Establecer feria judicial desde el día 30 de abril al 15 de mayo de 2008, para el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario Nº 6, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se hayan cumplido.
Buenos Aires, 29 de abril de 2008
RES. N° 267 /2008
VISTO:
La presentación del Sr. Administrador General, Dr. Lucio Ponsa Gandulfo, y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota de fecha 25 de abril del año en curso, el Dr. Lucio Ponsa Gandulfo eleva la nota Nº 308/08 de la Dirección General de Infraestructura y Obras mediante la cual se informa que se llevarán a cabo tareas de refacción en el Juzgado CAyT Nº 6, a cargo de la Dra. Patricia López Vergara.
Que en virtud de ello se solicita la suspensión de tareas del Juzgado mencionado ut supra desde el día 30 de abril al 15 de mayo inclusive del año en curso, a fin de llevar a cabo las refacciones pertinentes.
Que en consecuencia, las circunstancias descriptas constituyen suficiente razón para que este Consejo declare feria judicial para el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario Nº 6, desde el día 30 de abril al 15 de mayo del año en curso, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos, en los términos y con los alcances previstos en los art. 1.5 párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Res. CM Nº 152/1999 y sus modificatorias.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad, y la Ley N° 31 y el Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM Nº 152/1999,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1°: Establecer feria judicial desde el día 30 de abril al 15 de mayo de 2008, para el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario Nº 6, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se hayan cumplido.
Art. 2º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de internet del Poder Judicial, comuníquese a los Sres. Titulares del Ministerio Público, a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, al Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario Nº 6 y, oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN N° 267 /2008.
Juan Pablo Mas Velez Secretario
Carla Cavaliere Presidenta