Art. 1°: Incorpórase como art. 2° bis de la Resolución CM N° 240/2015 el siguiente texto: “Art. 2° bis.- Exhibición digital de los padrones. La exhibición del padrón electoral provisorio y definitivo se realizará en forma digital en la página web del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal: https://www.cpacf.org.ar y en el sitio web del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: https://consejo.jusbaires.gob.ar”