Rectificación de errores en "Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de Bienes y Servicios"
Buenos Aires, 8 de marzo de 2005
VISTO:
Lo dispuesto por el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos (Dto. 1510/1997 ratificado por Res. LCABA N° 41/98), y
CONSIDERANDO:
Que la citada norma establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.
Que, por Resolución CM N° 92/2005, de fecha 1° de marzo de 2005, se aprobó un nuevo Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de Bienes y Servicios.
Que, por un error involuntario, en su artículo 2° se determinó como fecha de entrada en vigor del mismo el día 3 de enero de 2005, cuando debió decir el día 1° de abril de 2005.
Que, asimismo, en su artículo 3° se estableció erróneamente que los procedimientos de contratación que se encuentren en trámite al 31 de diciembre de 2004 continuarán rigiéndose por las Resoluciones Nros. 150 y 178/03 y por sus respectivos pliegos de condiciones particulares, cuando correspondía establecer el día 31 de marzo de 2005.
Que en el mismo error material se incurrió en el artículo 4°, que debió establecer que una vez finalizado el último de los procedimientos de contratación iniciado con anterioridad al 31 de marzo de 2005, quedarán sin efecto las Resoluciones Nros. 150 y 178/03, consignándose erróneamente el día 31 de diciembre de 2004.
Que, en consecuencia, corresponde proceder a subsanar los errores materiales detectados en la Resolución CM N° 92/2005.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Ley N° 31, y su modificatoria
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LACIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1º: Rectificar el artículo 2° de la Resolución CM N° 92/2005, el que queda redactado del siguiente modo:
Art. 2º.- Determinar como fecha de entrada en vigencia del Pliego aprobado en el artículo precedente, el día 1° de abril de 2005.
Art. 2º: Rectificar el artículo 3° de la Resolución CM N° 92/2005, el que queda redactado del siguiente modo:
Art. 3º: Establecer que los procedimientos de contratación que se encuentren en trámite al 31 de marzo de 2005 continuarán rigiéndose por las Resoluciones Nros. 150 y 178/03 y por sus respectivos pliegos de condiciones particulares.
Art. 3°: Rectificar el artículo 4° de la Resolución CM N° 92/2005, el que queda redactado del siguiente modo:
Art. 4º. Establecer que una vez finalizado el último de los procedimientos de contratación iniciado con anterioridad al 31 de marzo de 2005, quedarán sin efecto las Resoluciones Nros. 150 y 178/03.
Art. 4°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de Internet del Poder Judicial, comuníquese a todas las dependencias y, oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN N° 122/2005 |
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Carla Cavaliere |
María Magdalena Iráizoz |
L. Carlos Rosenfeld |
Carlos Francisco Balbín |
Bettina Paula Castorino |
Juan Sebastián De Stefano |
(en uso de licencia) |
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Germán C. Garavano |
María Celia Marsili |
Diego May Zubiría |