RES. Nº 339/05

 

Instruir a la Dirección de Programación y Administración Contable para que tome las medidas pertinentes a fin de reintegrar a la Tesorería del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Buenos Aires, 3 de mayo de 2005.-

RES. N° 339/2005

 

 

 

VISTO:

 

La Ley 70, el Memo D.P.A.C. nº 137/05 de fecha 16 de marzo de 2005, el memo de fecha 5 de abril del corriente rubricado por el Sr. Secretario Técnico de este Consejo de la Magistratura, y

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el memo D.P.A.C. nº 137/05, la Dirección de Programación y Administración Contable remitió a conocimiento de la Comisión de Administración y Financiera, las planillas correspondientes al presupuesto del período 2004 con el excedente no ejecutado, con su respectivo detalle de programas y rubros, indicando el monto final que procede devolver a la Contaduría del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires.-

Que por memo de fecha 5 de abril del corriente año, rubricado por el Sr. Secretario Técnico de este organismo, Dr. Diego Duquelsky Gomez, se instruyó a la titular de la Dirección de Programación y Administración Contable a devengar de los fondos correspondientes al presupuesto del año 2004 la deuda generada en concepto de A.B.L. respecto del edificio sito en la calle Combate de los Pozos 155.-

Que ese inmueble es alquilado a la empresa “Los Mojinetes S.A.”, y ocupado por dependencias de este Poder Judicial de la Ciudad. La deuda existente respecto del mismo asciende al monto de pesos ciento siete mil doscientos cuarenta y cinco con 30/100 ($ 107.245,30.-).-

Que conforme surge del art. 68 de la mencionada ley 70 “las cuentas del Presupuesto General se cierran el 31 de diciembre de cada año. Después de esa fecha los recursos que se recauden se consideran parte del presupuesto vigente, con independencia de la fecha en que se origine la obligación de pago o liquidación de los mismos. Con posterioridad al 31 de diciembre no pueden asumirse compromisos ni devengarse gastos con cargo al ejercicio que se cierra en esa fecha”.-

Que por su parte, el art. 69 establece claramente que “los gastos devengados y no pagados al 31 de diciembre de cada año se cancelan durante el año siguiente con cargo a las disponibilidades en cajas bancos existentes a la fecha señalada. Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de cada año se afectan automáticamente al ejercicio siguiente, imputando los mismos a los créditos disponibles para ese ejercicio.-

 

 

Que, en consecuencia, las cuentas de Presupuesto General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires han sido cerradas a la fecha, no pudiendo ser modificadas con posterioridad.-

Que, en virtud de lo expuesto, es obligación de este Consejo devolver a la Tesorería General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los excedentes correspondientes al ejercicio 2004.-

Que, conforme surge de la información brindada por la Dirección de Programación y Administración Contable según memo D.P.A.C. nº 137/05, y habiendo sido ejecutada la directiva dispuesta en el memo Secretaría Técnica C.M.C.A.B.A. de fecha 5 de abril de este año, la suma no ejecutada definitiva asciende al total de pesos seis millones seiscientos treinta y nueve mil novecientos ochenta y seis con 41/100 ($ 6.639.986,41).-

Que, en razón de la normativa citada y lo anteriormente expuesto, corresponde proceder a la devolución de los fondos correspondientes al presupuesto del ejercicio 2004 que materialmente no fueron utilizados con el fin de solventar los gastos de gestión inherentes a las actividades tanto administrativas como jurisdiccionales propias de este Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.-

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 31 y sus modificatorias.-

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

 

Artículo 1°: Instruir a la Dirección de Programación y Administración Contable para que tome las medidas pertinentes a fin de reintegrar a la Tesorería del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la suma de pesos seis millones seiscientos treinta y nueve mil novecientos ochenta y seis con 41/100 ($ 6.639.986,41), correspondientes al Presupuesto de la Jurisdicción nº 07, Programas 16, 17, 18 y 19, en virtud de ostentar los mismos el carácter de montos no devengados correspondientes al Ejercicio 2004.-

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable, al Departamento de Tesorería, publíquese en la página web de este Consejo de la Magistratura C.A.B.A y, oportunamente, archívese.-

RES. N° 339/2005

 

 

 

 

 

 

Carla Cavaliere María Magdalena Iráizoz L. Carlos Rosenfeld

(momentáneamente ausente) (momentáneamente ausente)

 

 

 

 

 

 

 

Carlos Francisco Balbín Bettina Paula Castorino Juan Sebastián De Stefano(momentáneamente ausente)

 

 

 

 

 

 

 

 

Germán Garavano María Celia Marsili Diego May Zubiría

(momentáneamente ausente)

 

 

 

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