Aprobar lo actuado en la Licitación Pública Nº 13/2007, que tramitó en el Expediente DCC Nº 123/07-0 s/ Suministro de Botellones de Agua Potable y Adquisición de Dispensers con Purificador para Agua de Red.
Buenos Aires, 26 de febrero de 2008
RES. Nº 66 /2008
VISTO:
El expediente DCC Nº 123/07-0 s/ Suministro de Botellones de Agua Potable y Adquisición de Dispensers con Purificador para Agua de Red, y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Administración y Financiera, por Resolución Nº 93/2007, autorizó el llamado a Licitación Pública N° 13/2007 (fs. 118/131), para la adquisición de dispensadores con purificador de agua de red, y la contratación del suministro de botellones de agua potable con sus dispensadores en comodato, para las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de Pesos Trescientos Cuarenta y Un Mil Doscientos Treinta ($341.230) IVA incluido, estableciendo como fecha de apertura pública de ofertas el día 27 de diciembre de 2007.
Que el llamado a contratación fue publicado en el Boletín Oficial y anunciado en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, como así también, en la cartelera del Consejo de la Magistratura (fs. 140/143 y 160/163)
Que conforme surge de las constancias de fs. 144/159, se cursaron invitaciones a la Cámara Argentina de Comercio, la Guía General de Licitaciones y Presupuestos, a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a doce (12) empresas del rubro.
Que a fs. 169, obra el Acta de Apertura de la presente Licitación de fecha 27 de diciembre de 2007, dejando constancia de la presentación de una (1) oferta, sin registrarse observaciones al acto
Que a solicitud del Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones, el Registro Unico de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informó el estado registral de los oferentes, cuyas constancias obran a fs. 236/237, sin que surja de ello la imposición de sanciones.
Que la Comisión de Preadjudicaciones analizó a fs. 238/242, la oferta presentada por Aqualine S.A., y la consideró admisible. Asimismo propone declarar desierto el renglón 1 por considerarlo inconveniente, dado que excede en un 35,45% la previsión presupuestaria, y preadjudicar los renglones 2, 3 y 4 (subrenglones 4.1, 4.2 y 4.3) a dicha firma, por la suma total de Pesos Sesenta y Siete Mil Cuatrocientos ($67.400).
Que dicho dictamen fue fehacientemente notificado al oferente, conforme surge de la constancia de fs. 250 y ha sido anunciado en la cartelera del Consejo de la Magistratura en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar (fs. 257), y publicado en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (fs. 254/256).
Que a fs. 257, el Departamento de Mesa de Entradas, informó que dio cumplimiento a lo normado por el Decreto P.E.N. 826/88 y que no han ingresado presentaciones relacionadas con la publicación del Dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones.
Que intervino la Dirección de Asuntos Jurídicos, no encontrando objeción alguna al dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones (fs. 259/259 vta.).
Que ha dictaminado la Comisión de Administración y Financiera, proponiendo al Plenario adjudicar a Aqualine S.A. los renglones 2, 3, y 4 (subrenglones 4.1, 4.2 y 4.3) por la suma total de Pesos Sesenta y Siete Mil Cuatrocientos ($67.400), y declarar fracasado el renglón 1, instruyendo a la Oficina de Administración y Financiera a impulsar la contratación del renglón fracasado.
Que el mencionado dictamen, propone adjudicar los renglones 2, 3 y 4 (subrenglones 4.1, 4.2 y 4.3) a Aqualine S.A. por resultar la única oferta admisible, y declarar fracasado el renglón 1 porque excede en un 35,45% el presupuesto oficial estimado, conforme se verifica confrontando la oferta para el renglón 1 con el presupuesto estimado a fs. 31.
Que existiendo recursos presupuestarios suficientes, habiendo recibido debida publicidad tanto el llamado de la licitación como el dictamen de preadjudicación, el cual fue aprobado por la Dirección de Asuntos Jurídicos, y no existiendo impugnaciones, no se advierten circunstancias de hecho ni de derecho que aconsejen revertir el criterio propiciado por la Comisión de Administración y Financiera.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por Art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la ley Nº 31.
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°: Aprobar lo actuado en la Licitación Pública Nº 13/2007, que tramitó en el Expediente DCC Nº 123/07-0 s/ Suministro de Botellones de Agua Potable y Adquisición de Dispensers con Purificador para Agua de Red.
Artículo 2°: Adjudicar a Aqualine S.A. los renglones 2, 3 y 4 (subrenglones 4.1, 4.2 y 4.3), por la suma total de Pesos Sesenta y Siete Mil Cuatrocientos ($67.400) y declarar fracasado el renglón 1.
Artículo 3º: Instruir a la Oficina de Administración y Financiera, a impulsar la contratación del renglón fracasado.
Artículo 4º: Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a Aqualine S.A., a la Oficina de Administración y Financiera y a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.
RESOLUCION Nº 66 /2008
Juan Pablo Mas Velez Carla Cavaliere