Art. 1º: Rectificar el Art. 1° de la Res. Presidencia N° 1260/2017 reemplazando lo siguiente: “…Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 53…” por “…Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 25…”.