Autorizar el pago a DDS UNITECH SA - UTE
Autorizar el pago a DDS UNITECH SA - UTE
Autorizar el pago a DDS UNITECH SA - UTE
Buenos Aires, 23 de marzo de 2006
VISTO:
Las Act. N° 861, 862 y 2239/06, y
CONSIDERANDO:
Que la UTE Desarrollo de Sistemas SA - Unitech SA ha remitido las facturas correspondientes a los meses de noviembre, diciembre de 2005 y febrero de 2006, por el servicio mantenimiento correctivo y adaptativo de Iurix, Cuotas 13, 14 y 16, para obtener el cobro total de veintiun mil setecientos diecisiete pesos ($ 21.717.-)
Que el Departamento de Informática y Tecnología informa a fs. 4, 10, 13 y 21 que las facturas corresponden a servicios efectivamente prestados.
Que la Dirección de Programación y Administración Contable, solicita al Departamento de Dictámenes y Procedimientos Administrativos que se expida sobre la procedencia del pago por el régimen de legítimo abono.
Que el área jurídica emite el Dictamen N° 1078 y 1084/06, del 13 y 15 de marzo de 2006, informando que entiende que correspondería abonar el servicio efectivamente prestado por DDS - UNITECH SA UTE, por el régimen de legítimo abono, para evitar un enriquecimiento sin causa, que legítimamente no corresponde.
Que los antecedentes reseñados precedentemente demuestran que las áreas intervinientes, es decir, la Dirección de Programación y Administración Contable, el Departamento de Informática y Tecnología y la Dirección de Asuntos Jurídicos, actuaron de acuerdo a sus funciones reglamentarias, sin objetar el pago pretendido, mediante el régimen de legítimo abono.
Que se encuentran dadas las condiciones de excepción que tornarían viable el pago por el régimen de legítimo abono, léase la efectiva prestación del servicio y la obtención por parte del Consejo de un beneficio sin contraprestación alguna a su cargo.
En virtud de lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 12 de la ley 1904,
LA SECRETARIA DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANCIERA
RESUELVE:
Artículo 1°: Autorizar el pago a DDS UNITECH SA - UTE la suma de veintiun mil setecientos diecisiete pesos ($ 21.717.-) por el régimen de legítimo abono, por los servicios prestados durante los meses de noviembre y diciembre de 2005 y febrero de 2006.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese en la página web del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.jusbaires.gov.ar), comuníquese a la Dirección de Programación y Administración Contable y, oportunamente, archívese.
RESOLUCIÓN SCAyF N° 44 /2006
Fabián H. Durán