RES. SCAyF Nº 048/2006

Aprobar lo actuado en la contratación mediante Trámite Simplificado N° 01/2006, y adjudicar el renglón 1, a la firma Muresco SA. la adquisición y colocación de 320 metros cuadrados de alfombra, para las oficinas ubicadas en el tercer piso del edificio sito en Beruti 3345

Aprobar lo actuado en la contratación mediante Trámite Simplificado N° 01/2006, y adjudicar el renglón 1, a la firma Muresco SA. la adquisición y colocación de 320 metros cuadrados de alfombra, para las oficinas ubicadas en el tercer piso del edificio sito en Beruti 3345

Aprobar lo actuado en la contratación mediante Trámite Simplificado N° 01/2006, y adjudicar el renglón 1, a la firma Muresco SA. la adquisición y colocación de 320 metros cuadrados de alfombra, para las oficinas ubicadas en el tercer piso del edificio sito en Beruti 3345

 

Buenos Aires, 31 de marzo de 2006

 

RESOLUCIÓN SCAyF N° 48 /2006

 

VISTO:

 

Las constancias obrantes en el Expediente DCC N° 012/06-0, de las que surge la necesidad de adquirir y colocar alfombras en el tercer piso del edificio sito en Beruti 3345; y

 

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/2 se agrega la solicitud de la Dirección de Infraestructura y Obras, a favor de la adquisición y colocación de 320 metros cuadrados de alfombra, para las oficinas ubicadas en el tercer piso del edificio sito en Beruti 3345, perteneciente al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Que el presupuesto estimado para la presente contratación asciende a la suma de nueve mil seiscientos pesos ($ 9.600,00) IVA incluido, cuya entidad permite la aplicación de la Resolución CM N° 567/03 y su modificatoria Resolución CM N° 1041/05, para el llamado a contratación mediante Trámite Simplificado.

 

Que se cuenta con fondos suficientes para la presente erogación, conforme se acredita con la Constancia de Registración N° 2006-02000238, de fojas 22 y 23.

 

Que a fojas 13/16 obra agregado el Pliego de Condiciones Particulares para esta contratación.

 

Que la Dirección de Compras y Contrataciones elaboró el modelo de invitación y el listado de empresas a invitar, confeccionado con las consultas del Registro Unico y Permanente de Proveedores GCABA y con otras firmas (fs. 18/20).

 

Que mediante dictamen N°1049/06, el Departamento de Dictámenes y Procedimientos Administrativo, se expidió sobre la vigencia de la Res. CM N° 567/03, que reglamenta el Trámite Simplificado para aquellas contrataciones menores, que no excedan la suma de Pesos diez mil ($10.000.-).

 

Que al respecto, dicho Departamento entiende que “si bien para el dictado de la referida resolución se citaron diversos artículos de la Ley 31, en realidad su único fundamento es la facultad que tiene el Consejo de la Magistratura, conforme lo dispone el art. 116 inc. 3 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y el art. 2 inc. 3 de la Ley 31; éstas normas ni pueden ni han sido derogadas por la Ley 1904. .. únicamente reglamenta el procedimiento con que se han de realizar las contrataciones directas de menor cuantía.”

 

Que asimismo, conforme a la cláusula I del Anexo I de la Res. CM 567/03, se podrán realizar por el procedimiento de trámite simplificado, cualquiera de los casos de contratación directa encuadrados en el art. 56, inc. 3 del del Decreto Ley 23.354/56, siempre que el monto estimado fuera de hasta diez mil pesos ($10.000), incluidas las ampliaciones y opciones de prórroga.

 

Que el llamado deberá publicarse en la cartelera de la sede del Consejo, y anunciarse en la página de internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar).

 

Que según el Acta de Apertura de la contratación mediante trámite simplificado, se constató la presentación de dos ofertas, dejándose expresa constancia en ella que una de las ofertas, contenida en el sobre N° 2, fue presentada extemporáneamente.

 

Que la Dirección Compras y Contrataciones elaboró el cuadro de la documentación presentada (fs. 106) sin considerar la oferta extemporánea y el detalle de la única oferta presentada en tiempo y forma, en este caso correspondiente a la firma Muresco SA. (fs. 107)

 

Que la oferta de la firma Muresco SA cotiza, erróneamente, 464 metros cuadrados de alfombra y su colocación, pero el precio unitario es correcto y adecuado al presupuesto oficial.

 

Que a fs. 108/117 se agregan las consultas efectuadas al Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Que mediante Nota N° 368 - DCC - CM - 06 la Dirección de Compras y Contrataciones solicitó a la Dirección de Infraestructura y Obras el informe técnico correspondiente y aclaración sobre la cantidad de metros requerida, en virtud de la diferencia existente entre lo solicitado en el Pliego y lo consignado por el oferente en el sobre N° 1.

 

Que a fs. 119 la Dirección de Infraestructura y Obras informa que el renglón cotizado por la firma Muresco SA. cumple con las especificaciones técnicas requeridas en el PCP. y que la superficie a alfombrar es de 324 metros cuadrados,

 

Que agrega, además, que antes de alfombrar es imprescindible llevar a cabo trabajos complementarios de nivelación sobre 190 metros cuadrados, para emparejar la superficie sobre la cual se colocará la alfombra y la adquisición y colocación de 2 varillas de aluminio

 

Que consultado el órgano de asesoramiento jurídico permanente, aconseja desestimar la oferta presentada en el sobre N° 1, ya que al cotizar más metros que los previstos en el pliego contiene una propuesta distinta a la solicitada, dictaminando en definitiva que estamos ante un error de cotización, en los términos del art. 61, inc. 69 del Decreto 5720/72.

 

Que no obstante dicha opinión, resulta aplicable el inc. 68 del art. 61, que dispone "Si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará éste último como precio cotizado". En el caso, se verifica un precio total erróneo por haber sido calculado en base a una medida superior a la requerida en el pliego.

 

Que calculando el precio total según los metros requeridos en el llamado (320mts.), y el precio unitario cotizado por Muresco SA, se obtiene el precio correcto, que además, encuadra en los límites del trámite.

 

Que consecuentemente, corresponde adjudicar a la firma Muresco SA. la adquisición y colocación de 320 metros cuadrados de alfombra, que es la superficie determinada en el pliego de la contratación.

 

Que sin perjuicio de ello, la Dirección de Infraestructura deberá realizar los trabajos referidos a fs. 119 (reparación de carpeta y masa niveladora), para permitir la instalación de las alfombras objeto de este trámite.

 

Que el acto de adjudicación deberá publicarse en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y anunciarse en la cartelera de la sede del Consejo, como así también, en la página de internet del Poder Judicial.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 31 y por los artículos 3 y 12 de la Ley 1904,

 

LA SECRETARÍA DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANCIERA

 

RESUELVE:

 

 

Artículo 1°: Aprobar lo actuado en la contratación mediante Trámite Simplificado N° 01/2006, y adjudicar el renglón 1, a la firma Muresco SA. la adquisición y colocación de 320 metros cuadrados de alfombra, para las oficinas ubicadas en el tercer piso del edificio sito en Beruti 3345, perteneciente al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la suma total de Pesos ocho mil quinientos cuarenta con ochenta centavos ($8.540,80.-).

 

Artículo 2º: Instruir a la Dirección de Infraestructura y Obras a que realice los trabajos referidos a fs. 119 (reparación de carpeta y masa niveladora), para permitir la instalación de las alfombras objeto de este trámite.

 

Artículo 3°: Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones a notificar a la adjudicataria, de la presente resolución y a realizar la publicación en el Boletín de la Ciudad, como así también, los anuncios en la cartelera de la sede del Consejo y en la página de internet del Poder Judicial.

 

Artículo 4°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Cartelera de la sede Consejo de la Magistratura y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Dirección de Compras y Contrataciones, a la Dirección de Infraestructura y Obras, cúmplase y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCIÓN SCAyF N° 48 /2006

 

Fabián H. Durán

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