SE DECLARA COMO INHABILES PARA LAS FISCALIAS EN LO CONTR. NRO. 8 Y 11 DEL M. P. DE LA CABA LOS DIAS 8 Y 9 DE JUNIO SIN PERJUICIO DE LA VALIDEZ DE LOS ACTOS CUMPLIDOS EN LOS TERMINOS PREVISTOS EN LOS ARTS. 1.5 P. PARRAFO Y 1.5.2. DEL REGL. GRAL ORG. Y FUNC