Art. 1º: Conceder licencia por motivos particulares sin goce de haberes, a partir del día 1° de febrero de 2017 y hasta el día 31 de enero de 2018, inclusive, conforme lo establece el art. 65 del Convenio Colectivo de Trabajo (Res. Pres. CM N° 1259/15), a la Sra. Natasha Percow, Auxiliar en la Sala I de la Cámara de Apelaciones del Fuero Penal, Contravencional y de Faltas.