RES. Nº 474/2006

Reiterar el pedido de recursos al Ministerio de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, formalmente formulado mediante Notas de Presidencia Nros. 122/2006 y 253/2006, librando a tales fines la pertinente Nota al Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad, con copia al Sr. Presidente de la Legislatura, al Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas y al Sr. Subsecretario de Justicia.

Reiterar el pedido de recursos al Ministerio de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, formalmente formulado mediante Notas de Presidencia Nros. 122/2006 y 253/2006, librando a tales fines la pertinente Nota al Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad, con copia al Sr. Presidente de la Legislatura, al Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas y al Sr. Subsecretario de Justicia.

Reiterar el pedido de recursos al Ministerio de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, formalmente formulado mediante Notas de Presidencia Nros. 122/2006 y 253/2006, librando a tales fines la pertinente Nota al Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad, con copia al Sr. Presidente de la Legislatura, al Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas y al Sr. Subsecretario de Justicia.

Buenos Aires, 27 de junio de 2006

 

 

RES. N° 474/2006

 

 

 

VISTO:

Las facultades conferidas al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31, y

 

 

CONSIDERANDO:

Que a partir de la crisis económica que ha vivido el país durante los últimos años, el costo de vida ha sufrido importantes alteraciones.

Que, sin bien el Consejo de la Magistratura ha otorgado incrementos salariales durante los años 2003, 2004 y 2005, los mismos no alcanzan a paliar la merma en el poder adquisitivo de los agentes de la Justicia de la Ciudad.

Que, en dicho contexto, se llevó adelante el proceso de negociación salarial previsto en el Convenio Marco aprobado por Resolución CM 507/2005, arribándose a la suscripción el día 1° de junio de un Acta Acuerdo con las entidades representativas de magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sujeta a la aprobación final del Plenario .

Que, asimismo, las autoridades de este Consejo de la Magistratura realizaron múltiples diligencias a fin de obtener un refuerzo presupuestario que posibilitara paliar el desfinanciamiento de la Justicia local, y proceder a la recomposición salarial de quienes se desempeñan en ella, manteniendo reuniones con la Comisión de Presupuesto de la Legislatura, el Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Ciudad y la Subsecretaría de Justicia local.

Que dan cuenta de ello la Nota de Presidencia N° 122/2006, remitida a la por entonces Secretaría de Hacienda y Finanzas, con copia a la Presidencia de la Comisión de Presupuesto de la Legislatura, del día 13 de febrero de 2006; y la Nota de Presidencia N° 253/2006, de fecha 7 de abril del corriente año, dirigida al Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.

Que la Constitución de la Ciudad, en su artículo 53, establece que los poderes públicos sólo pueden contraer obligaciones y realizar gastos de acuerdo con la Ley de Presupuesto y las específicas que a tal efecto se dicten.

Que, en igual sentido, el artículo 53 de la Ley N° 70 establece que los créditos del presupuesto de gastos que haya aprobado la Legislatura constituyen el límite máximo de las autorizaciones disponibles para gastar.

Que, a la fecha, no se ha obtenido respuesta favorable a la solicitud de refuerzo presupuestario formulada, lo que conforme la normativa vigente constituye un obstáculo para efectivizar un aumento hasta que existan las partidas pertinentes.

Que, en virtud de lo expuesto, cabe reiterar el pedido de recursos realizado al Ministerio de Hacienda y Finanzas, mediante nota al Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad, con copia al Sr. Presidente de la Legislatura, al Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas y al Sr. Subsecretario de Justicia.

Que, asimismo, resultando necesario recomponer los salarios, teniendo en vista la cláusula 2ª del Acta Acuerdo del día 1° de junio y considerando la pauta de recomposición salarial seguida tanto a nivel nacional como local, el Plenario estima conveniente disponer un incremento salarial del 19 % (diecinueve por ciento) para todas las categorías del Poder Judicial de la Ciudad –excluidos los Sres. Consejeros-, retroactivo al día 1° de junio de 2006, condicionado a la efectiva asignación por el órgano competente de las partidas presupuestarias requeridas.

Que, por otra parte, sometida a la consideración del Cuerpo la cláusula 3ª del Acta referida en el párrafo precedente, la misma resulta aprobada, estableciéndose como salario de enganche definitivo, en los términos del artículo 2° del “Convenio Marco Salarial” aprobado por Resolución CM N° 507/2005, a partir del día 1° de enero de 2007, el salario del Juez de Cámara de Apelaciones del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que también cuenta con opinión favorable por parte del Plenario la aprobación de la cláusula 5ª del Acta Acuerdo citada, haciéndose saber a la Comisión de Administración y Financiera que se aspira a que, progresivamente, en el futuro el porcentaje correspondiente a la categoría “Auxiliar de Servicio” del Área Jurisdiccional, alcance el 25% (veinticinco por ciento) en relación al salario de enganche.

Que, finalmente, considerada la cláusula 9ª del Acta mencionada, los Sres. miembros del Plenario acuerdan instruir a la Dirección de Programación y Administración Contable para que se incluya en el proyecto de presupuesto para el ejercicio 2007, la previsión de un incremento salarial del 12 % (doce por ciento) a partir del día 1° de abril de 2007.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LACIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

Art. 1°: Reiterar el pedido de recursos al Ministerio de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, formalmente formulado mediante Notas de Presidencia Nros. 122/2006 y 253/2006, librando a tales fines la pertinente Nota al Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad, con copia al Sr. Presidente de la Legislatura, al Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas y al Sr. Subsecretario de Justicia.

Art. 2°: Disponer un incremento remunerativo para todos los agentes del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -excluidos los Sres. Consejeros- del 19 % (diecinueve por ciento), retroactivo al 1° de junio de 2006, condicionado a la efectiva asignación por el órgano competente de las partidas presupuestarias requeridas.

Art. 3°: Establecercomo salario de enganche definitivo, en los términos del artículo 2° del “Convenio Marco Salarial” aprobado por Resolución CM N° 507/2005, a partir del día 1° de enero de 2007, el salario del Juez de Cámara de Apelaciones del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 4°: Hacer saber a la Comisión de Administración y Financiera que se aspira a que, progresivamente, en el futuro el porcentaje correspondiente a la categoría “Auxiliar de Servicio” del Área Jurisdiccional, alcance el 25% (veinticinco por ciento) en relación al salario de enganche.

Art. 5°: Instruir a a la Dirección de Programación y Administración Contable para que se incluya en el proyecto de presupuesto para el ejercicio 2007, la previsión de un incremento salarial del 12 % (doce por ciento) a partir del día 1° de abril de 2007.

Art. 6°: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial de la Ciudad www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a todas las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, oportunamente, archívese.

RESOLUCION Nº 474 /2006

 

 

 

 

Carla Cavaliere SecretariaMaría Magdalena Iráizoz Vicepresidenta a cargo de la Presidencia

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