RES. Nº 583/2008

 

Crear dentro de la estructura de la Asesoría General Tutelar, una Secretaría General de Política Institucional, la cual estará compuesta por la Oficina de Prensa y Difusión, la Oficina de Investigación y Análisis de Gestión y la Oficina de Fortalecimiento y Planificación Institucional

 

Buenos Aires,24 de julio de 2008

RES. Nº 583/2008

 

VISTO:

 

La Actuación N° 14973/08 y la Res. AGT N° 98/2008; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Asesoría General Tutelar, mediante Res. N° 98/2008, dispone la creación de una Secretaria General de Política Institucional en el ámbito de la Asesoría General Tutelar, compuesta por la Oficina de Prensa y Difusión, la Oficina de Investigación y Análisis de Gestión, y la Oficina de Fortalecimiento y Planificación Institucional.

 

Que la Res. AGT Nº 98/2008 también crea, dentro de la Secretaría General de Coordinación administrativa, las siguientes oficinas: Oficina de Relaciones Laborales Control de Bienes y Mantenimiento; Oficina de Programación y Control Presupuestario y Contable, y la Oficina de Compras y Contrataciones. Además propone crear la Oficina de Sumarios y la Dirección Legal y Técnica en la estructura de Ministerio Público Tutelar. Las misiones y funciones se exponen en el Anexo I, II, III y IV de la resolución y los cargos propuestos se detallan en el Anexo V.

 

Que asimismo, propone ampliar la estructura de las siguientes dependencias: Asesoría Tutelar de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 2 y N° 3; Asesoría Tutelar de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 1; Asesoría General Tutelar Adjunta de Incapaces y la Asesoría General Tutelar Adjunta de Menores.

 

Que la resolución se fundamenta en la necesidad de contar con una nueva estructura adecuada, ágil y eficiente, que permita el cumplimiento de sus tareas que le competen. Considera que la creación de la nueva estructura constituye la segunda etapa de fortalecimiento institucional como consecuencia de la ley 1.903, y el otorgamiento de jurisdicción presupuestaria a partir de este año según lo establece la Ley 2571 del Presupuesto para el Ejercicio 2008 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también, la transferencia de delitos penales que fueran formalizados por la Ley 26.357 de la Nación y la Ley 2257 de esta Ciudad.

 

Que por otra parte, se indica que la reestructuración y la dotación de cargos que se acompaña no implica necesariamente y en todos los casos la necesidad de nuevo presupuesto, toda vez que la cobertura de los mismos se realizará en muchos casos con los integrantes que se vienen desempeñando en el ámbito del Ministerio Público Tutelar. Sin perjuicio de ello, se informa que el organismo cuenta con las partidas presupuestarias suficientes para afrontar las presente erogaciones. Por lo tanto, a fin de alcanzar los objetivos que propone el nuevo perfil de la Asesoría General Tutelar, se solicita actualizar la estructura orgánica.

 

Que intervino la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, proponiendo por mayoría aprobar la creación de las estructuras dispuestas por Res. AGT N° 98/08, con las misiones, funciones y los cargos allí propuestos.

 

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su art. 116, inc. 6, otorga al Consejo de la Magistratura la facultad de administrar los recursos que la ley le asigne al Poder Judicial, y en el art. 124 se reconoce autonomía funcional al Ministerio Público, de ello surge la competencia del Consejo para disponer sobre el destino de los recursos presupuestarios, y del Ministerio Público para proponer la creación de cargos.

 

Que asimismo, el art. 125 de la carta magna, dispone que son funciones del Ministerio Público, promover la actuación de la Justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad y velar por la normal prestación del servicio de justicia y procurar ante los tribunales la satisfacción del interés social.

 

Que además, el art. 21, inc. 5 de la Ley 1903 y su modificatoria Ley 2386, establece las atribuciones en el ámbito de administración general y financiera para los titulares del Ministerio Público, indicando lo siguiente: “Elaborar y proponer al Plenario del Consejo de la Magistratura las ampliaciones a la estructura orgánica necesarias para el normal y eficiente cumplimiento de las tareas que le son propias”.

 

Que en virtud de lo expuesto, resulta conveniente aprobar la creación de las estructuras dispuestas por Res. AGT N° 98/08, con las misiones, funciones y los cargos allí propuestos, conforme lo dictaminado por la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones.

 

Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por Art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la ley Nº 31

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA

CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1º: Crear dentro de la estructura de la Asesoría General Tutelar, una Secretaría General de Política Institucional, la cual estará compuesta por la Oficina de Prensa y Difusión, la Oficina de Investigación y Análisis de Gestión y la Oficina de Fortalecimiento y Planificación Institucional

 

Art. 2: Aprobar las misiones y funciones y la creación de cargos para las dependencias mencionadas en el Art. 1, conforme se detalla en el Anexo I y V de la presente.

 

Art. 3º: Crear dentro de la estructura de la Secretaria General de Coordinación Administrativa del Ministerio Público Tutelar la Oficina de Relaciones Laborales Control de Bienes y Mantenimiento, la Oficina de Programación y Control Presupuestario y Contable y la Oficina de Compras y Contrataciones.

 

Art. 4°: Aprobar las misiones y funciones y la creación de cargos para las dependencias mencionadas en el Art. 3, conforme se detalla en el Anexo II y V de la presente.

 

Art. 5°: Crear dentro de la estructura del Ministerio Público Tutelar la Oficina de Sumarios y la Dirección Legal y Técnica, como.

 

Art. 6°: Aprobar la misiones y funciones y la creación de cargos para las dependencias mencionadas en el Art. 5, conforme se detalla en el Anexo III, IV y V de la presente.

 

Art. 7°: Crear en la estructura de la Asesoría Tutelar de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2, un (1) cargo de Relator.

 

Art. 8°: Crear en la estructura de la Asesoría Tutelar de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 3, un (1) cargo de Relator.

 

Art. 9°: Crear en la estructura de la Asesoría Tutelar de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 1, los siguientes cargos: Un (1) Relator; Un (1) Escribiente; Dos (2) Auxiliares y Dos (2) Auxiliares de Servicio.

 

Art. 10°: Crear en la estructura de la Asesoría General Tutelar Adjunta de Incapaces, los siguientes cargos: Un (1) Prosecretario Letrado y Un (1) Escribiente.

 

Art. 11°: Crear en la estructura de la Asesoría General Tutelar Adjunta de Menores, un (1) cargo de Prosecretario Administrativo.

 

Art. 12°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la página de internet del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar), comuníquese al Ministerio Público, a la Oficina de Administración y Financiera, a la Dirección de Programación y Administración Contable y a la Dirección de Factor Humano, y, oportunamente, archívese.

 

RESOLUCIÓN N° 583 /2008

 

 

 

 

N. Mabel Daniele Mauricio Devoto

Secretaria Presidente

 

 

Res. CM N° 583 /2008

ANEXO I

SECRETARÍA GENERAL DE POLÍTICA INSTITUCIONAL

 

La Secretaría General de Política Institucional tiene como misión: La promoción y ejecución de acciones de fortalecimiento del Ministerio Público Tutelar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tanto en la prestación del servicio como en su proyección institucional.

 

Entre sus principales cometidos se encuentran, la puesta en marcha de políticas tendientes a reforzar la cobertura del servicio; la formación técnica y funcional del Asesor General Tutelar; y la proyección del Organismo para una defensa irrestricta de los Derechos Humanos de las personas menores de edad y con padecimientos en su salud mental.

 

Entre los objetivos específicos de la Secretaría General de Política Institucional la difusión y promoción de la misión institucional del Ministerio Público Tutelar, el establecimiento de vínculos con los sectores e instituciones relacionados con los derechos de las personas menores de edad y con padecimientos en su salud mental, la constitución de nexos de colaboración y asistencia con entidades comprometidas con el acceso a la justicia y la defensa de los derechos humanos, la propuesta de reformas legislativas y reglamentarias que permitan una mejor y más efectiva protección de los derechos de las personas menores de edad y con padecimientos en su salud mental, el diseño y ejecución de planes de capacitación de los integrantes del Ministerio Público Tutelar, la ideación, promoción y ejecución de políticas, planes y proyectos de investigación que tengan por finalidad el control y seguimiento de la política pública, la formulación de estrategias relacionadas con la prestación del servicio de justicia y, en particular, con la protección de los derechos de los sectores especialmente vulnerables.

 

La Secretaria General de Política Institucional estará integrado por los siguientes sectores:

 

1.- OFICINA DE PRENSA Y DIFUSIÓN

Esta Oficina debe diseñar e implementar estrategias de comunicación acordes a los objetivos generales del Ministerio Público Tutelar, contribuyendo de esta manera a su fortalecimiento institucional.

Funciones de la Oficina de Prensa y Difusión:

1. Diseñar la estrategia anual de Comunicación del Ministerio Público Tutelar, incluyendo un cronograma de las tareas a realizar y su cuantificación, la cual elevara para su tratamiento al Secretario General de Política Institucional. Esta

2. Coordinar con el Centro de Formación Judicial del Consejo de la Magistratura las acciones vinculadas a efectuar eventos que definen en el mismo el rol del Ministerio Público Tutelar.

3. Llevar a cabo el Plan Comunicacional aprobado realizando los actos administrativos referidos al mismo.

4.- Generar la información dirigida a los medios de comunicación y su posterior seguimiento.

5.- Generar la información dirigida a las instituciones del Ministerio Público, Poder Judicial, Poder Legislativo y Poder Ejecutivo y demás órganos del Estado, tanto local como federal.

 

2.- OFICINA DE INVESTIGACIÓN Y ANALISIS DE GESTIÓN

Visto la necesidad de instrumentar herramientas que permitan extraer conclusiones efectivas sobre el trabajo realizado por las distintas dependencias del Ministerio Público Tutelar y que resulten adecuadas para medir la gestión institucional en sus diversos aspectos y generar datos que permitan conformar una base que refleje la situación de cada una de las dependencias del Ministerio Público Tutelar y actúe como índice certero del servicio, se propone la creación de la Oficina de Investigación y Análisis de Gestión.

Por medio de esta Oficina se va a lograr la planificación estratégica de este Ministerio Público, por medio de la propuesta de reformas de la organización del trabajo, del diseño directivas internas para agilizar el proceso y dotar de todas las herramientas técnicas posibles a los integrantes del Ministerio Público Tutelar, todo ello, en miras de lograr su accionar eficaz.

 

Funciones de la Oficina de investigación y análisis de gestión

1.- Desarrollar estadísticas, estudios empíricos y diagnósticos sobre las materias de la competencia del Ministerio Público Tutelar.

2.- Desarrollar estrategias de investigación y proponer a la Asesora General Tutelar proyectos de investigación a fin de hacer un seguimiento de la política pública destinada a las personas menores de edad y con padecimientos en su salud mental.

3.- Dar a conocer a la comunidad los datos estadísticos en materia de política pública dirigida a las personas menores de edad y con padecimientos en su salud mental.

4.- Efectuar tareas de seguimiento, evaluación y corrección de las metodologías de trabajo desarrolladas en el ámbito del Ministerio Público Tutelar.

5.- Proponer políticas de optimización de los recursos humanos y materiales del Ministerio Público Tutelar.

 

3.- OFICINA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

El rol del Ministerio Público Tutelar debe ser modificado y ser resignificado en el marco constitucional vigente.

Este Ministerio Público ha perdido su esencia de órgano filantrópico y protector de la infancia y debe dejar de ser pensado en la lógica y sentido de la beneficencia y de la representación promiscua.

A diferencia de la clásica intervención de los asesores, las funciones del Ministerio Público Tutelar deben dirigirse a la protección de los derechos de un universo poblacional, que deja de ser definido como incapaz y objeto de tutela y protección y es concebido como sujeto de derecho. Sujeto de derecho que requiere de prioridad en la agenda pública y de máximo respeto de sus garantías en cada procedimiento en que se lo involucre.

En esta lógica, por lo tanto, propiciamos la asunción de una misión estrictamente vinculada a la articulación, monitoreo, control y reclamo del funcionamiento de las distintas agencias, con la finalidad de que el Estado Local cumpla con sus responsabilidades, en función del respeto, protección y la satisfacción de los derechos y garantías de los niños y las personas afectadas en su salud mental.

Un Ministerio Público, enmarcado en los mandatos constitucionales y en el principio de la división de poderes, sólo puede ser entendido como órgano de control y exigibilidad del funcionamiento de los canales institucionales adecuados y competentes, en cada instancia donde se dirime el acceso a un derecho o el respeto de una garantía de sus representados.

Este marco, la Oficina de fortalecimiento institucional tiene como objetivo el de implementar estrategias institucionales para la cabal resignificación de su misión institucional en el marco normativo de la protección de los derechos humanos de las personas menores de edad y con padecimientos en su salud mental, contribuyendo de esta manera a su fortalecimiento institucional.

Esta Oficina tiene como objetivo el de elaborar, comunicar y difundir diariamente información relacionada con la resignificación de las misiones y funciones del Ministerio Público Tutelar, así como las actividades por él realizadas.

La Oficina de Fortalecimiento Institucional también tendrá por objetivo el de fortalecer las relaciones del Ministerio Público Tutelar, con las otras ramas del Ministerio Público local, con el Consejo de la Magistratura local, con el Tribunal Superior de Justicia, con el Poder Legislativo, con el Poder Ejecutivo y demás órganos del Estado, tanto local como federal.

Funciones de la Oficina de Fortalecimiento Institucional

1.- Promover la misión institucional del Ministerio Público Tutelar en el marco constitucional vigente en colaboración con la Oficina de Prensa y Difusión.

2.- Establecer vínculos con otras instituciones y organismos nacionales e internacionales relacionados con el fortalecimiento de los canales institucionales adecuados para que se renuevan los obstáculos que impiden el efectivo ejercicio de derechos o el respeto de las garantías de los niños, niñas y adolescentes y de las personas afectadas en su salud mental.

3.- Articular con las distintas instituciones para lograr un efectivo funcionamiento de la política pública local.

4.- Constituir nexos de colaboración y asistencia con entidades comprometidas con el monitoreo y seguimiento de la política pública local

5.- Diseñar documentos, así como folletería, cartelería y papelería para los seminarios, congresos y jornadas en que organice y/ o participe el Ministerio Público Tutelar en colaboración con la Oficina de Prensa y Difusión.

6.- Proponer la realización de publicaciones institucionales y técnicas.

7.- Proponer a la Secretaria General de Política Institucional la realización de encuentros de intercambio con distintos efectores de las políticas públicas destinadas a las personas menores de edad o con padecimientos en su salud mental.

8.- Realizar anualmente el Informe a ser presentado a la Legislatura.

 

Res. CM N° 583 /2008

ANEXO II

 

La Secretaría General de Coordinación Administrativa fue creada en el Anexo I de la Resolución CM Nro. 170/2007 y su mision está establecida en el Anexo II de la Resolución CM 436/2007 atento la entrada en vigencia de la Ley 1903 y la Jurisdicción obtenida por el Ministerio Público por medio Ley 2571 propone para una mejor operatividad de la misma, la creación en el ambito de la misma de:

1. OFICINA DE RELACIONES LABORALES Y CONTROL DE BIENES y MANTENIMIENTO:

 

Funciones:

1.- Coordinar con el Consejo de la Magistratura, a través de la Dirección de Factor Humano de dicho Consejo, las acciones vinculadas con las áreas de recursos humanos y liquidación de haberes.

2.- Coordinar con la Dirección de Infraestructura y Obras del Consejo de la Magistratura las tareas relacionadas con el mantenimiento de edificios e instalaciones del Ministerio Público Tutelar.

3.- Sistematizar toda información requerida para la liquidación de haberes, para su posterior remisión a la Dirección de Factor Humano del Consejo de la Magistratura.

4.- Entender en todo lo referente al Control de Ausentismo y Sistemas de Licencias. Elaborando la información estadístico y elevándola la Secretario General de Coordinación Administrativo.

5.- Realización de las tareas inductivas a los nuevos empleados, análisis de la documentación del ingresante y control del contenido de los legajos. Interviniendo en el proceso de pases y bajas de personal.

6.- Recepcionar los pedidos formulados por los agentes relacionados con la situación de revista y disponer su tratamiento.

7.- Ante el pedido del Secretario General de Coordinación Administrativo, preparara la información solicitada por la Oficina de Sumarios.

8.- Colaborara con el Secretario General de Coordinación Administrativo en los procesos de evaluación de desempeño del personal del Ministerio Público Tutelar.

9.- Tendrá a su cargo la relación con las distintas agrupaciones gremiales que representan al personal y funcionarios del Ministerio Público Tutelar.

10.- Recabara de los distintos sectores del Ministerio Público Tutelar las necesidades de bienes y útiles.

11.- Procederá a la guarda de bienes, a su asignación y distribución, control de inventario y elaborara las estadísticas correspondientes .

12.- Colaborara con el Sector de Patrimonio y con la Comisión de Recepción del Ministerio Publico Tutelar, en lo atinente al movimiento del bienes y útiles.

13.- Colaborara con la Oficina de Programación y Control Presupuestario Contable a su solicitud en la información necesaria para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto del Ministerio Público Tutelar.

 

2. OFICINA DE PROGRAMACION Y CONTROL PRESUPUESTARIO Y CONTABLE

 

Funciones:

1.- Coordinar el mantenimiento actualizado de la información, con las áreas pertinentes del Consejo de la Magistratura.

2.- Entender en lo relativo a la elaboración del anteproyecto del presupuesto general anual del MINISTERIO PUBLICO TUTELAR.

3.- Verificar los créditos presupuestarios por partidas asignadas por la ley de presupuesto, las modificaciones efectuadas a la misma y proponer al Secretario General de Coordinación Administrativa las modificaciones y compensaciones presupuestarias que resulten necesarias.

4.- Asesorar al Secretario General de Coordinación Administrativo en lo relativo a la interpretación de las normas técnicas para la formulación, programación y evaluación del presupuesto.

5.- Elevar al Secretario General de Coordinación Administrativo el estado de ejecución presupuestaria e informes de gestión contable.

6.- Asesorar a la Secretaría General de Coordinación Administrativa en todo lo relacionado a su área de competencia.

7.- Coordinar en las tareas de su competencia las acciones con la Oficina de Gestión Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

8.- Elaboración de los circuitos de procedimientos del area a su cargo.

 

3. OFICINA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

 

Funciones:

1.- Elaboración del Plan Anual de Compras del Ministerio Público Tutelar, su seguimiento y adecuación.

2.- Proponer estrategias para la mejor planificación de los gastos en bienes y servicios al Secretario General de Coordinación Administrativo.

3.- Controlar las rendiciones de cajas chicas y fondos especiales del Ministerio Público Tutelar de acuerdo a la normativa vigente y solicitar su reposición.

4.- Recibir, preparar y elevar al Secretario General de Coordinación Administrativo, las solicitudes de compras o provisión de servicios de las distintas dependencias previo cotejo con el Plan Anual de Compras.

5.- Colaborara con la Oficina de Programación y Control Presupuestario Contable a su solicitud en la información necesaria para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto del Ministerio Público Tutelar.

6.- Llevar a cabo las compras y contrataciones solicitadas por las distintas dependencias del Ministerio Público Tutelar, previa autorización del Secretario General de Coordinación Administrativo.

7.- Entenderá en todo lo atinente a la aplicación del Régimen de Viáticos y Gastos por eventos del Ministerio Público Tutelar.

8.- Tendrá a su cargo la operatoria de los contratos por locación de servicios.

9.- Elaboración de los circuitos de procedimientos del area a su cargo.

 

 

Res. CM N° 583 /2008

ANEXO III

 

Dependiente de la Asesora General Tutelar

 

1.- OFICINA DE SUMARIOS.

De conformidad con lo normado por la ley 1.903, en su capitulo III, la Asesoría General Tutelar ejerce el poder disciplinario sobre sus funcionarios y empleados.

El artículo 28 establece que la aplicación de las sanciones disciplinarias está a cargo del Tribunal de Disciplina correspondiente al ámbito del Ministerio Público en que se desempeñe el imputado y que “en cada sumario que se sustancie el Tribunal de Disciplina designa instructor/a sumariante de entre sus integrantes, a quien puede asistir el/la Secretario/a Letrado/a del Ministerio Público a quien dicho/a instructor/a designe”

Asimismo, es inminente la aprobación del Reglamento de Sumarios por parte de la Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Público, lo que vuelve necesario la creación de una Oficina de Sumarios.

Su misión: Será la de asistir al instructor sumariante designado mediante el mecanismo que fija el Arftículo 28 de la Ley 1903.

 

Funciones de la Oficina de Sumarios

1.- Recibir las denuncias que se formulen contra agentes del Ministerio Público Tutelar.

2.- Sustanciar los procedimientos disciplinarios respecto de los agentes del Ministerio Público Tutelar.

3.- Realizar la procuración, control y seguimiento de cualquier cuestionamiento o impugnación que frente a cualquier sanción se realice ante los Tribunales de la Ciudad.

4.- Llevar un registro actualizado de todas las sanciones que se le impongan a los agentes del Ministerio Público Tutelar.

 

5.- Toda otra función que le encomiende la Asesora General Tutelar o se le atribuya por el reglamento de sumarios de la Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Público (Cf. Art. 24 y Capítulo IIIº de la ley 1903).

 

Res. CM N° 583/2008

 

ANEXO IV

 

1.- DIRECCION LEGAL Y TÉCNICA.

La autonomía funcional y autarquía reconocidas por los artículos 124 y 125 de la Constitución local, así como la ley 1.903, habilitan a la Asesoría General Tutelar para elaborar normas dirigidas a regular su propia organización funcional y para dictar resoluciones de carácter administrativo y financiero, en el ámbito de su competencia.

Esta autonomía funcional y autarquía hacen necesario que la Asesoría General Tutelar cuente con una Dirección Legal y Técnica cuya misión es la coordinación de las tareas de asesoramiento jurídico y brinde asesoramiento a toda la Asesoría General Tutelar sobre la normativa aplicable y procedimientos administrativos y en las cuestiones jurídico legales, especialmente en aquellos actos que puedan afectar derechos subjetivos o intereses legítimos.

 

Funciones de la Oficina Legal y Técnica

1.- Coordinar las tareas de asesoramiento jurídico requeridas, acorde con criterios uniformes de interpretación y aplicación de normas jurídicas en el ámbito del Ministerio Público Tutelar

2.- Brindar asesoramiento a toda la Asesoría General Tutelar sobre la normativa aplicable y procedimientos administrativos y en las cuestiones jurídico legales, especialmente en aquellos actos que puedan afectar derechos subjetivos o intereses legítimos.

3.- Interactuar con la Dirección de Asuntos Jurídicos del Consejo de la Magistratura.

4.- Considerar y Asesorar sobre los aspectos legales y técnicos de los proyectos de actos administrativos y demás instrumentos que le sean requeridos y que se sometan a la consideración de la Asesora General.

5.-Asesorar desde el punto de vista jurídico, a la Asesora General Tutelar, en relación a los proyectos de actos administrativos, contratos, convenios y demás instrumentos que le sean requeridos.

6.- Asesorar desde el punto de vista jurídico, a la Asesora General Tutelar en el marco de la Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Público.

7.- Intervenir en todos los procesos de Compras y Contrataciones fijados por la Normativa y/o aquellos en que se requiera su participación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Res. CM N° 583/2008

ANEXO V

 

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