Aprobar la puesta en marcha del Programa de implementación del Cuerpo Médico del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Aprobar la puesta en marcha del Programa de implementación del Cuerpo Médico del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Aprobar la puesta en marcha del Programa de implementación del Cuerpo Médico del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Buenos Aires, 19 de septiembre de 2006
VISTO:
Lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
CONSIDERANDO:
Que la referida norma establece: Como auxiliares del Poder Judicial de la Ciudad, designados/as por el Consejo de la Magistratura y bajo su superintendencia funcionan cuerpos técnicos periciales y peritos, que actúan siempre a requerimiento de los jueces o juezas o del Ministerio Público, según su caso. El Consejo de la Magistratura debe dictar el Reglamento pertinente en lo referente a las especialidades.
Que en la cláusula transitoria Quinta de la misma ley, se posterga la entrada en vigencia del artículo citado, hasta el efectivo traslado de la justicia ordinaria de la Capital Federal a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que, ante la inminencia de la ampliación y profundización de proceso iniciado a partir del Convenio de Transferencia Progresiva de Competencias Penales de la Justicia Nacional al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma De Buenos Aires, aprobado por la Ley N° 597 y la Ley Nacional N° 25.752, resulta necesario avanzar en la implementación de las estructuras que posibiliten el pleno funcionamiento de la Justicia local.
Que, en tal sentido, se juzga oportuno disponer la puesta en marcha de un Programa de implementación del Cuerpo Médico del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que la constitución de dicho Cuerpo no sólo resulta indispensable como auxiliar de la tarea jurisdiccional, sino que también permitirá al Consejo de la Magistratura contar con una estructura propia para tareas de reconocimiento médico, con el consecuente ahorro económico a la hora de efectuar altas de personal, justificación de inasistencias por razones de salud, celebración de juntas médicas y demás servicios que a la fecha se encuentran tercerizados.
Que, habida cuenta de las múltiples aristas que presenta el proyecto, que involucra aspectos jurídicos, administrativos, contables, financieros, sanitarios y edilicios, resulta necesario disponer la creación de una Unidad de implementación para su concreción.
Que, a fin de garantizar la solvencia técnica de los integrantes de la referida unidad, se juzga conveniente encomendar a la Comisión de Selección de Jueces, Juezas e integrantes del Ministerio Público la elevación de una nómina de candidatos para integrar la Unidad de implementación creada en el artículo anterior.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ley 31 y su modificatoria,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Aprobar la puesta en marcha del Programa de implementación del Cuerpo Médico del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°: Disponer la creación de una Unidad de implementación para el estudio de factibilidad, diseño y seguimiento del programa aprobado en el artículo anterior.
Artículo 3°: Encomendar a la Comisión de Selección de Jueces, Juezas e integrantes del Ministerio Público la elevación de una nómina de candidatos para integrar la Unidad de implementación creada en el artículo anterior.
Artículo 4º: Regístrese, publíquese en la página de internet del Poder Judicial, comuníquese a todas las dependencias y, oportunamente, archívese.
RESOLUCION Nº 671/2006
Juan Sebastián De Stefano SecretarioCarla Cavaliere Presidenta