RES. Nº1007/04

Pago conjuez Dr. Negri

Pago conjuez Dr. Negri

Pago conjuez Dr. Negri

 

Buenos Aires, 29 de diciembre de 2004

 

RES. N° 1007/2004

 

VISTO:

Las Res. CM nros 185/1999 y 187/1999, y las Actuaciones nros. 9848/04, 11203/04, 12039/04 y 14401/04, y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante la Res. CM Nº 185/99, cuya copia luce a fs. 10/2 se regula respecto de las formalidades a cumplimentar en orden a la designación de conjueces para actuar en caso de necesidad de sustitución de jueces de ambas instancias del Poder Judicial de esta Ciudad.

Que, asimismo, la mencionada resolución reglamenta el monto que percibirán como contraprestación aquellos letrados que actúen como conjueces de los fueros del Poder Judicial de esta Ciudad, resolviendo que percibirán como retribución por las labores prestadas un equivalente al 90% de la remuneración básica, sin adicionales, de los magistrados titulares de los tribunales que integran.

Que dicho haber será percibido por el conjuez durante todo el período que se desempeñe efectivamente en ese cargo, es decir, desde que le sean asignadas las causas correspondientes hasta la finalización de las mismas.

Que mediante la Res. CM Nº 187/99, obrante en copia a fs. 13/4, se designan conjueces para actuar tanto en las Cámaras de Apelaciones como en las judicaturas de Primera Instancia del Poder Judicial de esta Ciudad.

Que en la resolución en cuestión, específicamente en su art. 2º, se designa en el número de orden 1º de conjuez al Dr. Carlos María Negri.

Que a fs. 3 el Sr. Secretario General de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario, Dr. Fernando Cesari, remite a conocimiento de este organismo la inscripción impositiva del Dr. Carlos María Negri, a los efectos de que se proceda al pago de sus emolumentos en orden a las actividades realizadas en su carácter de conjuez del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario de esta Ciudad.

Que mediante oficio obrante a fs. 20, el Titular de la Secretaría Nº 11 del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 6, Dr. Jorge Bullorini, informa al Sr. Secretario de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario que la primera aceptación del cargo de conjuez realizada por el Dr. Carlos María Negri se materializó en los autos “Botana , María Fernanda y otros c/ Consejo de la Magistratura s/ amparo-art. 14 CCABA”, expte. Nº 10353/0, con fecha 24 de marzo del corriente año.

Que a fs. 29/31 se expide el titular de la Dirección de Asuntos Jurídicos, Dr. Oscar Ameal, mediante Dictamen Nº 390/04, respecto al abono de honorarios a quienes hayan actuado en carácter de conjueces en la Justicia de esta Ciudad.

Que en el mismo refiere, respecto a los períodos durante los cuales debe abonarse la contraprestación a los conjueces, que corresponde el pago de los mismos desde la fecha de aceptación de cargo en la primera causa que se le haya asignado, durante la sustanciación de las mismas, y hasta que se produzca la finalización de todos los procesos atribuidos.

Que, asimismo, manifiesta la necesidad de que, contra el pago de la retribución, los profesionales acrediten su posición impositiva y presenten la correspondiente factura por los servicios.

Que, en ese sentido, refiere que corresponde el pago de los honorarios del Dr. Carlos María Negri, desde el día 24 de marzo del corriente año, y hasta la finalización de la sustanciación de los expedientes que actualmente tiene a su cargo.

Que respecto del particular se expide la Comisión de Administración y Financiera, mediante su dictamen Nº 134/04, dejando constancia que las retribuciones de los conjueces no tiene relación alguna con la cantidad de sumarios en los que intervengan.

Que según lo manifestado, propone a este Plenario de Consejeros el abono de los honorarios al Dr. Carlos María Negri desde el día 24 de marzo del corriente año hasta la fecha en que cese en sus funciones de conjuez.

Que en ese orden, y según los fundamentos expuestos por la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Comisión de Administración y Financiera, los cuales este Plenario de Consejeros comparte en su totalidad, corresponde proceder al pago de los honorarios del Dr. Carlos María Negri desde la fecha propuesta y hasta la finalización de la sustanciación de los sumarios en los cuales el profesional se desempeñe como conjuez.

Que, atendiendo la recomendación expuesta por el titular de la Dirección de Asuntos Jurídicos, corresponde solicitar al letrado que acompañe, como requisito inherente a la facturación de cada mes , una constancia expedida por el actuario de la judicatura en la cual preste funciones como conjuez, mediante la cual se acredite que los sumarios en los que interviene ostentando dicho cargo se encuentran, al momento de la certificación, en trámite.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 31 y sus modificatorias,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

 

RESUELVE:

Art. 1°: Autorizar el pago de los honorarios al Dr. Carlos María Negri, por el cumplimiento de su función de conjuez, desde el día 24 de marzo del corriente año y hasta la fecha de finalización de los sumarios en los cuales intervenga en el carácter citado, teniendo como base liquidatoria lo expuesto en el artículo 3º de la Res. C.M. Nº 185/99.

Art. 2°: Regístrese, comuníquese al interesado, a la Dirección de Programación y Administración Contable, al Departamento de Tesorería, publíquese en el Boletín Oficial de esta Ciudad, en la página web de este organismo y, oportunamente, archívese.-

     

RESOLUCIÓN N° 1007/2004

   
     

María Magdalena Iráizoz

L. Carlos Rosenfeld

Carla Cavaliere

     
     

Carlos Francisco Balbín

Bettina Paula Castorino

Germán C. Garavano

(momentáneamente ausente)

 

(momentáneamente ausente)

     

Juan Sebastián De Stefano

Diego May Zubiría

María Celia Marsili

   

(en uso de licencia)

     
     

Ir al contenido