Art. 1º: Conceder licencia por motivos particulares sin goce de haberes al Sr. Santiago Goren Antuña, Escribiente en la Oficina de Jurisprudencia, a partir del día 02 de octubre de 2017 y hasta el día 28 de septiembre de 2018 inclusive, conforme lo establece el art. 65 del Convenio Colectivo de Trabajo, Res. Pres. CM N° 1259/15.