obra y el certificado final del cierre de cuentas y cualquier otra cuestión vinculada con la materia.

Art. 46.-Departamento de Mantenimiento

Funciones:

46.1. Coordinar el régimen de intendencias.

46.2. Elaborar estándares de calidad para la normalización y catalogación de servicios e insumos de uso común del Poder Judicial.

46.3. Proponer un sistema de recepción y control de calidad de bienes y servicios.

46.4. Efectuar las adecuaciones de la infraestructura edilicia, de los elementos de protección contra incendios y observar el uso de equipos y elementos de protección personal, de acuerdo con las normas de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

46.5. Coordinar el mantenimiento de los elementos destinados a la prevención de incendios.

46.6. Coordinar los servicios brindados por el personal del área, inherentes al mantenimiento de los edificios.

46.7. Atender todos los servicios de los edificios del Poder Judicial.

46.8. Coordinar las tareas de traslados de bienes y adecuación de locales dentro de los edificios del Poder Judicial e informar a la Dirección de Contaduría para su reclasificación en el inventario.

46.9. Supervisar las prestaciones relacionadas con los servicios, vigilancia y limpieza.

46.10. Mantener y conservar las estructuras edilicias del Poder Judicial.

46.11. Intervenir y asesorar en todo lo referente a la infraestructura física y de servicios.

46.12. Asistir y asesorar a la Dirección a los efectos del cumplimiento de los cometidos que le son propios, como así también, para poder cumplir las metas y objetivos que esta se proponga.

46.13. Asistir y colaborar con las demás dependencias elaborando manuales de procedimientos para los procesos técnicos vinculados a su área.

46.14. Confeccionar los pliegos de condiciones particulares, especificaciones técnicas y las planillas de cotización, cómputo y presupuesto en relación con los servicios generales.

Art. 47.-División del Departamento de Mantenimiento

El Departamento de Mantenimiento tiene una estructura compuesta por una (1) División, a cargo de un (1) Jefe de División

Art. 48.-División de Mantenimiento de Edificios

Funciones

48.1. Ejecutar las obras de refacciones, ampliaciones, reparaciones, mantenimiento y otras que se autoricen.

48.2. Supervisar los grupos y cuadrillas en los trabajos de albañilería, pintura, sanitarios, electricidad y otros que se requieran

48.3. Apoyar la gestión de las Intendencias proponiendo directivas, pautas, métodos y técnicas para su mejor funcionamiento.

48.4. Receptar, estudiar y diligenciar los requerimientos de las Intendencia.

48.5. Organizar reuniones de trabajo e intercambio de experiencias y problemas comunes de los Intendentes

Art. 49.-Intendencias de la División de Mantenimiento de edificios

Todos los edificios del Poder Judicial y del Consejo de la Magistratura cuentan con un (1) intendente, cada uno a cargo de un (1) Jefe de Sección.

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