Art. 1º: Denegar al agente Augusto Tomás Martin, Legajo Nº 4638, la prórroga de la licencia excepcional sin goce de haberes, a partir del día 01 de febrero de 2023 y hasta el día 31 de enero de 2025 inclusive, en atención a lo manifestado ut supra, conforme lo establecido en el artículo 65 del Reglamento Interno del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Res. CM N° 170/2014) y en el artículo 68 del Convenio Colectivo General de Trabajo del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Res. Pres. N° 1259/2015).