RES. Nº 458/2009
Disponer que los depósitos que se efectúen por aplicación de sanciones derivadas del régimen de faltas se realicen exclusivamente en la cuenta corriente Nº 111-320281-7-GCBA-AGC del Banco Ciudad.
Disponer que los depósitos que se efectúen por aplicación de sanciones derivadas del régimen de faltas se realicen exclusivamente en la cuenta corriente Nº 111-320281-7-GCBA-AGC del Banco Ciudad.