Art. 1º: Conceder licencia extraordinaria por enfermedad de largo tratamiento a partir del día 16 de febrero y hasta la licencia por maternidad o la obtención del alta médica, de conformidad con lo establecido en el art. 56 de la Res. Pres. N° 1259/15, a la Dra. María Samantha Salmun Feijoo, Secretaria en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 20.