Aprobar lo actuado en la licitación privada nro. 6/2007, que tramitó en el Expediente CM DCC N° 054/07-0 s/ Contratación del Servicio de Control de Ausentismo y Exámenes Preocupacionales.
Aprobar lo actuado en la licitación privada nro. 6/2007, que tramitó en el Expediente CM DCC N° 054/07-0 s/ Contratación del Servicio de Control de Ausentismo y Exámenes Preocupacionales.
Aprobar lo actuado en la licitación privada nro. 6/2007, que tramitó en el Expediente CM DCC N° 054/07-0 s/ Contratación del Servicio de Control de Ausentismo y Exámenes Preocupacionales.
Buenos Aires, 3 de julio de 2007
RES. Nº 386 /2007
VISTO:
Expediente CM DCC N° 054/07-0 s/ Contratación del Servicio de Control de Ausentismo y Exámenes Preocupacionales; y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 28/2007 de, la Comisión de Administración y Financiera aprobó el llamado de la Licitación Privada Nº 6/07, para la contratación del servicio de control de ausentismo y exámenes preocupacionales del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un presupuesto oficial de Pesos Quinientos Setenta y Ocho Mil Trescientos ($578.300), fijándose como fecha de apertura pública de ofertas, el día 30 de mayo de 2007.
Que el llamado a contratación, fue publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y anunciado en la cartelera del Consejo de la Magistratura y en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar (fs. 74/79).
Que de las constancias de fs. 80/94, se acreditan las invitaciones cursadas a la Unión Argentina de Proveedores del Estado, a la Cámara Argentina de Comercio, a la Guía General de Licitaciones y Presupuestos y a diez (10) empresas.
Que a fs. 101, consta la circular sobre la consulta realizada por Alfamédica Medicina Integral SRL, mediante la cual se modifica el punto 7.3.2 del Pliego de Condiciones Particulares quedando redactado de la siguiente manera: 7.3.2. Deberá realizar estas visitas desde las 10:00 horas y hasta las 20:00 horas del día de la solicitud.
Que dicha circular fue anunciada en la página de internet del poder judicial (fs. 102) y en la cartelera del Consejo de la Magistratura (fs. 103), como así también, notificada a las empresas invitadas, conforme surge de las constancias de fs. 105/111.
Que a fs. 118/119 obra el Acta de Apertura de la Licitación de fecha 30 de mayo de 2007, dejando constancia de la presentación de dos (2) ofertas y sin registrar observaciones al acto.
Que la Comisión de Preadjudicaciones evaluó las ofertas presentadas por Atención en Salud Mental SA, por la suma de Pesos Ciento Noventa y Seis Mil ($196.000) y de Alfamédica Medicina Integral SRL en Pesos Cuatrocientos Cuarenta y Siete Mil Ciento Sesenta ($447.160).
Que la Comisión de Preadjudicaciones propuso declarar inadmisible la oferta de Atención en Salud Mental SA, y la admisibilidad de la correspondiente a Alfamédica Medicina Integral SRL., sugiriendo su preadjudicación.
Que el dictamen respectivo fue fehacientemente notificado a los oferentes, cuyas constancias obran a fs. 352/353. Asimismo, fue anunciado en la cartelera del Consejo de la Magistratura (fs. 355), en la página de internet del Poder Judicial (fs. 354) y publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (fs. 349/350).
Que a fs. 358 el Departamento la Mesa de Entradas, informó que dio cumplimiento a lo normado por el Decreto P.E.N. 826/88 y que no han ingresado presentaciones relacionadas con la publicación del Dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones.
Que mediante Dictamen Nº 1865/2007, ha toma intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos, no encontrando objeción alguna al dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones.
Que intervino la Comisión de Administración y Financiera, observando que Atención en Salud Mental SA. acompaño la oferta con un pagaré en concepto de garantía de la oferta, por lo tanto, no cumplió con lo dispuesto en el art. 61 inc. 34 g) del Decreto Ley 23.354/56. Asimismo, no presentó el certificado fiscal para contratar de AFIP, ni el certificado fiscal para contratar del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo exigido por el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios. Tampoco acompañó el Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Por lo tanto, la oferta no es admisible.
Que según la Comisión la oferta de Alfa Médica Medicina Integral SRL, cumple con los requisitos exigidos en los pliegos de la presente contratación y conforme lo informado por el RUPP a fs. 343, la misma cuenta con el certificado de habilitación de presentación de oferta, por lo tanto, resulta admisible, y propone su adjudicación.
Que existiendo recursos presupuestarios suficientes, habiendo recibido debida publicidad tanto el llamado de la licitación como el dictamen de preadjudicación, y no existiendo impugnaciones de terceros, no se advierten circunstancias de hecho ni de derecho que aconsejen revertir el criterio propiciado por la Comisión de Preadjudicaciones y la Comisión de Administración y Financiera propone al Plenario aprobar lo actuado en la Licitación Privada Nº 6/2007, adjudicando el renglón 1 a Alfamédica Medicina Integral SRL, por la suma de Pesos Cuatrocientos Cuarenta y Siete Mil Ciento Sesenta ($447.160.-).
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por Art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la ley Nº 31.
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1°: Aprobar lo actuado en la licitación privada nro. 6/2007, que tramitó en el Expediente CM DCC N° 054/07-0 s/ Contratación del Servicio de Control de Ausentismo y Exámenes Preocupacionales.
Art. 2º: Adjudicar el renglón 1 a Alfamédica Medicina Integral SRL, por la suma total de Pesos Cuatrocientos Cuarenta y Siete Mil Ciento Sesenta ($447.160.-).
Art. 3°: Regístrese, publíquese por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anúnciese en la cartelera del Consejo y en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, notifíquese a la firma adjudicataria, comuníquese a la Oficina de Administración y Financiera y a la Dirección de Compras y Contrataciones, cúmplase y, oportunamente, archívese.
RESOLUCION Nº 386 /2007
Juan Pablo Mas Velez Secretario
Carla Cavaliere Presidenta