Aprobar la celebración de un convenio con el Instituto Universitario ESEADE
Aprobar la celebración de un convenio con el Instituto Universitario ESEADE
Aprobar la celebración de un convenio con el Instituto Universitario ESEADE
Buenos Aires, 11de diciembre de 2003
RES. N° 849/2003
VISTO:El informe presentado por el Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial con relación a la firma de un convenio con el Instituto Universitario ESEADE (Escuela de Economía y Administración de Empresas), y
CONSIDERANDO:Que la entidad ofrece un arancel preferencial consistente en un 20% (veinte por ciento) de descuento sobre las cuotas correspondientes a sus carreras de posgrado a favor de los magistrados, integrantes del Ministerio Público, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con excepción de matrícula y derecho de tesis, que serán abonados integramente por los cursantes.
Que ello no supone erogación alguna por parte de este Consejo de la Magistratura.
Que la Secretaría Ejecutiva del Centro de Formación Judicial evalúa positivamente la propuesta, y señala que el convenio se ajusta a lo establecido en el artículo 44 de la Ley 31 y a los términos de la Resolución CM nº 115/03.
Que a los efectos de integrar la Unidad de Coordinación prevista en la mecánica del convenio resulta conveniente designar al Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial y a su Jefe de Departamento.
Por ello,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRESRESUELVE:
Art. 1º: Apruébase la celebración de un convenio con el Instituto Universitario ESEADE (Escuela de Economía y Administración de Empresas), en los términos del modelo que como Anexo I integra la presente.
Art. 2º: Desígnase al Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial como miembro titular en representación del Consejo de la Magistratura, de la Unidad de Coordinación de dicho Convenio y como miembro suplente al Jefe de Departamento del Centro de Formación Judicial.
Art. 3°: Regístrese, comuníquese, difúndase en la página de Internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.jusbaires.gov.ar), publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad y oportunamente, archívese.
RESOLUCION N° 849/2003
Diego May Zubiría Bettina Paula Castorino
María Magdalena Iráizoz Juan Sebastián De Stefano
María Celia Marsili Abel M. Fleitas Ortiz de Rozas (no firma por encontrarse en uso de licencia)
Res. N° 849/2003Anexo I
CONVENIO
Entre el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en adelante denominado "EL CONSEJO", con domicilio en la Av. Leandro N. Alem 684, de la Ciudad de Buenos Aires, representado en este acto por su Presidenta, Dra. Bettina Paula Castorino y el INSTITUTO UNIVERSITARIO ESEADE (Escuela de Economía y Administración de Empresas), con domicilio en la calle Uriarte 2472, de la Ciudad de Buenos Aires, representada en este acto por su Rector, Dr. Martín Krause, en adelante "ESEADE", se formaliza el presente convenio sujeto a las cláusulas que a continuación se establecen:
PRIMERA: ESEADE ofrece un arancel preferencial consistente en un 20% (veinte por ciento) de descuento sobre las cuotas correspondientes a sus cursos y carreras de posgrado a favor de los magistrados, integrantes del Ministerio Público, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con excepción de matrícula y derecho de tesis, que serán abonados integramente por los cursantes.
SEGUNDA: EL CONSEJO acepta el arancel preferencial y se compromete a difundir el contenido del presente convenio entre los magistrados, integrantes del Mnisterio Público, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El cumplimiento del presente convenio, no implicará ninguna erogación por parte del CONSEJO.
TERCERA: Si EL CONSEJO resolviera otorgar becas informará a ESEADE los datos de los becarios.
CUARTA: A los efectos de determinar y supervisar las actividades que deriven de la aplicación del presente convenio, las partes acuerdan la creación de una Unidad de Coordinación, que estará integrada por 1 (un) miembro titular y 1 (un) miembro suplente por cada una de ellas. Por el CONSEJO, será el Dr. Eduardo Molina Quiroga, Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial como miembro titular, y el Dr. Carlos María Parise, Jefe de Departamento de Formación Judicial y Administrativa, como miembro suplente.Por ESEADE será el Dr. Martín Krause, como miembro titular, y el Dr. Manuel Quintana, como miembro suplente.
QUINTA: Este convenio se celebra por el término de 2 (DOS) años a partir de su firma, pero se considera automáticamente prorrogado por períodos similares si ninguna de las partes funda una voluntad contraria con una anticipación de por lo menos 30 (TREINTA) días con relación a la fecha de vencimiento. No obstante ello, cualquiera de las partes podrá denunciarlo unilateralmente sin expresión de causa mediante preaviso escrito a la otra parte efectuado con una antelación de por lo menos 30 (TREINTA) días. En tal eventualidad, no se alterarán las becas anuales ya otorgadas. La denuncia no dará derecho a las partes a reclamar indemnización de naturaleza alguna.
SEXTA: Las partes acuerdan, para el caso de controversia entre ellas, someterse a la jurisdicción del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
PREVIA LECTURA Y RATIFICACIÓN de los términos precedentes, se firman dos ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a los ... días del mes de ... de dos mil tres